Ordenanza Regional N.° 0007-2018-RMDD/CR
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "DECENIO
DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDA1)ES PARA-MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD
ORDENANZA
DEL PERÚ
REGIONAL Nº 007- - 2018-RMDD/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional ·de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día jueves 19 de julio del 2018, en su Sede institucional se aprobó, la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: . Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan . de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobier.no Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia".
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Que, el artículo 17 de la Constitución Política del Perú, declara que el Estado "fomenta la educación bilingüe e intercultural, según las características de cada zona"; "preserva las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país", y "Promueve la integración nacional". Que, el artículo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios de la educación peruana: la iriterculturalidad, sustentada en la diversidad cultural; étnica y lingüística del país, en., el reconocimiento y respeto de las diferencias, en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, y el· intercambio entre las diversas culturas del mundo. Asimismo, en su artículo 20 establece que. la educación bilingüe intercultural promueve la valoración y enriquecimiento de la propia cultura, el respeto a la diversidad cultural, el diálogo intercultural y la toma de conciencia de · los derechos de los pueblos indígenas y otras comunidades nacionales y extranjeras; incorpora la historia de los pueblos, sus conocimient~s y tecnologías, sistemas de valores y aspiraciones sociales y económicas; y también garantiza el aprendizaje en la lengua materna de los educandos. Que, según Id previsto por la Ley N° 27818, Ley para la Educación Bilingüe lntercultural, el Estado reconoce la diversidad cultural peruana como un valor y fomenta la SEDE CENTRAL
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN.NACIONAL" . MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD
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educación bilingüe intercultural en las regiones donde-habitan los pueblos indígenas. En' tal virtud, éstos tienen derecho a establecer sus propios medios de expresión y comunicación social, dar a conocer sus manifestaciones culturales, idiomas, necesidades y aspiraciones; siendo obligación del Ministerio de Educación, adoptar las medidas necesarias para . eliminar dentro del sistema educativo nacional y al' interior de los centros educativos, la discriminación, los prejuicios y los adjetivos que denigren a las personas que integren dichos grupos étnicos.
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Que, las normas internacionales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, aprobada en setiembre del 2007, igualmente, ·< ' proclama en su artículo 13, que éstas tienen derecho a "revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosóficas, sistemas de escritura y literatura, ya atribuir nombres a sus comunidades, lugares y .... 0,.~~/ personas y mantenerlos". Que, mediante Resolución Ministerial Nº 630-2013-ED, se crea el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educación lntercultural y el Registro Nacional de Docentes · Bilingües de Lenguas Originarias del Perú, aprobándose la norma técnica "Procedimientos para el Registro de Instituciones Educativas de Educación lntercultural y de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias" . . Que, con fecha 23 de noviembre del 2017, tuvo lúgar una reunión de representantes del Gobierno Regional de Madre de Dios: Sub Gerencia de Comunidades Nativas y Participación Ciudadana, del Ministerio de Cultura: Dirección Oesconcentrada de Madre de Dios y de la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD), con el objeto de evaluar una propuesta de congregar a las instituciones educativas ubicadas· en Comunidades Nativas para compartir sus experiencias y saberes ancestrales, evento en el cual definieron el nombre para el encuentro del año 2018: "Fiesta lntercultural de Niños y . Niñas de Madre de Dios", que traducido al Harakbut, tiene la siguiente expresión: "Sine Ayednda Waminii Wasipoedn", arribando al acuerdo· de presentar una propuesta de Resolución Directora! y de una Ordenanza Regional para ser emitida por la Dirección Regional de Educación y por el Consejo Regional de Madre de Dios, respectivamente, , . Que, mediante Oficio Nº 197-2018-GOREMAD/GRDS, la Gerencia Regional .de Desarrollo Social, informa que la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios, ha emitido la Resolución Directora! Nº 0001263 de fech~ 22.de febrero del 2018, que resuelve · "Instituir el Encuentro Regional de Estudiantes de Madre de Dios que se denomina: "Fiesta lntercultural de Niños y Niñas de Madre de Dios -FINMAD con fecha 12 de octubre de cada año y remite el Proyecto de Ordenanza Regional el informe. de la Sub Gerencia de Comunidades Nativas y Participación Ciudadana, debidamente sustentado.
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Que, la Oficina-Regional de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 317-2018. GOREMAD/ORAJ, concluye que en razón a los fundamentos y razones que anteceden, se SEDE CENTRAL Billinghurst Nº 480 Teléf.: 571199 • 571102 · 571161 -571157 FAX: 084 - 571016-571102
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remitan los actuados al Consejo Regional para la aprobación de la correspondiente Ordenanza Regional. Que, la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnoloqla, Deporte y Cultura del Consejo Regional de Madre de Dios, luego de analizar y evaluar la propuesta de Ordenanza, antes aludida, llega a la conclusión de que la referida propuesta de actividad oficial a efectuarse el día 12 de octubre de cada año se enmarca dentro del régimen legal establecido para el cumplimiento de su finalidad; recomendando al Pleno su.aprobación. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente; con el voto unánime de los Consejeros Regionales. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIG.LIIENTE: ARTÍCULO PRIMERO.- INSTITUIR, el Encuentro Regional de Estudiantes de Madre de Dios, denominado: "FIESTA INTERCULTURAL DE NIÑOS Y NIÑAS DE .MADRE DE DIOS" -FINMAD, a efectuarse el día 12 de octubre de cada año, como actividad oficial de importancia regional, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Madre de Dios y a la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios, la implementación y estricto cumplimiento de la presente norma regional. ARTÍCULO TERCERO.- DISPENSAR, lectura y aprobación del acta correspondiente.
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la presente norma regional del trámite ,de
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial "El Peruano" y en elPortal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgacié¡n: En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diecinueve días del mes de julio del año dos . mil dieciocho.
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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintitrés días del rries de julio del año dos mil dieciocho.
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