Ordenanza Regional N.° 0009-2017-RMDD/CR
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE.DIOS " AÑO I NTERNAC IONAL DEL TU RISMO SOSTEN IB LE PARA E L DESARROLLO" "AÑO DEL DUEN SERVIC IO A L C I UDADANO" MADRE DE DIOS CAi' ITAL DE LA BIODIV F.RSIDAO DEL PERÚ
ORDENANZA REG IONAL N° 009-2017-RMDD/CR Puerto Maldonado,
O 1 AGO. 2017
POR CUA NTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria ,_llevada a cabo el día lunes 12 de julio del 2017, aprobó la siguiente Orde nanza Regional. CO NSIDERANDO : ~01m1 ~
Que, los Gobiernos Region ales son personas jurídicas de derecho p 8blico ,
o ,- h '~o~~ emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa ,
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~ \Y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública region al, de acuerdo a sus /J )competenciaS eXClUSiVaS, COmpartidaS y delegadaS en el marCO de laS polítiCaS nacionales y sectoriales.
"Sf:JO t.GIO
Que , el Consejo Regio'lal es el órgano normativo y fiscali zador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal ;:¡) del artículo 15 de la Ley f\l 0 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Region ales, ti ene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia s de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento normativo de gestión institucional que contiene la estructura orgánica de la entidad, las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, así como las relaciones de coordinación y control entre éstas y sus responsabilidades. Su elaboración y aprobación se rige por los lineamientos impartidos mediante Decreto Supremo No 043-2006-PCM, en cuyo artículo 33 b) y 34 se establece que en el ámbito de los gobiernos regionales dicho instrumento de gestión debe ser aprobado por el Consejo Regional mediante Ordenanza Regional. Que, la Unidad Ejecutora · 401 Hospital 11 Santa Rosa del Gobierno Regional de Madre de Dios, con fecha 02 de setiembre del 2016, tiene aprobado su Cuadro de Asignación de Personal Provisional, mediante Ordenanza Regional r·~ o 08- 2016RMDD/CR, no obstante que su base estructural lo constituye el Reglamento de Organización y Funciones ; por lo '~ ue es necesario integrar lógica y normativarT.ente éste factor importante de su institucionalidad . SEDE CENTRAL Jr. G uill erm o Billin ghu rs t N° 480 Te léf.: 57 II 99 - 57 11 02 - 57 11 6 1 - 57 11 57 FAX: 084 - 57 10 16 - 57 11 02
OFI'C. COORD INAC. ADM INIST. LI MA Av. Alfo nso Ugarte N° 873 6to. Piso E-m uil : reg ionm ddp @ reg ionma dre ded ios.gob .pe Te lcfax O14-244 388
GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS .
"AÑO INTERNAC IO NAL DE L TUR IS MO SOSTENIBLE PARA EL DESARROLLO" "A ÑO DEL BUEN SE RVI CIO AL C IUDA DANO" ~-
MADRE DE DIOS CAP ITAL DE LA ;uODIVERSIDAD Diót·PERÚ
Que, mediante Informe W 019-20!7-GOREMAD/GRPPYAT/SGIDIEI/IQO, la Especia li sta s Administrativa de la Sub Gerencia de lnform.ática y Desarrollo Institucional, co nsidera que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) , al igual que todo documento de gestión administrativa, se halla sujeto a revisión y modificación para su optimización y perfeccionamiento cuando sea necesario, lo cual debe reflejarse en una mayor eficacia y eficiencia de la organización; siendo necesario en el caso del Hospital Sa_ nta Rosa de Puerto Maldonado, adecuar sl!s documentos de gestión a la. normativa pertinente como los lineam ientos de su elaboración y aprobación, antes seña lados, así como la Directiva W 007-MINSA/OGF·P-V.02 "Directiva para la formulación de documentos técnicos normativos de gestión institucional", aprobada mediante Resolución o Ministerial No 603-2006/MINSA, modificada mediante Resolución Ministeri al No 809~ 2006/MINSA, y el Modelo de Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales, e?:. aprobado mediante Resolución Ministerial W616-2003-SAIDM . Que, el Jefe de la Unidad de Organización de la Oficina de Planeamiento Estratégico del Hospital Santa Rosa, mediante Informe W 007-201?:-GOREMADHSR/OPE-UO, detalla de forma resumida, las modificaciones que contiene el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (RO F), en función a los cambios de orden norrr.ativo y de las c-:>ndiciones de prestación de los servicios de salud . Así se ha considerado en el Departamento de cirugía de su estructura orgánica los servicios de cirugía infantil, quemados y malformados, y el servicio de traumatología y ortopedia; en el Departamento de Gineco - Obstetricia, el servicio de Obstetras; en el Departamento de Emergencia y Cuidados Críticos, el servicio de Guidados Intensivos Neonatal y en el Departamento de Diagnóstico por imágenes, Sl~ han cons iderado los servicios de Radiología y procedimientos especiales y el de