Ordenanza Regional N.° 1-2020-RMDD/CR
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GOBIERNO REGIONAL ·-~ CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ORDENANZA REGIONAL Nº 001 - 2020-RMDD/CR POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día lunes 09 de marzo del 2020, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de ·la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y
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Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras _atribucion·es, las de aprobar, modificar 9 derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y mate'rias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organlzación y 11;;1 adminlstración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia'!. Que, en aras de promover el desarrollo de los pueblos con sostenibilidad; es decir, la explotación de los recursos naturales, en armonía con la conservación del medioambiente, varios países del mundo, entre ellos el Perú, suscribieron la Convehción Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, cuyos lineamientos han sido incorporados al ordenamiento jurídico peruano mediante Reslución Legislativa Nº 26185. Que, en materia de gestión ambiental; por expresa disposlción contenida en el artículo 53 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, corresponde al Gobierno Regional, entre otras funciones: a) "formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental. .. en concordancia con los planes de los gobiernos locales"; b) "implementar el sistema regional de gestión•, ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales"; c) "formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales, respecto a la diversidad biológica y sobre qambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectívas"; e) "promover la educación e investigación· ambiental en la reglón e incentivar la participación ciudadana en todos los niveles". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0272006-GRMDD/CR, de fecha 08 de mayo del 2006, se aprobó la creación del Sistema ·de Gestlón Ambiental Reglonal de Madre de Dios.
GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODI VERSIDAD DEL PERÚ
Que, el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental , egún el artículo 4 de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, está conformado por el Ministerio del Ambiente (MINAM) , el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional , Regional y Local. Que , los Sistemas Nacionales de Gestión Ambiental , son los siguientes: a) sistema nacional de información ambiental (SINIA) ; b) Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); c) Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) ; d) Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) , y e) Sistema Nacional de Gestión Ambiental· (SNGRH), debiendo los . ~ -; -" ·'"'"''"'··-.:~ ::.:.-:.,., ?~::/::.:<J'.i;:~ responsables de conducir éstos sistemas a nivel regional , actuar articuladamente, con · -:/ ,-, . ,.i:;;,h ~ -.,..__',., . <~\1', responsa b·1 1·d 1 ad y d.1nam1smo.
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Que, en la estructura del Sistema Reg ional de Gestión Ambiental (SRGA) ,
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Dios es la autoridad ambiental regional , potestad que la ejerce a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. El proyecto asimismo, considera niveles de organización en el sistema regional : Nivel 1, que lo asume el Gobernador Regional y el Consejo Regional. El nivel 11 , es asumido por la Gerencia Regional "en coordinación con la Com isión Ambiental Regional (CAR) Madre de Dios, el cual cumple funciones de diálogo, coordinación y concertación de propuestas de carácter multisectorial. El Nivel 111 está conformado por los denominados "Grupos Técnicos Regionales", entes "creados en el marco de la CAR para la discusión , análisis y búsqueda de acuerdos técnicos y mecanismos para hacer operativos los instrumentos de gestión ambiental a nivel reg ional , a través del Plan de Desarrollo Regional Concertado". Finalmente, el nivel IV, considerado como etapa de ejecución, se encuentran diferentes entidades públ icas con competencias y funciones ambientales en el ámbito reg ional de Madre de Dios. Que, según lo dispone el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM , que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245 , Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental , el nivel regional de gestión ambiental lo asume el Gobierno Regional , en el marco de lo establecido por el artículo 53 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales . Que, la Política Nacional del Ambiente , aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM , tiene como objetivo "mejorar la calidad de vida de las personas garantizando la existencia de ecosistemas saludables , viables y funcionales a largo plazo y el desarrollo sostenible del país , mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes , la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales"; tiene cuatro ejes temáticos : a) conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica, b) gestión integral de la calidad ambiental , c) gobernanza ambiental y d) compromisos y oportunidades ambientales internacionales .
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Que , en el ámbito regional de Madre de Dios, se pretende actualizar el Sistema Regional de Gestión Ambiental , según propl,.lesta presentada por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente ante la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente , la misma que conforme lo normado en el literal e) del artículo 67del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM (D .S. N°002-2017-MINAM) , ha dado su opinión favorable a través del Informe Nº 00690-2019-MINAMNMGA/DGPIGA; por lo que, el proyecto, además, cuenta con la validación de la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Madre de Dios. Que, en reunión de trabajo de fecha 21 de agosto del 2019, sostenida por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y los miembros ,, ._.;-!{\ de la Comisión Ambiental Reg ional (CAR) de Madre de Dios , luego de presentar y ,, )~ )¡ sustentar el documento de actualización del Sistema de Gestión Ambiental Regional de \ \ .c:;,1 J.::,1, /:--;,_¡;f Madre de Dios, con la consiguiente validación del mismo, firmaron el acta de .r: , ..·.:., : r:. .j f¡ J t / '·✓ <' '~\Si ,,;;¡-:,-,f}i;' compromiso respectivo de elevar la propuesta al Ministerio del Ambiente y luego de su
·•,".;;:;;;;:,,;:,::;::: venia , remitirlo al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional , y seguidamente a los integrantes de la Comisión Ambiental Regional (CAR) .
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Que, la propuesta cuenta con opinión legal favorable expresada en el Informe Legal Nº 875-2019-GOREMAD-ORAJ , el cual indica la pertinencia de aprobar la actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental del GOREMAD, documento que consta de IV Títulos , VIII Capítulos, 55 artículos, 03 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales y 01 Anexo . Que, la Comisión Agraria , Medio Ambiente , Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios , mediante Dictamen Nº 001-2020-GOREMADCR/CAMAAYCCNN-P , asume la necesidad de contar con un instrumento técnico normativo adecuado a las necesidades y tiempo actual que regule la organización y funcionamiento del Sistema Regional de Gestión Ambiental en la Región Madre de Dios , en función de la implementación de las políticas y el cumplimiento de la normativa en materia de gestión ambiental; por lo que , recomienda al Pleno del Consejo Regional de Madre de Dios, aprobar mediante Ordenanza Regional dicho instrumento de gestión ambiental. El Consejo Regional de Madre de Dios , en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondientes , por mayoría , HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios, propuesta por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, documento que consta de IV Títulos , VIII Capítulos, 55 artículos , 03 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales y 01 Anexo , los cuales forman parte de la presente norma regional.
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD" MADRE DE DIQS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERI)
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para Sl,I promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil veinte.
--~~-a• Dra. Fa ; n,· ;zango .,a.a;,;ar
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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los trece días del mes de marzo del año dos mil veinte.
!éd. Luis Guillermo idalgo 01'!:nura GOBERNADOR REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/1651112-1-2020-rmdd-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1663039/OR%200001-2020-RMDD-CR.pdf.pdf