Skip to content
L Legalize.pe
0005-2017-RMDD-CR Regional Ordinance Madre de Dios In force

Ordenanza Regional N.° 0005-2017-RMDD/CR

9 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL

~~- ). ..,.

·~:

REGIÓN MADRE DE DIOS " AÑO INTERNAC I ONAL DEL TURI SMO SOSTENIBLE PARA EL DESA RROLLO" "AÑO DEL BUEN SE RVI CIO AL CIUDADANO" MADRE DE DIOS CAP lll\L DE LA BIODIVER SIDAD DEL PERÚ

ORDENANZA REGIONAL Nº 05-2017-RMDD/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria , llevada a cabo el día viernes 07 de abril del 2017, aprobó por unanimidad , la siguiente Ordenanza Regional.

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público , emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política , económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales . Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales , tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia" . Que , el artículo 192 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional , establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servici_os públicos de su responsabilidad , en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Asimismo, el inciso 2 del citado artículo señala que son competentes para "formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil" . Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 9 reconoce la competencir.1 de éstos para formular y aprobar el Plan de Desarrollo Concertado, con las municipalidades y la sociedad civil (literal b). Asimismo, en su artículo 11 -B establece que "los miembros del Consejo de Coordinación Regional emiten opinión SEDE CENTRAL Jr. Gu illermo Bi ll inghurst Nº -180 Te léf. : 57 11 99-57 11 02 -57 11 6 1 - 57 11 57 FAX: 084 - 57 10 16 - 57 11 01

OF IC. COORD IN A(. ADMIN IST. LIM A Av. Alfon so Ugart c Nº 873 610 . Piso E- mai l; reg io nm ddp@ regionmadrededios.gob .pe Tcle fa., 0 14-144 388

~ '!

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DEL TURISMO SOSTENIBLE PARA EL DESARROLLO" "AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

consultiva, concertando entre sí sobre el Plan de Desarrollo Concertado, en tanto que en el artículo 15 prescribe: "son atribuciones del Consejo Regional : Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo. Que, la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, en su artículo 11 establece que "Los Planes de Desarrollo Regional y Local Concertados y los Presupuestos Participativos formulados y aprobados conforme a las leyes orgánicas correspondientes, en materia de promoción de la inversión descentralizada, deberán tener "'o~ cuenta , los siguientes criterios mínimos: a) señalar los objetivos, lineamientos de o ..,..,,.,•...,....- ; lítica, metas y estrategias de mediano y largo plazo; b) el Plan de Desarrollo Regional ncertado y el Presupuesto Participativo debe ser concertado con los alcaldes ~~ ~,;,, rovinciales y representantes de la sociedad civil regional en el Consejo de Coordinación s1:Jo 1:.G'º Regional y luego aprobado por el Consejo Regional mediante una Ordenanza Regional, y c) los proyectos que requieran la participación del gobierno nacional, serán consignados en el Plan y para ser incorporados en los presupuestos participativos deberán ser aprobados por las autoridades competentes a nivel nacional Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, del 22 de junio del 2011, se aprobó el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO PERÚ AL 2021, disponiendo que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en dicho Plan. Asimismo, con Decreto Supremo N° 0892011 -PCM, se autorizó al Centro de Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (Plan Bicentenario 2021) a través de acciones de coordinación multisectorial, interinstitucional e interg ubernamental. Que, mediante Informe Nº 585-2017-GOREMAD/GRPPYAT, de fecha 14 de diciembre del 2016, la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remitió a la Gerencia General Regional, el Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional Madre de Dios, para su aprobación ante el Consejo Regional, señalando a través del Informe Nº 1442016/GOREMAD/GRPPYAT/SGP, de fecha 07 de diciembre del 2016, que el mismo se elaboró conforme a lo dispuesto en la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico -Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, Directiva Nº 001-2014CEPLAN, remitiéndose con Informe Nº 075-2016-GOREMAD/GGR, al Consejo de Coordinación Regional.

SEDE CENTRAL Jr. Gui llermo Bi llinghursl Nº 480 Telé f.: 57 11 99 - 57 1102-57 11 6 1 - 57 11 57 FAX: 084 - 57 10 16-57 1102

OFlC . COORDINAC. ADMIN[ST. LIMA Av. Alfonso Ugartc Nº 873 610. Piso E-mail : regionmddp@ regionmadrededios.gob.pe Telefa>< O14-244 388

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DidS "AÑO INTERNAC IONAL DEL TU RISMO SOSTENIBLE PARA EL DESARROLLO" "AÑO DE L BUEN SER VIC IO AL C IUDADANO" MADR E DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

-.

