Ordenanza Regional N.° 0020-2014-RMDD/CR
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CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS
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“AÑO INTERNACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR” “AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL COMPROMISO CLIMÁTICO” “MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ”
ORDENANZA REGIONAL N° 20 - 2014-RMDD/CR
POR CUANTO
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo e! 05 de diciembre del año 2014.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y regula la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define, asimismo, la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización.
Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, ecomómica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el articulo 192 de la Constitución Política del Perú. a
Que, ef Consejo Regional es el “órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el litera! a) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, el Estado a través de sus estamentos de Gobierno, propende a generar igualdad de oportunidades a las niñas, niños y adolescentes, dando acceso a los servicios de calidad y a participar en el ejercicio, promoción y defensa, interactuando con las demás entidades y la comunidad, y promueve su desarrollo dentro del seno familiar y en un ambiente sano y libre de violencia.
Que, bajo tales premisas básicas desde el Gobierno Nacional se ha diseñado un conjunto de acciones prioritarias a favor de dicho sector humano vulnerable, como el Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2012 — 2021, con responsabilidad multisectorial, que alcanza también a los Gobiernos Regionales a través de su Serencia Regional de Desarrollo Social, debiendo éstos formular e implementar en sus respectivas
jurisdicciones, sus Planes Regionales de Acción por la Infancia y Adolescencia.
Que, con fecha 12 de noviembre del 2013, se suscribió el Acta de Compromisos con =quipo Técnico de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Madre de Dios y la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el que se ha estipulado la formulación e implementación del Plan Regional de Acción por la Infancia y Adolescencia de Madre de Dios.
Que, mediante Informe N° 289-2013-GCREMAD-GRDS, el Gerente Regional de Desarrollo Social remite a la Gerencia General Regional del GOREMAD, la propuesta de conformación del Comité Técnico de Formuiación e Implementación del Plan Regional de Acción por ia Infancia y Adolescencia 2014- 2021, según lo detalla el Informe N° 702-2013-
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SEDE CENTRAL OFIC. COORDINAC. ADMINIST, LIMA Jr, Guillermo Billinghurst N° 480 Av. Alfonso Ugarte N° 873 6to, Piso Teléf: 571199 - $71 102 - 571161 - 571157 E-mail: regionmddp@regionmadrededios, gob.pe
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GOREMAD-GRDS-SGPSyP, el mismo que sera Presidido por el Gerente Regional de Desarrollo Social, y que tendrá como miembros a los Representantes de las siguientes Instituciones: Dirección Regional de Salud, Dirección Regional de Educación, Dirección Regional de Trabajo, Policia Nacional de Perú, RENIEC, Municipalidad Provincial de _ Tambopata, Municipalidad Provincial de Manu, Municipalidad Provincial de Tahuamanu, Asociación Huarayo; precisando que la designación de dicho Comité deberá formalizarse mediante Ordenanza Regional.
Que, mediante Informe Legal N° 1087-2013-GOREMAD/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha opinado que la propuesta de conformación del Comité Técnico de Formulación e Implementación del Plan Regional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2014- 2021, cuya aprobación ha sido solicitada, se encuentra dentro del marco normativo vigente, señalando que corresponde al Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios realizar las acciones que considere pertinentes.
Que, la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura del Consejo Regional de Madre de Dios, a través del Dictamen N° 001-2014-GOREMAD/CECTDYC, concluye que para la implementación del Plan Regional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2014- 2021, documento que contiene estrategias, acciones y programas que deben asumir y ejecutar las entidades públicas y la sociedad civil para la satisfacción de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de la Región Madre de Dios, es necesario que, mediante Ordenanza Regional, se apruebe la conformación del Comité Técnico responsable de su Formulación e Implementación, considerando la propuesta de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Madre de Dios.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad,
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la conformación del COMITÉ TÉCNICO DE FORMULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN REGIONAL DE ACCIÓN POR LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA 2014 - 2021, propuesta por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Madre de Dios, cuya composición es la siguiente:
Presidente: Gerente Regional de Desarrollo Social
Miembros:
Un Representante de la Dirección Regional de Salud,
Un Representante de la Dirección Regional de Educación,
Un Representante de la Dirección Regional de Trabajo,
Un Representante de la Policía Nacional de Perú,
Un Representante del RENIEC,
Un Representante de la Municipalidad Provincial de Tambopata, Un Representante de la Municipalidad Provincial de Manu,
Un Representante de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu, Un Representante de la Asociación Huarayo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios.
SEDE CENTRAL OFIC, COORDINAC, ADMINIST, LIMA Jr, Guillermo Billinghurst N° 480 Ay. Alfonso Ugarte N° 873 610, Piso Telén: mi 199 - 57 1102 - 571 lol = 571157 E-mail: regionnddp@regionmadrededios gob.pe
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Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación.
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En la ciudad de Puerto Maldonado, a los cinco dias del mes de diciembre del año dos mil catorce.
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POR LO TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
a SEDE CENTRAL OFIC, COORDINAC. ADMINIST. LIMA Jr, Guillermo Billinghurst N° 480 Av. Alfonso Ugane N° 873 óto. Piso Teléf.: 571199 - 571102 - 571161 - 571157 E-mail: regionmddp@regionmadrededios. gob.pe Rew nas emo ” Ara dan 100
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