Ordenanza Regional N.° 0007-2016-RMDD/CR
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DE LAS LEGUMBRES" "AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU "
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ORDENANZA REGIONAL Nº 07-2016-RMDD/CR POR CUANTO:
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El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el 02 de setiembre del 2016, aprobó por unanimidad, la siguiente Ordenanza egional.
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CONSIDERANDO:
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Que, los Gobierf'}OS Regionales son pe_rsonas jurídicas de de_recho público, emanari -de la
~~s JOP.r-dtr. oluntad popular, gozari de autonomía política, económica y administrativa, y tien_en por mi~ión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057 , Ley del Servicio Civil, establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal
- PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad
- CPE. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2015-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la modificatoria de la Directiva Nº 002-2015-SERVI R/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE" Que, de acuerdo a lo dispuesto en el 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones. Que, en el numeral 1.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, dispone que aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la ley anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro para Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público. Asimismo, señala, que en dicho contexto de excepción, las entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal. Que , a través del literal h) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, se exceptuó de la prohibición de nombramiento , el supuesto de nombramiento de hasta el 20% de los profesionales de la salud y de SEDE CENTRAL Jr. Guillem10 Billinghurst N° 480 Teléf. : 57 11 99- 57 11 02 - 57 11 6 1 - 57 11 57
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS
los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Lo cales de Administración en Salud - CLAS, definidos a la entrada _en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 . Que, mediante informe Nº 083-2016-SERVIR/GDSRH, de fecha 08 de julio del 2016, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, concluye que es pertinente el Proyecto del CAP Provisional remitido por la Unidad Ejecutora 400, y recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional. Que, no obstante el Proyecto de Cuadro de Asignación de Personal Provisional de ra Unidad Ejecutora Nº 400 contiene los cargos necesarios para el nombramiento de los Profesionales de la salud, .técnicos y auiliares asistenciales d acuerdo al porcentajE? establecido en la Ley__N~... 30372, Ley de Presupuestó del año fiscal 2016, qúe autoriza el nombramiento del 20% de la PEA definida a la fecha de inicio de vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 de los Profesionales y Técnicos de la Salud 2016; sin embargo, no especifica la ubicación de las plazas previstas para nombramiento durante el presente año, factor primordial que garantiza la permanencia de los profesionales de la salud y el acceso de los pobladores a una mejor calidad de atención de sus necesidades en materia de salud de la Región de Madre de Dios, considerando sus tres provincias y once distritos. Que, confirmando que el Proyecto de CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, se adecúa a la necesidad institucional y a la finalidad de implementar el proceso de nombramiento del personal contratado dentro del margen legal previsto , la Unidad de Organización de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento y Presupuesto de la citada Dirección Regional sectorial, ha emitido Opinión Técnica Sustentatoria del referido documento de gestión, mediante Informe Nº 0082016-GOREMAD/DIRESA-OEPP/UO, precisando que su aprobación determinará un total de 931 cargos, entre presupuestados y previstos que corresponden al 100% del personal a nombrarse en el porcentaje permitido, considerando en la Sede de la Dirección Regional de Salud: 180 cargos, resultantes de la suma de 123 plazas presupuestadas más 57 previstas; en la Dirección de Red de Salud: 61 O cargos, resultantes de la suma de 350 plazas con presupuesto y 260 plazas previstas, y en el Hospital San Martín de Porres de Iberia: 141 cargos, resultantes de la suma de 68 plazas presupuestadas más 73 plazas previstas . Que, mediante Informe Legal Nº 1098-2016-GOREMAD/ORAJ, el Director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, del Gobierno Regional de Madre de Dios opina por la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional 2016 de la Unidad Ejecutora 400 Dirección Regional de Salud de Madre de Dios. Que, en atención a lo solicitado por el Gobernador Regional de Madre de Dios mediante Oficio N° 445-2016-GOREMAD/GR y derivado mediante Oficio Nº 267-2016-GOREMAD-CR/CD, la Comisión de Salud, Población, Desarrollo Social Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional de Madre de Dios ha emitido el Dictamen Nº 003-2016-GOREMAD/CSPDSSCYDC, por el cual opina a favor de la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional 2016 recomendando al Pleno su aprobación, previo análisis y debate. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales .
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTiCULO PRIMERO: APROBAR, el Cuadro de Asignación- de Personal Provisional 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 400 Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, el mismo que contiene un total de 931 cargos, entre presupuestados y previstos que corresponden al 100% del personal a nombrarse dentro del porcentaje legal permitido, distribuidos en la forma siguiente, 1.-
2.-
3.-
Sede de ta Dirección Regional de Salud: Plazas presupuestadas : Plazas previstas : Sub Total :
Dirección de Red de Salud: Plazas presupuestadas: Plazas previstas: Sub Total.
Hospital San Martín de Porres de Iberia: Plazas presupuestadas: Plazas previstas: Sub Total :
TOTAL:
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El"Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación . En la ciudad de Puerto Maldonado, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
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