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020-2022-RMDD-CR Regional Ordinance Madre de Dios In force

Ordenanza Regional N.° 020 - 2022-RMDD/CR

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ORDENANZA REGIONAL N 020 - 2022-RMDD/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día miércoles 21 de diciembre del 2022, en su sede institucional, sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, aprobó la siguiente Ordenanza Regional:

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público,

emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y “A administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de 5 acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.

Que, según Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; estableciendo, además, que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, se aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, la cual tiene como uno de sus objetivos la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmosfera a Un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático;

Que, el gobierno peruano, mediante el Decreto Supremo N° 058-2016-RE, ratificó el Acuerdo de Paris y asumió el compromiso de presentar, renovar y llevar a cabo medidas para implementar las denominadas Contribuciones Previstas y Determinadas a Nivel Nacional (NDC), las que consideran reducir el 20% de las emisiones de gases de efecto invernadero proyectadas al 2030 y un 10% adicional condicionado a la cooperación internacional; correspondiendo dos terceras partes de ello, al sector de Uso del Suelo, Cambio del Uso del Suelo y Silvicultura;

Que, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, tiene como objetivo general contribuir con el desarrollo sostenible del país. Asimismo, la Política Nacional Agraria, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, tiene como objetivo lograr el incremento

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sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores agrarios, priorizando la agricultura familiar, sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos y con uso sostenible de los recursos agrarios;

Que, la Estrategia Nacional sobre Bosques y Cambio Climático (ENBCC), aprobada mediante Decreto Supremo N° 007-2016-MINAM, tiene como objetivo reducir la pérdida y degradación de los bosques en el Perú y por ende, las emisiones de gases

Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 017-2019-GOREMAD/GR, de fecha 19 de marzo del 2019, se declaró prioritaria la elaboración participativa de una estrategia regional para promover el desarrollo rural bajo en emisiones en la Región, que

‘eorresponde a la hoja de ruta planteada en la ENBCC, y se conformó un grupo de trabajo para conducir su proceso de elaboración;

Que, la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE, constituye una política pública regional y una hoja de ruta estratégica para coadyuvar a la implementación de la política territorial regional, con enfoque intercultural y de género, y los instrumentos de política antes mencionados; además, tiene por objetivo mejorarla calidad de vida de la población rural reduciendo el impacto negativo causado por la deforestación y degradación de los bosques amazónicos de la Región;

Que, con la finalidad de brindar operatividad a las estrategias y políticas nacionales mencionadas; alinear las políticas regionales a las normas internacionales, nacionales y sectoriales; y demás compromisos asumidos en el ámbito de la Región Madre de Dios, es necesario contar con un instrumento de gestión a escala regional que permita orientar las acciones necesarias para reducir la deforestación y sus emisiones asociadas; incrementar la competitividad de la producción agraria, ganadera, acuícola y forestal regional, promover el aprovechamiento de bienes y servicios del bosque; y construir una política pública regional;

Que, el proceso de implementación de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural bajo en Emisiones y su Plan de Inversión es un proceso dinámico y continuo, en el cual intervienen diversos actores de los tres niveles de gobierno, el sector privado y la ciudadanía en general; siendo uno de los mecanismos de financiamiento para la implementación de sus actividades el “Programa Jurisdiccional Madre de Dios para reducir la deforestación”, en cuyo marco se promueven y ejecutan intervenciones específicas orientadas a la disminución de la deforestación de bosques tropicales y a la mitigación del cambio climático en el Departamento de Madre de Dios.

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SEDE CENTRAL OFIC. COORDINAC. ADMINIST. LIMA Jr. Guillermo Billinghurst N° 480 Av. Alfonso Ugarte N° 873 6to. Piso Teléf: 571199 - 571102 - 571161 - 571157 E-mail: regionmddp@regionmadrededios.gob.pe

FAX: 084 — 571016 — 571102 Telefax 014-244 388

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Que. la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente, a través del Informe N° 118-2022-GOREMAD-GRRNYGMA/SGGAYDS, señala que tanto la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE de la Región Madre de Dios al 2030 y su Plan de Inversión, se elaboró “dentro de un proceso participativo con diferentes actores de la Región, previa opinión pertinente que corresponde”, y que para asegurar su implementación y continua actualización se

uenta “como principal actor, al Comité Técnico Regional”.

Que, mediante Informe Legal N° 1090-2022-GOREMAD/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la aprobación, tanto de la Estrategia Regional y del Plan de Inversión; asimismo, la viabilidad de la “Comisión

Que, la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional, a través del Dictamen N° 011-2022- GOREMADCR/CAMAAYCCNN, considera que la propuesta de ordenanza regional tiene sustento técnico y legal, según se aprecia del Informe N° 712-2022- GOREMAD/GRPPYAT/SGDIEI, y del informe legal antes señalado, por tener correspondencia con la política de desarrollo de la Región, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población rural, y reducir detener y revertir la deforestación y degradación de los bosques amazónicos.

