Ordenanza Regional N.° 0013-2015-RMDD/CR
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DE LA LUZ Y LAS TECNOLOGIAS BASADAS EN LA LUZ" " AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIM IENTO DE LA EDUCAC IÓN" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"
ORD ENANZA REGIONAL Nº 13-2015-RMDD/CR POR CUANTO:
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El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria, 1 evada a cabo el 20 de noviembre del 2015 , aprobó, la siguiente Ordenanza Regional.
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CONSIDERANDO:
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Que , los Gobiernos Regionale_s son_personas Jur!dicas de ?rech? públio, emanan la ~~ci.H, .8f;PVolunt.ad popular, gzan de ª.tonoi:111 poht1a, econom1ca y admin1strat1va, y t1en.en por m1~1on, :.;;,;¡:;,;.,,..... organizar y conducir la gest1on publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, mediante Resolución Ministerial Nº 871 -2014/MINSA, se aprueba el Instructivo para el Proceso de Nombramiento de personal de la Salud 2014, en cuyo sub numeral 5.1 sobre Ordenamiento y Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional en los Gobiernos Regionales, establece en su inciso a) que las oficinas de planeamiento y presupuesto o las que hagan sus veces ·en las unidades ejecutoras de Salud de los Plfegos Gobiernos Regionales deberán elaborar el proyecto de modificación de su Cuadro para Asignación de Personal para el nombramiento de los profesionales de la Salud, técnicos y auxiliares asistenciales previstas en la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en cuyo artículo 8º inciso g) se contempla el " ... nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del decreto Legislativo 1153, de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud , sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Asociaciones de Comunidades Laborales de Salud -CLAS . Que , el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en su Disposición Complementaria Derogatoria Única, dispone en su literal e) la derogación del Decreto Suprmo Nº 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos ·· para la elaboración y ·aprobación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de las entidades del sector público. Que , el Decreto Supremo Nº 34-2014-SA, en su Disposición Complementaria Final, en el Sub umeral 15.2, literal b) precisa: "A fin de garantizar el nombramiento mediante el proceso abrv1ado, las entidades o pliegos presupuestales (MINSA, Organismos Públicos , Gobiernos Regionales) paralelamente deberán aprobar su Cuadro para Asignación de Personal Provisiona l (CAP-P) de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Autoridad Nacional del Servicio Civil _ SERVIR , luego de aprobado el CAP-P se deberá modificar el Presupuesto Analítico de Personal y SEDE CENTRAL · Jr. G11illcn11 0 Billinghurst N° 480 Teléf. : 57 1199-571 102 - 57 11 6 1 - 57 11 57 r. ~ , ,, f\n 4
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS
registrarlos en el Aplicativo Informático del Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público y ad emás se deberá contar con la respectiva certificación del crédito presupuestario", en concord ancia con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley Nº 281 7..5, Ley Marco del Empleo Público, norma de aplicación transversal a todo el sector público que para el acceso al empleo público señala como requisito indispensable que las plazas a ocupar se uentren aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) .
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Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, agrega al numeral ~.4i!t -t..... 'I ub numeral 4.7 de la Directiva Nº 001 -2014-SERVIR/GPGSC, aprobada mediante Resolución de
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proh1b1c1ones de ingreso, nombramiento, des1gnac1on y contratac1on previstas en la Ley de Presupuesto Público .. . podrán hacer ajustes a su CAP con la aprobación de un CAP Provisional , respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público" .. . precisando a continuación en el sub numeral 4.8., tercer párrafo que: "Una vez aprobado el CAP Provisional, la máxima autoridad administrativa de la entidad de nivel regional o local deberá remitir una copia del mismo a SERVIR para realizar observaciones sustantivas y de forma ex - post al CAP Provisional aprobado, en el marco de las atribuciones establecidas en el Decreto Legislativo 1023. Que , el Jefe de la Unidad de Organización de la Oficina de Planeamiento Estratégico del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, a través del Informe Nº 031-2015-GOREMADHSR/OPE-UO, sobre Actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, refiere que el Presupuesto Analítico de Personal del Hospital Santa Rosa aprobado por Resolución Directora! Nº 238-2015-GOREMAD-HSR-OA, contiene 287 plazas presupuestadas, y que conforme a lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 589-2015-MINSA, corresponde incluir en el CAP-P del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado para nombramiento 2015, de 21 cargos de profesionales y técnicos asistenciales de la salud , los mismos que serán distribuidos en las unidades orgánicas del órgano de línea de la Unidad Ejecutora 401, resultando un PEA de 308 cargos ocupados y 82 cargos previstos . Que, mediante Informe Técnico Nº 053-2015-GOREMAD-GRPPYAT/SGDIEI, se remite el Proyecto de modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) , de la U.E. 401 - Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, que recomienda la aprobación del CAP-P Provisional de la U.E. 401 Hospital Santa Rosa del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Ordenanza Regional, el cual contempla un total de 390 plazas, de los cuales 308 son ocupadas y 82 se encuentran en condición de previstas . Que, mediante Informe Legal Nº 1478-2015-GOREMAD/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, opina por la aprobación del CAP Provisional de la U.E. 401- Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, recomendando se remitan los actuados al Consejo Regional de Madre de Dios, para que éste proceda conforme a sus atribuciones . Que, la Comisión de Salud, Población , Desarrollo Social , Seguridad Ciudadana y Defensa Civil - 2015, a través del Dictamen Nº 006-2015-GOREMAD-CR/CSPDSSCYDC, propone y recomienda al Pleno del Consejo Regional el debate y aprobación mediante Ordenanza Regional , de la propuesta de Modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional 2015 (CAP-P) de la Unidad Ejecutora Nº 401, Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado - Madre de Dios .
