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0008-2017-RMDD-CR Regional Ordinance Madre de Dios In force

Ordenanza Regional N.° 0008-2017-RMDD/CR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL RECIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DEL TUR ISMO SOSTEN IB LE PARA EL DESARROLLO" "AÑO DEL BUEN SERVICIO AL C IUDADANO" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIO DI\Ílér-:S IDAD DE~ PERÚ

ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2017-RMDD/CR Puerto Malcionado,

2 O JU L. 2017

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Méldre de Dios, en Sesión a cabo el día lunes Ordinaria, llevada

  • 12 de junio del 2017, aprobó la -siguiente_Ordenanza . Regional.

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía rolítica, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscali zador del Gobierno Hegi0na1 y de conformidad con el litera.! a} del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ly Orgánica de Gobiernos Regionales, _t;ene entre otras atribuciones, las de aprc,lJar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia, de comp etencia y funciones del Gobierno Fl.egional. Que, mediante Decreto Supremo N º 002-87-AG, de fecha 12 enero de 1987, ..e autoriza a Ganadera Amazonas S.A. - GASA (en liquidación), la transferencia del Centro rle Desarrollo Ganadero de Puerto Maldonado, a favor de la Corporación Depr.irtamental de Desa1-rollo de Madre de Dios, posteriormente mediante Resolución Ministerial Nº 00145-87 , de fecha 06 de marzo de 1987, se dictn normas complementarias para su mejor aplicación , estableciéndose que las Corporaciones Departamentales de Desarrollo beneficiarias, constituyan en cada uno de ellos, Centros de Desarrollo Ganadero CEDEGA, como organismos dedicados a la investigación, fomento y promoción de la ganadería regional. Que, el Reglamento de los Centros de Desarrollo Ganadero CEDEGA, menciona en su artículo 5; "El capital social de los CEDEGA estará constituido por el valor de los terren_ o.r;, in stalaciones, maquinarias, semovientes, rnue ble.c; e inmuebles, transferidos de Ex Ganadera Amazonas S.A y el aporte de la Corporación Departamental de Desarrollo" .

SEDE CENTRAL Jr Gu ill er mo Bi ll in gh urst Nº 480 Teléf. : 57 11 99 - 57 11 02 - 57116 1 - 57 11 57 FAX · os,1 57 10 16 .. 57 11 02

OF IC. COORD INAC . ADM INIST. LI MA A v. Alfonso Ugartc Nº 873 610. Piso E-mai l: rcg ion mddp@rcgionmadredcdios.gob.pe Tele fax O14 -244 388

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL . REGIÓN MADRE DE DIOS . "AÑO I NTERNAC IONAL D1':L TU RISMO SOSTEN m LE PARA EL DESARROLLO" "AÑO D EL BUEN SE RVIC IO A L CIU DA DA NO" ' · MJí°DRE DE DIOS CAPITAL DF. LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

·===-=--=-•=-==-=-=-=-==-=-=-==-=-=-=-=----=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-==-=-=-Que , mediante Ordenanza Regional Nº 026-2012-GRMDD/CR, de fecha 05 de noviembrn del 2012, se resuelve modificé.r el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobiemo Regional de Madre de Dios, se deja sin efecto la denominación de Empresa Reg ional y se considera r.uevamente al CEDEGA como una entidad dedicada a ia investig ación, fomento, y desarrollo de la ganadería regional, orientada a la producción de reproductores y vientres, principalmente, de doble propósito (carne y leche) y a la transferencia de tecnología a los pequeñr.)s productores locales .

