Ordenanza Regional N.° 0022-2017-RMDD/CR
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS " AÑO INT ERNAC:ONAL DEL TURISMO S 3 TENIBLE PARA EL DESARROLLO" " AÑO DEL BUEN SERV IC IO AL CIUDADANO" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ORDENANZA REGIONAL Nº <fa2-2017·RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regionnl de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día miércoles 25 de octubre del 2017 en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.
Que, . el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar .:> derogar las normas que regulen o reglarnenten los asuntos y materias de competenci 1 y funciones del Gobierno Regio m I. Que, el artículo 38 de la precitada Ley Orgánica, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierne; Regional y reglamentan materias de su competencia" . Que, mediante Ley Nº 30057, -se aprobó la Ley del Servicin Civil, la misma que en la cuarta disposic10n cc;·11plementaria .final establece que el CLiaa1 c ¡.:.ar2 .~.Bign8dón de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro dP Puestos de la Entidacl - CPE. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057--2015-SERVIR 'PE , se modifica la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", la cual conceptúa e/ ' Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP Provisional como el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones.
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Que, en el numeral 1.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015SERVIR/GDSRH, dispone que aquellas entidades exceptuada de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anu ai de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional .con rango de ley, podrc;i n hacer ajustes a su Cuadro para Asign ación de Personal, con · la aprobación de un ( ;ua dro para Asignación de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; así mismo, señala, que en dicho contexto de excepción, las entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal. Que, a través del literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto de.I Sector Público para .el año fiscal 2016, se exceptuó de la prohibición de nombramiento, el supuesto de nombramiento de hasta el 20% de la PEA de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organi smos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud - CLAS, definidos a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº1153. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1153, publicado el 12 de setiembre del año 2013, se regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado . Que, según Ley N" 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se ha previsto el nombramiento hasta del veinte por ciento (20%) de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, de los profesionales de la Salud y de los Técnicos y Auxiliares Asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y .las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Comunidades Locales de ,:..dministración de Salud (CLAS). Que, mediante Ordenanza Regional Nº 034-2012-RMDD/CR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora 400 Dirección Regional de Salüd de Madre de Dios, el mismo que no ha sido modificado ni sustituido ·'nasta la fecha . Que, de conformidad con la normativa vigente, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través del Informe Nº 3842017-GOREMAD/GRPPYAT, concluye y recomienda gue la propuesta modificatoria del é AP Provisional - 2017 de la Dirección Regional de Salud Madre de Dios , en cuanto cumple con los requisitos indicados en el numeral 5.3.2. de la Directiva Nº 002-2015SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, amerita u aprobación mediante Ord""¡,¡:;¡nza Regional, acorde con lo previsto er· d numeral 4 del SEDE CENTRAL Jr. Gu illenno Billinghu rst Nº 480 Te lé f.: 57 11 99 - 57 1102 - 57 11 6 1 - 57 11 57 FAX : 084 - 57 10 16 - 57 11 02
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mismo instrumento normativo. Dicho informe, a su vez ha sido objeto de remis i ón a la Gobernatura Regional mediante Oficio Nº 549-2017-GOREMAD/GR, enviado al Consejo Regional y luego derivado a la presente Comisión a través del Oficio Nº 252-2017GOREMAD-CR/CD.
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Que, mediante Informe Técnico N" 241 -2017-SERVIR/GDSRH, de fecha 18 de setiembre del 2016, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, a modo de conclusión , considera pertinente la propuesta del CAP Provisional planteada por la J.E . 400: "Dirección Regional de Salud Madre de Dios, entre otros, por lo que otorga la opinión favorable a dichas propuestas , adjuntando los formatos del CAP Provisionales, con la sugerencia de proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisiona l. Que, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, luego de examinar los actuados a la luz de la normativa vigente, considera que las condiciones y requisitos establecidos para aprobar el CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Madre de Dios, se han cumplido, de conformidad con lo previsto por el Decreto Legislativo Nº 1153 y el numerI 3 de la Segunda Disposición Fina l del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el cual previene que los cargos a ser cubiertos mediante nombramiento deben estar previstos en el CAP Provisional, en el cual se ha incluido cargos de profesionales y técnicos asistenciales de la salud, que serán distribuidos en sus unidades orgánicas; opinando mediante Informe Legal Nº 947-2017GOREMAD/ORAJ, que es procedente aprobar dicho documento de gestión institu cional. Que, a instancias de la Comisión de Salud del Consejo Regional y para mayor certificación de legalidad y precisiór:i de la propuesta se accedió a la información complementaria relativa a los nombramientos correspond ientes a los años 2015, 2016, 2017 y 2018, expresada en el Oficio Nº 2362-2017-GOREMAD/DIRESA/DG, copia del Informe Nº 0138-2017-GOREMAD-DIRESA-OEA/OP, en observancia a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 044-2017-MINSA, Oficio Nº 01 -2015-GOREMAD/DIRESACOMISION DE NOMBRAMIENTO, sobre informe final de resultGdos del proceso de nombramiento 2015 en la citada Dirección Regional sectorial y el Oficio Nº 2417--2017GOREMAD/DIRESA/DG, sobre Cuadro comparativo del CAP-P 2016 y CAP-P proyectado para el año 2017, con detalre de plazas y personal nombrado y a nombrarse, en lá Unidad Ejecutora 400 Salud Madre de Dios. . Que, la Comisión de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo regional de Madre de Dios, luego de analizar diligentemente la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la U.E. 400 SEDE CENTRAL Jr. Gu ille rm o Bi llinghursl I<º 480
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Dirección Regional de Salud Madre de Dios, concluye a favor de la misma, en mérito al sustento técnico y legal que documentalmente apareja y por consiguiente, recom i enda al Pleno del Consejo Regional, su aprobación, mediante Ordenanza Regional, según se aprecia del Dictamen Nº 010-2017-GOREMAD/CSPDSSCYDC. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades contenidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y con el voto unánime de los consejeros regionales,
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, el CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL 2017 (CAP-P 2017) de la UNIDAD EJECUTORA 400 - DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE MADRE DE DIOS, el mismo que forma parte de la presente disposición regional. ARTICULO SEGUNDO: ENCOMENDAR, a la Comisión de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional de Madre de Dios, la fiscalización de las acciones administrativas sobre desplazamiento del personal nombrado, a efectos de garantizar su permanencia en el lugar de ubicación geográfica de las correspondientes plazas orgánicas. ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente . ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Hegional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciUdé!d de Puerto Maldonado, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil diecisiete .
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POR TANTO: Mando se registre , publique y cumpla . Dado en la Sede del Gobierno Regi onal de Madre de Dios, a los veintiséis días d81 mes de octubre del año dos mil diecisiete.
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