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006-2022-RMDD-CR Regional Ordinance Madre de Dios In force

Ordenanza Regional N.° 006-2022/RMDD-CR

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GOBIRRNO REGIONAL

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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS " AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANIA NACIONAL" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

ORDENANZA REGIONAL Nº 006 • 2022-RMDD/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día viernes 1O de junio del 2022, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Reg ional: CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y .,,.-:-_

administrativa, y tienen por misión , organizar y conducir la gestión pública regional , de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con ·e! literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, · mod ificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, el artículo 17, numeral 1) del Decreto Leg islativo Nº 1013, Ley que regu la a organización y funcines del Ministerio del Ambiente, establece que los Gobiernos Regionales aprueban la creación , el ámbito , la composición y funciones de las ·comisiones Ambientales Regionales (CAR) . Asimismo, el artículo 23 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que las Comisiones Ambientales Regionales (CAR), $Oíl instancias de gestión, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional, que promueve el diálogo y acuerdo entre los sectores público y privado. Que, asimismo, la Ley Nº 28245 , Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece un conjunto de funciones, atribuciones y responsabilidades en , materia de gestión ambiental a las diversas entidades públicas en sus niveles nacional, regional y local, de manera coordinada, descentralizada y desconcentrada, sujeta a lineamientos de la Política Nacional Ambiental, el Plan y la Agenda Nacional de Acción

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Ambiental y a las normas, instrum•antos y mandatos de carácter transectorial. En su artículo 22 determina el ejercicio regional de funciones ambientales, disponiendo que los gobiernos regionales "deberán implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambienta/es Regionales (CAR), y el CONAM sobre

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la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambienta/es en el Gobierno .Regional". Que, la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Madre de Dios, fue creada mediante Ordenanza Regional Nº 011-2010-RMDD/CR, aprobándose su Reglamento Interno mediante Ordenanza Regional Nº 002-2012-RMDD/CR. Que, refiere el informe técnico de la Consultoría Jurídico Ambiental que, "e/ cumplimiento de las responsabilidades ambienta/es a nivel regional, no solo se alcanza con la implementación de la política y normativa ambiental; antes bien, se requiere de forma adicional, de la aplicación de los IGAs" (Instrumentos de Gestión Ambiental), que según lo dispuesto por los artículos 16 al 18 de la Ley Nº 28611 , Ley General del Ambiente, tienen por objeto ejecutar la política ambiental; por constituir "medios operativos diseñados, normados y aplicados p·ara implementar la política y normativa que rigen a nivel regional , incorporando mecanismos para asegurar su cumplimiento de acuerdo con sus competencias y en el marco del proceso de descentralización". A continuación, refiere que la Comisión Ambiental Regional (CAR), "desde la fecha de su &

emisión, no ha sido renovada, por tanto, es necesario precisar conceptos, términos y .actualizar en el marco de la normativa vigente de carácter regional, como nacional. Entiéndase a las normativas como el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Sistema Regional de Gestión Ambiental y las Políticas Ambientales, las cuales han sido actualizadas", señalando a continuación , que "las propuestas para su actualización de la normativa vigente, recae en una nueva organización, entre los miembros de la CARMDD para lograr una efectiva participación por parte de cada uno de ellos". En la perspectiva de actualización del precitado Reglamento concluye que: "mediante el proceso metodológico se ha identificado necesidades para mejorar la CAR-MDD... ", que ' se determine: "una nueva organización en el interior de la CAR-MDD para lograr una participación activa y un necesario compromiso de sus miembros, mecanismos de articulación; reuniones no presenciales a través de plataformas digitales; financiamiento y fuentes de apoyo de la CAR, responsabilidad de los miembros de la CAR-MDD: obligaciones de mecanismos, faltas, sanciones e impugnación"; asimismo, subsanar aquellos vacíos que presente la Ordenanza Regional Nº 002-2012-RMDD/CR; por lo ~que, recomienda su actualización.

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Que, por su parte, el órgano de asesoramiento jurídico del Gobierno Regional de 'Madre de Dios, opina por la procedencia legal de la actualización del Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Madre de Dios.

Que, la propuesta de modificación se fundamenta en la necesidad de adecuar el Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional (CAR), al marco normativo nacional en materia de gestión ambiental, conformado por la Ley que regula la organización y funciones del Ministerio del Ambiente (Decreto Legislativo Nº 1013); Ley . Nº 28611 , Ley General del Ambiente; Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, entre otras. Que, la emisión y los efectos de la Ordenanza Regional que actualiza el Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Madre de Dios, no contraviene norma legal vigente alguna de nuestro ordenamiento jurídico nacional, tampoco irroga gastos adicionales al Estado, ni incide negativamente en perjuicio del medio ambiente, pues se trata de un ente de coordinación y de concertación de la política ambiental regional. Que, es atribución del Consejo Regional, "aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional" , entre otras, que precisa su ley orgánica. Que, mediante Dictamen Nº 004-2022-GOREMAD-CR/CAMAAYCCNN , la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazon ia y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, recomienda al Pleno, aprobar mediante Ordenanza , Regional , el Reglamento Interno Actualizado de la Comisión Ambiental Regional de Madre de Dios (CAR - MDD). El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; por mayoría.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO

PRIMERO.-

APROBAR,

el

REGLAMENTO

INTERNO

ACTUALIZADO DE LA COMISIÓN AMBIENTAL REGIONAL DE MADRE DE DIOS (CAR - MDD), que consta de VII Títulos; Cuarenta y tres (43) artículos, y Anexos que,

en conjunto, forman parte de la presente norma regional.

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ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR SIN EFECTO, la Ordenanza Regional Nº 0022012-RMDD/CR y demás disposiciones que se opongan a la presente norma regional. ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, a la Comisión Agraria, Medio Ambiente,

Amazonia y Comunidades Nativas del Consejo Regional, desplegar su función fiscalizadora, respecto a las acciones que real ice el Ejecutivo, para la implementación de la presente norma regional, en el marco de sus atribuciones legales. ARTÍCULO CUARTO.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma reg ional,

del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER, a ict Oficina Regional de Administración del

Gobierno Regional Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario .Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios.

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diez días del mes de junio del año dos mil veintidós.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, a los catorce días del .mes de junio del año dos mil veintidós.

~r.

• oniaiesinai GIONAI.

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