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031-2026-RMDDCR Regional Agreement Madre de Dios In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 031-2026-RMDDCR

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GOBIERNO RECIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DI{)S "AÑO oE LA ESPERANZAY FCRIALECIMIENÍO OE IA OEMOCRACIA" "MAgRE DE DlO5, CAplrAL DE LA 3¡Or'¡VEiSIOAD"

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL No 031 - 2026-RMDD/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de D¡os, en Sesión Extraordinaria de Consejo celebrada el día.iueves 12 de marzo de\2026, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado el siguiente acuerdo regional. CONSIDERANDO:

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Que, la Ley No 27867, Ley orgán¡ca de Gob¡ernos Regionales y sus mod¡f¡catorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gob¡ernos regionales. Asim¡smo, define la organización denrocrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regicnal, confornie a la Consl¡tución y a la Ley cje Bases de la Descentral¡zac¡ón.

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Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artícrlo '15 de la Ley No 27867, Ley Orgánica

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de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

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Que, los Acuerdos del Conse.io Regional expresan la decisión de éste órgano sobre ut áro§

asuntos internos del Consejo Regional, de interés públ¡co, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a'una conducta o norma inst¡tucional. Que, mediante Pedido N" 004-2026-GOREMAD-CR/BCC, el consejero regional por la Provinc¡a de Manu, Bernardo CLAVIJO CARCASI, propone la aprobac¡ón de la creac¡ón de una Comisión Especial que recabe informaciÓn y proyecte una Ordenanza Regional Declarando de prioridad e interés regional la intangib¡lidad de las cuencas hídricas y las áreas de captación de aguas de las empresas prestadoras de servicios en el ámbito de la Régión Madre de Dios, conforme al Pedido N' 044-202s-GOREMAD-CR/ECLC.

Que, a instancias del Proponente y (lel Conse.iero Delegado y con la anuenc¡a del Pleno, la propuesta en mención, inicialmer)te incluida en la agenda adicional de l! próxima sesión ordinaria, fue ¡ncorporada a la orden de día de la presente sesión, para su correspondiente debate y deliberación, contándose para ello, con la presencia de representantes de la sociedad civil, principalmente del centro Poblado "Nueva" del distrito de Huepetuhe.

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Que, se tiene como antecedente ei Pedrdo N' 044-2025-GOREMAD-CR/ECLC, presentado por el consejero regional Edgar Clint LOPEZ CORNEJO, a efectos que se declare de prioridad e ¡nterés regional, la ¡ntang¡bilidad de las fuentes hídricas y las áreas de captación de agua de las empresas prestadoras de servicios en el ámb¡to de la Región

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Madre de Dios, pa.a el consumo humano, y se establezca un rég¡men jurÍdico especial de protecc¡ón, conservación y f¡scal¡zación. Que, sintonizando la propuesta del consejero Epifanio Saturnino CONDORI CHANI,

se determinó const¡tuir dicha Comisión con los miembros del Consejo Regional que recientemente efectuaron una v¡s¡ta de fiscalización a la localidad de Nueva, D¡strito de Huepetuhe.

El Consejo Reg¡onal de Madre de D¡os, en uso de las facultades conferidas por la Const¡tución Política del Estado; Ley N'27867, Ley Orgánica de Gob¡ernos Regionales y sus modif¡catorias, por mayoría. I

ACUERDA:

ARTíCULO PRIMERO: CONFORMAR, la Comisión Espec¡al de Fiscalización encargada de em¡tir el Informe sustentatorio para la emisión de la Ordenanza regional que declare de pr¡or¡dad e interés regional, la intangib¡l¡dad de las fuentes hídricas y de captación

de agua de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento en el ámb¡to de la Reg¡ón Madre de Dios, la cual estará integrada por los siguientes consejeros reglonales:

Presidente: Bernardo CLAVIJO CARCASI

Secretar¡o: Epifanio Saturnino CONDORI CHANI Miem bros:

Francisco SIFUENTES OUISPE José Humberto ZAPATA HERRERA Augusto TOI\¡AYLLA HUAMANi

ARTicuLo sEGUNDO: PUBLíQUESE, el presente Acuerdo en el Portal Jectrón¡co del Gobierno Regional de Madre de Dios. POR TANTO: Mando se reg¡stre, publique y cumpla

nsejo Regional de l/adre de Dios, a los doce días del mes

Dado en la Sede de marzo del año dos

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