Acuerdo de Concejo N.° 121-2021-RMDD/CR
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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ : 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIO S CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 121 - 2021-RMDD/CR POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios , en Sesión Ordinaria, celebrada el día viernes 1O de diciembre del 2021, en su sede institucional, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: .~ -~, Que, la Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones } i ~~;11 *<" gl de los gobiernos regionales . Asimismo , define la organización democrática,
i(~0 , ~ "·~J2'/) descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional , conforme a la Constitución y -,i,l!;YÁ a la Ley de Bases de la Descentralización .
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Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política , económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
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e, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asu tos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o . -- ~ -i · uc1onal o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. .
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Que , mediante Pedido Nº 009-2021-GOREMAD-CR/MTY, el Consejero Regional Marcial TAPULLIMA YUYARIMA, propone que, mediante Acuerdo de Consejo Regional , se exija al Ejecutivo Regional , la incorporación , en sus diferentes fases de inversión, la propuesta "Mejoramiento de los seivicios de salud del Establecimiento de Salud Flor de Acre de la Comunidad Arca Pacahuara, Distrito de Iberia, Provincia de Tahuamanu , Departamento de Madre de Dios". Que, el sustento de la propuesta y la información que adjunta, es que la necesidad de mejorar los Establecimientos de Salud en la Región y de la atención de las personas son un derecho fundamental y constituyen prioridades en la política gubernamental de inversión para el cierre de brechas. Refiere que el citado Establecimiento de Salud , de Categoría 1-1, construido hace 18 años con material rústico , sobre una base de pilares de horcones (tucos), actualmente acusa deterioro y amenaza de ruina o desplome de su infraestructura. Asim ismo , el proponente sugiere que debido a las características de la zona y la ubicación geográfica de la población, se debe preveer la implementación de unidades móviles como Ambulancia y Motocicletas, que ya han sido solicitadas al Ejecutivo Regional. Precisa además , que la Comunidad de Arca Pacahuara se encuentra ubicada a 17 km. al interior, margen derecha de la carretera interoceánica, lo que justifica la prestación de seivicio de los profesionales de la salud y se tenga la cobertura propia de la función para una respuesta rápida y eficaz, en caso de emergencias .
SEDE CENTRAL Jr. Gui!lenn o Billi nghurs t N° 480
OFIC. COORDINAC. ADMINIST. LIMA . Av. Alfonso U_garte N° 87_3 6to: Piso
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GOBIERNO-REGIONAL
CONSEJO REGIONAL DE MADRE ])E DIOS "AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Pedido N° 009-2021-GOREMADCR/MTY, formulado por el Consejero Regional Marcial TAPULLIMA YUYARIMA. Consecuentemente, EXIGIR, al Ejecutivo Regional, la incorporación, como un asunto prioritario, de la propuesta: "Mejoramiento de los servicios de salud del Establecimiento de Salud Flor de Acre de la Comunidad Arca Pacahuara, Distrito de Iberia, Provincia de Tahuamanu, Departamento de Madre de Dios", en las diferentes fases de la inversión pública regional. ARTÍCULO SEGUNDO: DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Secretaría Técnica del Consejo Regional, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.
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SEDE CENTRAL Jr. Guillenno Billinghurst Nº 480 Teléf.: 571199 -571102-571161 -571157 FAX: 084 -571016 - 571102
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/2886826-121-2021-rmdd-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2984403/ACR%200121-2021-RMDD-CR.pdf.pdf