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0003-2017-RMDD-CR Regional Ordinance Madre de Dios In force

Ordenanza Regional N.° 0003-2017-RMDD/CR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "A ÑO I N TEI \Ni\C IO N AL DELTl/lU SMO SOSTENIBLE PARA E L JH:SA IUlOLLO" "AÑO DEL BUE N s 1mv 1c10 ¡). C ll/0/\Di\ NO" MAD RE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

ORDENANZA REGIONAL Nº003 -2017-RMDD/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria de Consejo celebrada el día martes 28 de febrero de 2017, en su sede ¡/fP°;.:~~~in stitucional , ha aprobado por unanimid ad, la siguiente Ordenanza Regional.

~Í, <_;:~z ~. 1,º

CONSIDERANDO:

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\ e~;{; ; Que , los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, \ cq,~s- 1,..<fJ''f'emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, ~~ y tienen por misión , organizar y conducir la gestión pública reg ional, de acuerdo a sus

competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la s políticas nacion ales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artícu lo 15 de la Ley N° 27 867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ti ene entre otras atribuciones, la s de aprobar, modificar o derogar la s normas que regulen o reglamenten en los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que , El artículo 192 de la constitución política del Perú, señala que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la eco nomía regional , fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su respon sab ilidad , en armonía con las políticas y planes nacionales y lo ca les de desarrollo. Que, el artículo 59 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales , establece como función especifica en materia de energía, minas e hidrocarburos : Formular, aprobar, ej ecu tar, evaluar, fisc alizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de e nerg ía , minas e hidrocarburos de la región, en concordancia con los con las políticas nacionales y los planes sectorial es . Que, las actividades de la pequeña minería y minería artesanal aportan el 57% del PBI del Departamento de Madre de Dios, teniendo un impacto positivo, directo e indirecto en los demás rubro s de la economía, como el transporte, comercio, industria agricultura y en la generación de emp leo . Que, en el periodo gubernamental de julio del 2011 a juli o del 2016, el proceso de formalización impul sado por el gobierno nacional no obtuvo resultados favorables, SEDE CENTR AL Jr . G uill erm o Billinghursl N" 1180 Te léf. : 57 11 9<J-57 11 02 - 571161-571 157 P/\X: 08 ,J - 57 1016-571102

OF IC. COORD I N/\C . /\DM IN IST. I.I M/
Av . Al fonso Ugarlc Nº 873 610. Piso E~ 111;1i 1: rcgion111d dp@ rcgio11 m:1drcdcdios.gob.pc

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alcazando a formalizar en todo el país únicamente a . . de Dios , se produjo el incremento de /a deforest . , 11_ 5 m1: ros y ninguno en Madre de Tambopata, el crecimiento del sector de La ~~on, /a 1nvas1on d~ la Reserva Nacional control de combustibles herr . t . . mpa, la corrupc1on generalizada en el , am,en as, maqumanas y eq . . 1 ., oro a Brasil Bolivia y Chile· 1 . . uipos, e contrabando y fuga de ' , a evas1on tributaria y pérd ·d d 1 . de Dios, por un monto no m enor I J a e canon minero para madre crecimiento de la delincuencia a os, sesenta iliones de dólares anuales, además del --=. comun, extorsiones , asaltos , homicidios t ~ personas , como cons ecuencia de u 1 . 1 ., y rata de ,...-:11 l·1,,,:)~ prohibición total y la repr~sio· n n(a e,,gt_,s acd1on laram_en! inad ecuada que privilegió la po 1 1ca e 1nterd1cc1on y

1}..., rir;.f!.;r g .pProx,madamente 352 millones de sol ) . en a que gastaron o1 . i.r-c funcionaron únicamente e , es , cmo herramienta fundamentales , que l:/a los derechos h n la teona y que genero además abuso de autoridad y violación .~ , umanos, en zonas como Saraya M ,. · .

