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0010-2016-RMDD-CR Regional Ordinance Madre de Dios In force

Ordenanza Regional N.° 0010-2016-RMDD/CR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS

"AÑO INTERNACIONAL DE LAS LEGUMBRES" "AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU"

ORDENANZA REGIONAL Nº 010.,2016-RJVIDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día viernes 11 de noviembre del 2016, en su sede institucional ha aprobado por unanimidad, la siguiente Ordenanza Regional.

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de'Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, establece que, los Gobiernos Regionales son c9mpetentes para aprobar su organización interna y presupuesto; que la autonomía política normativa de los Gobiernos Regionales conlleva la facultad de crear derecho y no solo de ejecutarlo. Que, conforme al Art. 37° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General "( .. . ) Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativo:( ... )"; el Art. 38º, numeral 38.1 precisa que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, vale decir, por Ordenanza Regional, en el caso del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, se aprueba la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007--PCM , se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, el mismo que _define al TUPA, como docum.ento de gestión institucional, que brinda a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos en exclusividad que se tramitan ante la entidad. Que, mediante Informe Técnico Nº 028-2016-GOREMAD-GRDE/DRA-OPP, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección Regional de Agricultura , refiere SEDE CENTRAL Jr. Guillermo Bill inghurst Nº 480 Teléf.: 57 11 99 - 57 11 02 - 57 11 6 1 - 57 11 57 FAX: 084 - 57 10 16 - 57 1101

OFIC. COORDINAC. ADM!N IST. LIMA Av. Alfonso Ugartc Nº 873 610. Piso E-mail : regionmddp@regionm ad rcded ios .gob.pe Telefax 014-144 388

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que el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Agricultura, consta de 43 procedimientos administrativos, debidamente numerados, con sus requis itos, formularios, coto por derecho de trámite, calificación y evaluación p1evia , plazos para resolver, inicio del procedimiento, utilizando el aplicativo informático web "Mi Costo", tenien do en cuenta la nueva metodología de determinación de costos aprobado mediante Decret o Supremo Nº 064-2010-PCM . Que, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional de Planeamiento , Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, menciona al respecto, en su Informe Técnico Nº 022-2016-GOREMAD-GRPPYAT/SGDIEI , que el proyecto del TUPA 2016 de la Dirección Regional de Agricultura es una modificación del TUPA del año 2012, aprobado <" mediante Ordenanza Regional Nº 023-2012-GRMDD/CR, y que para su formulación se han .. ! ~ tilizado los formatos que contempla el Decreto Supremo Nº062-2009-PCM, los formatos de JÉRo 8 ustento legal y técnico previstos por la Ley N° 29060; y la documentación que contiene el LE GADO- 1 eporte del resumen de costeo de los cuarenta y tres (43) Procedimientos Administrativos y oR'é.G'º? servicios prestados en exclusividad, acorde con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº0642010-PCM que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, por el cual las entidades de todos los niveles de gobierno deberán calcular sus derechos de tramitación utilizando la nueva metodología; concordante con el Artículo 44º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Seguidamente, concluye que su formulación es correcta, y por consiguiente amerita su aprobación . Que , la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, opina a través del Informe Legal Nº 13912016-GOREMAD/ORAJ, en el sentido que resulta procedente la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA - 2016, de la Dirección Regional de Agricultura de Madre de Dios. Que , la Comisión Agraria, Medioambiente, Amazonia y Comunidades Nativas del Consejo Regional Madre de Dios, en ejercicio de sus atribuciones y acogiendo lo solicitado en el Oficio Nº 547-2016-GOREMAD/GR del Gobernador Regional, mediante Dictamen Nº 0062016-GOREMAD/CAMAAYCCNN, concluye que la propuesta de TUPA de la Dirección Regional de Agricultura de Madre de Dios se ajusta a los cauces de la normatividad vigente, y cuenta además con informe técnico y legal favorables, por lo que resulta pertinente someter el asunto al Pleno para su debate y aprobación, recomendando la emisión de la Ordenanza Regional correspondiente. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) , de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Madre de Dios, el cual se denominará TUPA - 2016, documento de gestión que contiene un total de cuarenta y tres (43) Procedimientos Administrativos, cuyos antecedentes y Anexos forman parte de la presente disposición regional.

SEDE CENTRAL Jr. G uille nno Bi ll in ghu rst N° 480 Teléf. : 57 1199 - 57 11 02 - 57 11 6 1 - 57 11 57 FA X: 084 - 5710 16 - 57 11 0 2

OFIC. COORDfNAC. ADMfN IST. LIMA Av. Alfo nso Ugarte Nº 873 610. Piso E-mai l: regionmddp@ rcgio nm adrcded ios.gob.pe Te le fax O14-244 388

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ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración de la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano: y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de _ Madre de Dios . Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación . En la ciudad de Puerto Maldonado, a los once días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis .

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla . Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los once días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

SEDE CENTRAL Jr. Gui llenno Bill inghurs t Nº 480 Teléf.: 57 11 99 - 57 11 02 - 57 11 6 1 - 57 11 57 r

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