Ecografía y Tomografía, precisándose también sus funciones . También se agrega la función de asegurar el cumplimiento de las normas de bioseguridad en los servicios de Nutrición y Dietética, de Servicio Social y del Servicio de Psicología, de conformidad cor1 lo normado mediante Resolución Ministerial No 616-2003-SA/DM. Asimismo, se adiciona entre otras funciones del Directo( Ejecutivo la responsabilidad de promover el control gubernamental a nivel institucional y los demás objetivos funcionales que le asigne la autoridad nacional y/o la autoridad regional, acorde con lo previsto en el Decreto Supremo No 04-2013-PCM y en la Resolución Ministerial No 125-2013-PCM. Además, se contempla la adecuación de las funciones del Órgano de Control Institucional a las disposiciones contenidas en la Resolución de Contraloría W 163-2015-CG, así como la adecuación de las funciones de la Oficina de Planeamiento Estratégico y .c e la Oficia de Administración a la Ley i\l o 30057 , ley del Servicio Civil y otros dispositivos vigentes . ,
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO RE GIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS . " AÑO I NTE RNACI ONAL DEL TU RiSMO SOST EN IBLE PA RA EL DESARROLLO" " AÑO D EL DUE N SERVI CIO A L CIUDAD ANO" MJI DRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSi t)AD DEL PERÚ
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Que, el proyecto de modificación del Reglc.,rnento de Organización y Funciones (RCF) dP.I Hospital Santa Rosa, cuenta con Informe Técnico de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática , el cual conlleva un análisis administrativo y normativo y recomienda su aprobación previa o~inión legal favorable del área de asesoramiento legal, la misma que se ha expresado mediante Informe Legal W 358-2017GOREMAD/ORAJ, procedente de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, que a su vez, concluye que es pertinente elevar el proyecto ~'i:.c.1 oNAt ·"o .: - . al Consejo Region.al de Madre de Dios para su aprobación. .. -,
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Que, prosigui endo el trámite respectivo, el Reglamento de Organización y
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sido objeto de remisión al Consejo Regional mediante Oficio W 548-2017GOREMAD/HSR-DE-OPE , juntamente con el proyecto modificatorio y el respectivo
Organigrama Estructural del Hospital "Santa Rosa" de Puerto Maldonado, pam su análisis
comparativo y evaluación correspondiente, labor realizada por la Comisión de Salud,
Población, Desmrollo Social, Seguridad Ciudadana y de Defensa Civi l, que se expresa en
el Dictamen W 003-2017-GOREMAD/CSPDSSCYDC, el mismo qL:e concluye que es
necesario adecuar e implementar dicho documento de gestión y por consiguiente,
aprobarlo cum(J corresponde formalmente.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la
Constitución Política del Estado; Ley W 27867, Ley Orgúnica de Gobiernos Regionales y
sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con
el voto aprobatorio, por unanimidad, de los Consejeros Regionales.
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Proyecto de Modificación del
REGLAMENTO DE O~GANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la Unidad Ejecutora 401
Hospital 11 Santa Rosa de Puerto Maldonado del Gobierno Regional de Madre de Dios,
cuyo Organigrama Estructural, también forma parte de la presente norma regional.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional,
del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del
Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional
en el Diario Oficial "t: i Peruano" y en el Portdl Electrónico del Gobiano Regional de Madre
de Dios.
SEDE CENTRA L
Jr. G uill ermo Bill inghursi ·ND 480
Te lé f. : 57 11 99-57 1102-57 11 6 1 -57 11 57
FAX : 08 4 - 57 101 6 - 57 11 02
OF IC:'€00RD INAC. ADM INIST. LI MA
Av. Alfon so Ugart e N° 873 6to . Piso
E-mai l: re g i o nm d dp @ r c g io n m a d r ed ed ~os . gob . p e
T clcfax O14-244 388
GOBIERNO REGIONAL
CONSEJO REGIONAL
REGIÓN MADRE DE DIOS
"AÑO I NTERNAC IONA L UE L T URIS MO SO STEN IB LE !'ARA EL DESA RR OL LO "
"AÑO DE L B UE N SER V IC IO A L C IUDA DANO"
MADRE DE DIOS CAP IT AL DE LA BIODIVER SIDAD""l>E L Pl RÚ
Comuníquese al señor Gobern c::dor Regional de Madre de Dios, para su
promulgación .
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los doce días del mes de julio del año dos mil
diecisiete.
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POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla .
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los catorce días del
mes de julio del año dos mil diecisiete._ __ _
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