Acuerdo de Concejo N.° 112-2021-RMDD/CR
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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS ·"AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 112 - 2021-RMDD/CR POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria Descentralizada, celebrada el día viernes 05 de noviembre del 2021, en la localidad de Alerta, Distrito y Provincia de Tahuamanu, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional.
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CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define la organización democrática,
.i"" c;o,.:s~~'li descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y ··~-- CEi
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,.,o/efi a la Ley de Bases de la Descentralización. :»'
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Que, los Gobiernos Regionales gozan· de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano suntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o ~~-""'-:f''---in_s~t_i ·onal o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Pedido Nº 010-2021-GOREMAD-CR/WCCM, el Consejero Regional William César CCAHUANTICO MAMAN!, propone que, mediante Acuerdo de Consejo Regional, se recomiende al Ejecutivo Regional, para que, a través de la Mesa de Solución de Conflictos, atienda la problemática de superposición de derechos respecto a un mismo predio, que de manera frecuente se han venido y se vienen dando en la Provincia de Tahuamanu. Que, el proponente sostiene que, dentro de las funciones de los Consejeros Regionales está el de velar por el "buen funcionamiento de la Región, teniendo actualmente ésta provincia una cantidad enorme de conflictos de superposición, se hace necesario atender la referida problemática, de manera urgente". Que, se ha apreciado, en el curso del debate, que, habiéndose conformado la Mesa de Solución de Conflictos por Superposición, en el ámbito de la Región Madre de Dios, corresponde a dicha instancia y no a otra, dar atención a la problemática que alude el peticionario. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por insuficiencia de votos a favor de la propuesta.
SEDE CENTRAL . !r, Guillenno Billinghurst Nº 480
OFIC. COORDINAC. ADMINIST. LIMA Av. Alfons~ U_garte Nº 87_3 6to:_Piso
CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: NO APROBAR, el Pedido Nº 010-2021-GOREMADCR/WCCM, sobre recomendación al Ejecutivo Regional, para dar atención a la problemática de superposición de derechos respecto a un mismo predio, a través de la Mesa de Solución de Conflictos, en la Provincia de Tahuamanu, por las razones señaladas en la parte considerativa ARTÍCULO SEGUNDO: DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Secretaría Técnica del Consejo Regional, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los ocho días del mes de oviembre del año dos mil intiuno.
SEDE CENTRAL
. !'· Guillenno Billinghurst Nº 480
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/2535628-112-2021-rmdd-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2593590/ACR%200112-2021-RMDD-CR.pdf.pdf