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Jr. Guillermo Bi lli nghurst N° 4áO Teléf. : 57 11 99 - 57 11 02- 57 116 1 - 57 11 57 r~,, . no~
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OFIC. COORDINAJ:. ADM INI ST. LIMA Av. Alfon so Ugartc Nº 873 610. Piso
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS
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El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional , con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales ;
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HA DADO LA ORD ENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIM ERO: APROBAR, la Modificación del Cuadro de Asignación de Personal ,_,;;.v,'.f'rovisional 2015 (CAP-P) de la Unidad Ejecutora Nº 401, Hospital Santa Rosa de Puerto "'~~~fltP Maldonado, Madre de Dios, para su incorporación por nombramiento de 21 servidores entre profesionales y técnicos asistenciales de la salud, los mismos que serán distribuidos en las unidades orgánicas del órgano de línea de la Unidad Ejecutora 401 , en la forma siguiente:
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Tipo
Pliego/Gobierno Region al
Unidad Ejecutora
Cargo
D. Leg . 276
Madre de Dios
Hospital Santa Rosa
Obstetriz Biólogo Técn ico Asistenciales Médico Enfermera /o Obstetriz Tecnólogo Médico Técnico Asistencia les
D. Leg.1057
20% PEA a nombrar
Que, dichos cargos están distribuidos en los órganos de línea del referido Hospital, resultando un PEA de 308 cargos ocupados y 82 cargos previstos , conforme al siguiente detalle: Nº de Orden
145-146
Unidad Orgánica Cargos clasificados -Departamento de Medicina Servicio de Medicina Especializada Tecnólogo Médico
Código
Cantidad
454-2-48-5-1
-Departamento de Cirugía Servicio de Cirugía General Médico -Departamento de Gineco- Obstetricia Servicio de Obstetricia Obstetriz
454-2-48-5-1
454-2-48-5-1
.,
"
"
.,
"
-Departamento de Pediatría Servicio de Neonatología Médico
454-2-48-5-1
-Departamento de Enfermería Servicio de Enfermería de Consu lta Externa Enfermería
454-2-48-5-1
SEDE CENTRAL .Ir. Gui llcnno Billin'ghu rsl Nº 480 Teléf. : 571 199 - 57 11 02 - 57 11 6 1 -57 11 57 ,- • , , . AO..
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS
454-2-48-5-1
Servicio de Enfermería de Centro Quirúrgico Enfermera
454-2-48-5- 1
259- 260
Técnico en Enfermería
454-2-48-6- 1
304-311
Servicio de Enfermería de Emergencia y CC Técnico en Enfermería
454-2-48-5- 1
-Departamento de Pato logía Clínica y Anatomía Patológica Biólogo
454-2-48-5-1
203-204
Servicio de Enfermería de Hospitaliza ción Enfermera
247- 248
TOTAL
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la pub licación del presente Acuerdo Reg iona l en el Diario Oficial "E l Peruano" y en el Portal Electrónico de l Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación . En la ciudad de Puerto Ma ldonado, a los veinte días del mes de novi embre del año dos mi l quince .
üé'.'ia ·;;:;·;;zbé't ,·;;~~m-ó"i';3;;;·¡'·¡; CO NSEJ ERf; Dc:L EGADA
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla . Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios , a los ve inte días del mes de noviembre del año dos mi l qu ince.
SEDE CENTR AL .I r. Guill erm o Bi ll in ghursr N º 480
Teléf. : 57 11 99 - 57 11 02 - 57 116 1 - 57 11 57
OFIC. COORD IN/\ C. /\ DM INIST. LIM A Av. A l fon fo Ugai1c Nº 873 6 10 . Piso E-mail . regio nmdcl p@rc gionm adredcdio, .goh.pe -r. •- '°-·· " ' • . ., • • .,C'ln
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