Decreto Regional N.° 001-2025-GOREMAD-GR
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“Decenio de la igualdad de Oportunidad para Varones y Mujeres “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana” “Madre de Dios, Capital de la Biodiversidad del Perú”
DECRETO REGIONAL N*00 1 -2025-GOREMAD/GR
Puerto Maldonado, 4 7 MAR 2025
EL GOBERNADOR REGIONAL DE MADRE DE DIOS
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley N° 28607, en su artículo 191 establece que los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192 inciso 1 dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización Interna y su presupuesto.
Que el artículo 192% del Texto Legal Constitucional, prescribe que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto; que, la autonomía política normativa de los gobiernos regionales conlleva la facultad de crear derecho y no solo de ejecutarlo, precisamente
Que, la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en el artículo 5° que: “la Misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región”; asimismo el artículo 09, literal f) establece que los gobiernos regionales son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional.
Que, mediante Informe N° 037-2025/GOREMAD/GRPPYAT/SGDIEI., de fecha 30 de enero de 2025, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional alcanza el Plan de Implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, el constituye una guía para orientar el desarrollo de las acciones a realizar por los órganos y unidades orgánicas, que contienen las actividades generales, actividades específicas, plazos y responsabilidades para la implementación ordenada y adecuada de las modificaciones efectuadas al ROF del Gobierno Regional de Madre de Dios;
Que, a través de la Ordenanza Regional N° 027-2024/RMDDI/CR, publicada en el Diario
Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, el mismo que requiere su implementación a través de un conjunto de acciones administrativas previas;
Que, de acuerdo al contenido del instrumento técnico trasladado con el Informe N° 037- 2025/GOREMAD/GRPPYAT/SGDIEI, este ha sido elaborado en el marco del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de la Organización del Estado y está diseñado para constituir una guía para orientar el desarrollo de las acciones a realizar por los órganos y unidades orgánicas, que contienen las actividades generales,
SEDE CENTRAL
Jr. Tupac Amaru 10 G-3 con Av. Andrés Mallea Puerto Maldonado. Tambopata, Madre de Dios - Perú goremad@regionmadrededios.gob.pe httos:/www.gob pe/regionmadrededios
Oficina de Coordinacion Administrativa Lima Av. Alfonso Ugarte N* 873 6to. Piso
(0051)(01)4244-388 ocalgoremadGregionmadrededios gob.pe
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“Decenio de la igualdad de Oportunidad para Varones y Mujeres” “Año de la recuperación y consolidación de la economia peruana” “Madre de Dios, Capital de la Biodiversidad del Perú”
actividades especificas, plazos y responsabilidades para la implementación ordenada y adecuada de las modificaciones efectuadas al ROF;
Que, mediante Acta de Acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales, realizada el 11 de febrero del año 2025, se acordó aprobar el Plan de Implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios presentado por la Sub Gerencia Regional de Desarrolla Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el mismo que se implementará en un plazo máximo de seis (06) meses; entendiéndose que aquellos órganos que no se encuentran considerados como tales en el Reglamento de Organización y Funciones, continuarán desempeñando sus funciones, mientras se culmine el Plan de Implementación del precitado Reglamento, en salvaguarda del derecho de los administrados;
Mediante Informe Legal N° 127-2025-GOREMADI/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, concluye, Opinando Favorablemente que se apruebe el Plan de Implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado a través de la Ordenanza Regional N° 027-2024/RMDD/CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de enero de 2025;
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 en su artículo 40, establece que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las ordenanzas regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Corresponde a la Gobernación Regional, emitir normas que, entre otros aspectos, resuelvan o regulen asuntos de orden general y de interés ciudadano.
Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios; y en uso de las facultades conferidas mediante Ley N° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.
SE DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Plan de Implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado a través de la Ordenanza Regional N° 027-2024/RMDD/CR., publicada en el Diario Oficial
Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el cual será implementado en un plazo máximo de seis (06) meses, entendiéndose que aquellos órganos que no se encuentran considerados como tales en el acotado ROF, continuarán desempeñando sus funciones, mientras se culmine el Plan de Implementación del precitado Reglamento, en salvaguarda del derecho de los administrados.
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, al Sub Gerente de Desarrollo Institucional de la Gerencia de Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina Regional de Administración que en mérito a sus atribuciones y competencias deberán efectuar las coordinaciones necesarias para
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Gobernación Regional
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“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana” “Madre de Dios, Capital de la Biodiversidad del Perú”
dar estricto cumplimiento a las acciones contenidas en el “Plan de Implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional, conforme a lo establecido en el Artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica Gobiernos Regionales, y sus normas modificatorias. Hágase de conocimiento, al Consejo Regional y demás estamentos del Gobierno Regional de Madre de Dios.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
SEDE CENTRAL Oficina de Coordinación Administrativa Lima Jr, Tupac Amaru 10 G-3 con Av. Andrés Mallea Av. Alfonso Ugarte N° 873 6to. Piso jo. Tar ta, Madre de Dios - Perú (0051)(01)4244-388
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