Que, mediante Informe Técnico N° 015-2016-CEPLAN-DNCP-CACS, del Coordinador de Articulación de Planes Estratégicos del CEPLAN se arribó a la conclusión de que el Proyecto de PDRC, presentado por el Gobierno Regional de Madre de Dios, cumple de manera satisfactoria con lo establecido en la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico emitida por el CEPLAN, requiriendo únicamente de algunas mejoras; por lo que ha recomendado se comunique dicha conformidad al Gobie rno Regional de Madre de Dios. ~c,10 NAL

Que, mediante Informe Nº 1786-2016-GOREMAD-ORAJ, de fecha 22 de · .§a ·ciembre del 2016, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opina que se debe aprobar el ~ co JERo : ande Desarrollo Regional Concertado (PDRC) al 2021 del Gobierno Regional Madre de ~ DEL Aoo ~ ios, debiéndose coordinar a la fecha de su presentación con los integrantes del Consejo "'se: RE.010"" Regional de Madre de Dios, a efectos que dicho órgano normativo y fiscalizador proceda a la evaluación y posterior aprobación mediante Ordenanza Regional; recomendando que, una vez aprobado el Plan, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, proceda con la difusión y distribución a los gobiernos locales, provinciales y distritales, instituciones públicas y privadas y a las organizaciones de la sociedad civil, para su implementación en concordancia con los objetivos estratégicos establecidos, a fin de garantizar el desarrollo integral y sostenible. f>'<' , - -

Que, la .Comisión de Presupuesto y Fiscalización del Consejo Regional, ha llevado a efecto reuniones de trabajo, siendo la última el día 15 de marzo del 2017, con agenda expresa sobre aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) al 2021 , en la cual participaron funcionarios del Gobierno Regional y representantes de la sociedad civil, en la cual procedieron a identificar variables estratégicas, manifestando su buena disposición respecto a la aprobación del Plan. Que, la precitada Comisión, ha emitido el Dictamen N° 001 -2017-GOREMAD/CPF, el cual recomienda la aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) al 2021 del Gobierno Regional Madre de Dios, señalando que dicho instrumento constituye un referente para los Planes Estratégicos Institucionales, Planes Operativos Institucionales del Gobierno Regional Madre de Dios, Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales, Mancomunidades Municipales dentro de la Región, Planes Especiales territoriales, y necesariamente, de los planes de diferente naturaleza que sean elaborados en el ámbito territorial del Departamento de Madre de Dios. Asimismo, sugiere que debe constar en el articulado de la Ordenanza Regional, la disposición dirigida a los Gobiernos Locales, provinciales y distritales, conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, de articular o alinear sus Planes de Desarrollo Local Concertado al Plan de desarrollo Regional Concertado - Madre de Dios hacia el 2021, y encargar a la Gerencia General Regional, mediante la Gerencia Regional de SEDE CENT RAL

Jr. Guillermo Billinghurst Nº 480 Te lé f. : 57 ll 99 - 57 11 02 - 57 11 6 1 - 57 11 57 FAX: 084 - 57101 6 -57 1102

OFIC. COORD INAC. ADMINIST. LI M A Av. Al fo nso Ugarte Nº 873 6to. Piso E-mail: regionmddp@regionmadrededios.gob.pe Telefax O14-244 388

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL . REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DEL TURISMO SOSTENIBLE PARA EL DESARROLLO" "AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO" MADRE DE 0105 CAPITAL DE L.ltB IODIVERSI DAD DEL PERÚ

Planeamiento, -Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, regular y ejecutar anualmente los procesos de monitoreo y evaluación del cumplimiento de los objetivos, metas y resultados del Plan de Desarrollo Concertado, así como su difusión y socialización, dando cuenta trimestralmente al Consejo Regional de Madre de Dios, bajo responsabilidad. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el PLAN DE DESARROLLO REGIONAL ONCERTADO - MADRE DE DIOS HACIA EL 2021, cuya estructura comprende la síntesis del análisis prospectivo, escenario apuesta, visión, objetivos estratégicos, acciones estratégicas, identificación de la ruta estratégica y anexos que forman parte integrante de la presente norma regional. ARTÍCULO SEGUNDO: Los Gobiernos Locales provinciales y distritales conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico articularán y alinearán sus Planes de Desarrollo Local Concertado al Plan de Desarrollo Regional ConcertaqoMadre de Dios hacia el 2021. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional , que a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, regular y ejecutar anualmente los procesos de monitoreo y evaluación del cumplimiento de objetivos, metas y resultados, del Plan de Desarrollo Regional Concertado, así como de su difusión y socialización, dando cuenta trimestralmente al Consejo Regional de Madre de Dios, bajo responsabilidad. ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diez días del mes de abril del .año dos mil diecisiete. SEDE CENTRAL Jr. Guillermo Billinghurst Nº 480 Te lé f.: 57 1199 - 57 l l 02 - 57 l 16 1 - 57 11 57 FAX: 084 - 57 10 16 - 57 1102

OF IC. COORDINAC. ADMINIST. LIMA Av. Alfonso Ugarte Nº 873 6to. Piso E-mail: regionmddp@re gionrnadrededi os.gob .pe Telcfax O14-244 388

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE.DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DEL TURISMO SOSTENIBLE PARA EL DESARROLLO" "AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO" MADRE DE DIOS CAP ITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

~

w

~q

GOl'-il'JIIHO REGIONAL MADltE DE DIOS C4fl&eje

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los diez días del mes de abril del año dos mil diecisiete.

SED E CENTRAL Jr. Guille rmo Billinghurst Nº 480 Teléf.: 57 11 99 - 57 11 02 - 57 11 6 1 - 57 11 57 FAX: 0 84 - 57 10 16 - 57 1102

OF!C. COORD!NAC. ADMINIST. LIM A Av. Alfonso Ugarte Nº 873 6to. Piso E-mail: regionmddp@regionmadrededios.gob.pe Telefa>< 014-244 388


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/2219681-0005-2017-rmdd-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2265081/0005-2017-RMDD/CR.pdf