El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE de la Región Madre de Dios, al 2030, como política pública regional, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población rural y reducir, detener y revertir la deforestación y degradación de los bosques amazónicos de la Región Madre de Dios, para asegurar un desarrollo sostenible, inclusivo y competitivo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR, de interés regional, la implementación de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones —- ERDRBE de la Región Madre de Dios al 2030 y su Plan de Inversión, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

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ARTÍCULO TERCERO: DECLARAR, de prioridad regional la creación e implementación del “Programa Jurisdiccional Madre de Dios, para reducir la deforestación”, como un mecanismo para el financiamiento de la implementación de parte de las actividades del Plan de Inversión de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE, de la Región Madre de Dios al 2030, en cuyo marco se establezcan y promuevan intervenciones específicas orientadas a la

disminución de la deforestación de bosques tropicales y a la mitigación del cambio ¢limatico en la región.

ARTÍCULO CUARTO: APROBAR, la creación de la Comisión Técnica Regional de naturaleza permanente, encargada de coordinar y conducir la implementación y “e\ actualización de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones del

a) Dependencias del Gobierno Regional:

  • Gerencia General Regional del Gobierno Regional, que preside la Comisión Técnica.

e Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental (Secretaría Técnica)

e Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

“e Gerencia Regional de Desarrollo Económico. . e Gerencia Regional de Infraestructura

e Proyecto Especial Madre de Dios

e Sub Gerencia de Participación Ciudadana y Comunidades Nativas

e Oficina de Cooperación Técnica Internacional

e Dirección de Agricultura b) Municipalidades:

  • Municipalidad Provincial de Tambopata.

e Municipalidad Provincial de Tahuamanu.

e Municipalidad Provincial del Manu. c) Organizaciones de los pueblos indígenas:

e Dos (02) representantes de las organizaciones de los pueblos indígenas amazónicos presentes en la región.

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Teléf.: 571199 - 571102 - 571161 ~ 571157 E-mail: regionmddp@regionmadrededios. gob.pe FAX: 084 ~ $71016 - 571102 Telefax 014-244 388

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d) Instituciones Académicas: e Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios e) Instituciones y organizaciones privadas:

  • Dos (02) representantes de las Mesas Técnicas Productivas Regionales. e Dos (02) representante de las Organizaciones no Gubernamentales sin fines de lucro (ONG).
  • Dos (02) representantes del sector privado. e Uno (01) representantes del Sector Público Nacional. f) Otras entidades, que la Comisión Técnica Regional considere necesaria su incorporación, según lo requiera la naturaleza del trabajo encomendado. ARTÍCULO QUINTO: CONSTITUIR, la Comisión Técnica Regional, como ente encargado de conducir y coordinar la implementación y la continua actualización de la

Le y Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones — ERDRBE. Tiene las siguientes funciones específicas:

a) Facilitar, orientar, promover y monitorear la implementación, en forma participativa de la ERDRBE al 2030 y su Plan de Inversión, con un enfoque de gestión adaptativa en función a la dinámica de los procesos de deforestación, económicos y sociales, asegurando que la implementación de esta estrategia sea un proceso vivo que supere los cambios coyunturales.

b) Ejecutar las acciones necesarias para garantizar el financiamiento público y privado necesario para implementar la ERDRBE al 2030.

c) Impulsar y facilitar la coordinación de carácter horizontal entre sus miembros y cualquier otro actor que cuente con propósitos afines. Al mismo tiempo, debe asegurar la coordinación vertical, tanto con instancias o entidades del gobierno nacional, como ministerios u otros órganos e iniciativas de los entes de cooperación internacional; así como, con los municipios provinciales y distritales y los diferentes actores que actúan a nivel del territorio mismo.

d) Conformar subgrupos de trabajo con las diferentes organizaciones de la región, miembros o invitados, con el objetivo de propiciar la participación y el dialogo intercultural, promoviendo el enfoque de género.

e) Informar periódicamente al Gobernador Regional y a la ciudadanía, sobre las acciones y/o actividades y resultados de la implementación de la ERDRBE.

f) Promover convenios y acuerdos que faciliten la implementación de la ERDRBE y su Plan de Inversión.

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ARTÍCULO SEXTO: DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.

ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPONER, a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal

Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios”.

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación.

En la ciudad de Puerto Maldonado, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.

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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintidós días del

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