Ordenanza Regional N.° 14-2021-RMDD/CR
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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ORDENANZA REGIONAL Nº 014 - 2021-RMDD/CR POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria realizada el día viernes 24 de setiembre del 2021, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO:
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emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y
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administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de
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Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, .
acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del. Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante Oficio Nº 596-2021-GOREMAD/GR, el Gobernador Regional de Madre de Dios, solicita al Consejo Regional, aprobar la propuesta de ordenanza regional que declara de interés regional la ca-creación de la marca colectiva Marca Territorio Madre de Dios, elaborada y presentada por la Oficina de Cooperación Técnica Internacional.
Que, con el propósito de mitigar el impacto del Cambio Climático, los países del mundo y entre éstos el Perú, han celebrado acuerdos internacionales, compromisos y concertado planes específicos. En nuestro medio, entre ·setiembre y octubre del 2019, el GOREMAD, ha sostenido reuniones técnicas de trabajo con el Centro de Cooperación
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Internacional en Investigación Agroeconómica para el Desarrollo (GIRAD), Cáritas Madre de Dios y el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), para formular el Proyecto Piloto: "Certificación para el Desarrollo Territorial de Madre de Dios", confirmándose oficialmente la inclusión de la Región Madre de Dios en el Proyecto Multi país Terr Amaz, segú~ versión en tal sentido, del Director de la Agencia Francesa para el Desarrollo (AFD).
Que, una gestión responsable del desarrollo regional, supone el uso y aprovechamiento racional y sostenible de los recursos naturales; vale decir, preservando la biodiversidad y el medio ambiente. Así, se concibe el modelo de gestión regional, en el artículo 4 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, al enunciar que: "Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo".
Que, en nuestro ámbito regional ya se ha dado inicio a las actividades del Proyecto Terramaz, en la cual participan la Agencia Francesa para el Desarrollo (AFD), el GIRAD, el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana -IIAP de Madre de Dios, Cáritas Madre de Dios y el GOREMAD, cuyo objetivo es fortalecer el sector productivo y otorgarle un valor agregado con una certificación internacional, apoyando el desarrollo sostenible y la implementación de un sistema común de monitoreo de la deforestación y del desarrollo territorial.
Que, la Marca Madre de Dios, permitirá generar valor agregado a los productos y servicios locales y atraerá inversiones para dinamizar la economía, ofertar las bondades de la región y posicionar a la colectividad madrediosense, generar empleos, ingresos y acceso competitivo a los mercados nacionales e internacionales; por consiguiente, mejorar las condiciones de vida de la población del departamento.
Que, la voluntad y evidente determinación de contribuir en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEi), se viene efectuando a través de acciones concretas que incluyen la elaboración y aprobación de documentos de gestión normativos estratégicos como la Estrategia Regional de Diversidad Biológica de Madre
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de Dios, actualizada al 2021 y su Plan de Acción 2014 - 2021, mediante Ordenanza Regional Nº 013-2014-RMDD/CR; la Estrategia Reg!onal de Cambio Climático de Madre de Dios 2017 - 2021, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2019-RMDD/CR; la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones
y la Trayectoria de
Descarbonización.
Que, el Proyecto Multi País Terr Amz, para la conservación de los Bosques .,,.-::"..:=.
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Tropicales y de la Estrategia Nacional para Combatir la Deforestación Importada, es
{[tC(),';¡?~ _,'~'(fruto de un esfuerzo interinstitucional gestionado por la Oficina de Cooperación Técnica f','~~ ~/}internacional del GOREMAD, cuyos aliados locales son el Instituto de Investigaciones , 71 DEl1::'
-~~ ,~~4':;'t-•"' de la Amazonía Peruana (IIAP) y Cáritas Madre de Dios, siendo sus aliac;lqs
internacionales: la Cooperación Internacional en Investigación Agroeconómica para el Desarrollo - GIRAD, y la Agencia Francesa para el Desarrollo (AFD), con sus aportes científicos y financieros, respectivamente. El objetivo central del referido Proyecto es armonizar la transición agrícola sostenible, la conservación de los recursos naturales y forestales y la inclusión social, que permitirá la implementación de un proceso de consulta permanente para el desarrollo territorial sostenible.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por mayoría,
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR, de interés público regional, la Creación
de la MARCA MADRE DE DIOS, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
ARTICULO SEGUNDO: ENCOMENDAR, a la Gerencia General Regional,
efectuar las acciones y coordinaciones necesarias con las gerencias regionales y direcciones regionales sectoriales correspondientes; así como, con todo órgano dependiente del Gobierno Regional de Madre de Dios y demás instituciones privadas pertinentes, para la implementación de la presente ordenanza regional.
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ARTÍCULO TERCERO.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional,
del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, a la Oficina Regional de Administración, la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios". Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los veinticuatro días del mes de setiembre . . del año dos mil veintiuno.
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Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno.
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