Que, en ··Ia actualidad el · Gobierno Regional de Madre de Dios se encuentra administrando y por consiguiente ocup,ndo el predio denominado CEDEGA, que para efectivizar su adecuado saneamiento físico legal, se llegó a fraccionar en 04 unidades catastrales, dándose inicio a su inscripción desde el año 2008, a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios, acción que dio origen a la emisión de la Resolución N º 2362009/SBN-GO-JAR, de fecha 26 de octubre del 2009, mediante la cual la Superintendencia de Bienes Nacionales resuelve disponer la aclaración de la inscripción de dominio a favor del Estado el predio inscrito con Partida N° 11012039, del Registro de Predios de Madre de Dios. S.ue, ante una solicitud de cesión en uso de una fracción del predio asignado al Ct=::D[GA, la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial,_mediante INFORME N º 012013-G OREMAD/GRPPYAT/SGAT/JHRCh , de fecha 06 de mayo del 2013, se ha pronunciado en el sentido que se vienen realizando trabajos de microzonificación ecológica y económica de los terrenos del CEDEGA a través del PIP "Mejoramiento del Uso Sostenible de los Recursos Naturales en la Micro Cuenca · Chanta", a fin de determi nar el uso y aprovechamiento del territorio, por io que siguiere que no es factible, por ahora, otorgar en cesión en uso, y menos aún, mediante transferencia, parte de los terrenos administrados por el Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, no obstante los derechos reales constituidos sobre el espacio físico del CEDEGA, a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios; sin embargo, aún no se ha efectivizado la transferencia de competencias del Gobierno Nacional a favor del mismo que le permita ejecutar actos de adquisición, administración, disposición y registro de los terrenos del Estado, ubicados dentro de la jurisdicción territorial de la Región Madre de Dios, tal como se advierte de lo expresado en el Oficio Nº 302-2017/SBN-DNR-SDNC , de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Que, 1-r 1ediante Ac¡.1erdo del Consejo Regional Nº G0?-2013-RMDD/CR, de fecha 25 de enero del 2013, se declara de "Prioridad Regional" la ejecución del P.I.P . "Mejoramiento de la Prestación de Servicios Tecnológicos del Centro de Desarrollo SE DE C ENTRAL Jr. G ui lle rmo Bi llinghurst Nº 480 Te lé f.: 57 1 199 - 57 11 02 - 57 1 16 1 - 57 11 57 FAX: 084 - 57 10 16 - 57 11 0 2

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO I NTERNAC IO NA L D E L TU RISMO SOSTEN IIJL E P ARA EL D ESARROLLO" "AÑO D EL BUE N SE RVIC IO A L C IUD A DANO" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIOOIVoRSIDADsOEL PERÚ

Ganadero CEDEGA", para el reflotamiento de la entidad y el cumplimiento de sus fines y obj1.ivos para lo suales ha sido creado . Que, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 024-2014GOREMAD/GGR, de fecha 25 de febrero del 2014, se resuelve aprobar el "Expediente Técnico del Proyecto denominado: "Mejoramiento de la Prestación de Servicios Tecnológicos del Centro de Desarrollo Ganadero CEDEGA del Gobierno Regional de Madre de Dios", con Código SNIP 189009, cuya ejecución se i1_1ició en Setiembre del _año 2015. .. Que, a la fecha los terrenos del CEDEGA, se constituyen como los únicos de su c1turaleza a cargo del Gobierno Regional de Madre de Dios. Motivo por el cual, es necesario buscar su protección. Que, mediante Informe Nº 003-2017-GOREMAD/CAMAAYCN, la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, concluye y recomienda, entre otros, SE DECLARE, como patrimonio regional intangible a los terrenos del CEDEGA, a fin de reservar su uso para el fin para los que fueron transferidos . Por cuanto, es el único bien (de esa naturaleza), con el que cuenta el GOREMAD . El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultad es conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por ,manimidad de los Consejeros Regionales.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, como patrimonio regional intangible los teri-enos del Centro de Desarrollo Ganadero (CEDEGA) ·. de Madre de Dios; por consiguiente RESERVAR su uso exclusivo, para los fines que motivaron su transferencia a favor de la Corporación Departamental de Desarrollo de Madre de Dios, hoy Gobierno Regional de Madre de Dios, máxime por ser el único bien de naturaleza idónea para la investigación, fomento, y desarrollo de la ganadería regional que cuenta en sus dominios el Gobierno Regional de Madre de Dios. ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de -Dios, la publicación de la presen:e Ordehanzz Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. SE DE CENTRA L Jr. G uillermo Bi ll in ghu rsl Nº 480

OFIC. COORD IN AC. ADM I NIST . LI M A A v. A l fo nso Ugart e Nº 873 610. Pi so

T e lé f.: 57 11 99-5 7 11 02-5 7 11 6 1 - 57 11 57 FAX : 084 - 57 10 16 - 57 11 02

E-mail : regionmddp@ regionmadrcdedios.gob.pe

Tcle ía x O 14- 24 4 388

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INT ERNACIONA L Dl'.L TURISMO SOSTEN IBLE PARA EL DESARROLLO" "AÑO DE L BUEN SERVICIO AL CIUDADANO" .,JvlADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD Dfl PERÚ

ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR, la r:m isión ·de la present·2! norma regional, del trámite .:le lectura y é..probación del acta correspondie•ite.

Comuníquese al seño,· Gobernador Regional de Madre de Oiós, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los doce días del mes de junio del año dos mil diecir;iete.

.

Gotlil.!RHO REGIONAL MADRE DE DIOS Cor-'lljl) Rsg:onal

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla . . Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los siete días del mc-:s de julio del año dos mil diecisiete. -----·:-~

SEDE CENTRAL Jr. Gu illermo Billinghu rst Nº 480 Teléf.: 5 711 99 - 57 1102 - 5711 6 1 - 57 1157 FAX: 084 - 57 10 16 - 57 1102

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