,.,,OR::,l:\ü º' : ~ Puerto p k. . H cu, a ,nowsk,, Tres Islas, Laberinto ~~/ est . udn in, uepetuhe, además de muertos y heridos por las protestas sociales e~ ¡ e peno o.

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Que, el compromiso asumido por la gestión actual del Presidente Constitucional Pedro Pablo KUCZYNSKI GODARD, luego de su visita a la ciudad de Puerto Maldonado e~presado en la publicación de los Decretos Legislativo 1293, 1336 y 1351: principalmente sin atender en su totalidad aspectos sustanciales del sector, constituyen avances significativos que se reconocen en el esfuerzo por formalizar la pequeña miner ía y minería artesanal en el país . Que , mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo 1293, el proceso de formalización minera integral de la pequeña minería y mine ría artesanal, estará a cargo de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas, o de quienes hagan sus veces, en el marco de sus competencias . Que, resulta de vital importancia que el Gobierno Regional de Madre de Dios despliegue, en cuanto le compete, las acciones necesarias para apoyar de manera decidida a los pequeños mineros y mineros artesanales del departamento, conducentes a garantizar la formalización actividades, en un marco de respeto a las normas ambientales, la implementación de tecnología limpia - que reemplace gradualmente al uso de sustancias tóxicas - y de mecanismo de remediación ambiental y recuperación de áreas impactadas, el pago de impuestos y la contribución al desarrollo integral y el bienestar de la población. Que, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, concluye a través del Informe Legal Nº 105-2017-GOREM A D/ORAJ, en el sentido que resulta procedente la emisión de la correspondiente Ordenanza Regional que Declara de necesidad e interés regional, el

SEOE CENTR AL Jr. (i uil1 cr1110 l3 illingllurst Nº 1180 T elé f.: 57 11 99-57 / 102 - 57 1 l ú l -- 57 11 57 FAX: 08 4 - 57 10 / ú - 57 11 02

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ordenamiento y formalización de la pequeña minería y minería artesana l en Mad re de Dios . Que, la Comis ión de Energía, Minas e Hidrocarburos de l Consejo Regiona l de Madre de Dios , en ejerc icio de sus atribuciones y en atenc ión de l Oficio Nº 108-2 017GOREMAD-CR/SCR ; y, el Acuerdo Regional Nº 004-2017- RMDD/CR, lu ego del anális is, evaluación y perfeccionamiento de la propuesta in icial mediante DICTAMEN Nº001 - 2017GOREMAD/CEMEH , co ncluye que la propuesta sobre DECLARAR, de necesidad e interés regional, el ordenamiento y formal ización de la pequeña minería y m in ería artesa nal en Madre de Dios, se ajusta a los cauces de la normatividad vigente, y cuenta además con informe legal favorable ; por lo que , resulta pertinente someter el asunto al Pleno para su debate y aprobación, recomendando la emis ión de la Ordenanza Regional correspondiente. El Consejo Regiona l de Madre de Dios , en uso de las facultades conferidas por la Constitución Po lítica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgá ni ca de Gobiernos Regional es y su modificatorias, en Sesió n Ord inari a, Ju ego del aná li sis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Reg ionales . HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, DICTA MEN Nº001 -2017-GOREMAD/CEMEH, de la Com isión de Ene rgía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regio nal de Madre de Dios. Consec uentemente DECLARAR, de necesidad e inte rés regiona l el ordenamiento y forma lizac ión de la pequeña minería y minería artesana l en Madre de D ios, que posibilite la realización de ope ra cio nes mineras, cumpliendo las normas de protección al medio ambie nte, impl eme ntando tecnologías li mpias y mecanismos de remediación ambiental, así como recuperació n de áreas deforestadas, contribuyendo al desarro ll o integra l de la región, en concordancia con el Decreto Legis lativo Nº 1293 y otras disposiciones emitida s a nivel naciona l y regional que contribuyen a la im plementación de la presente no rm a regional. ARTÍCULO SEGUNDO: ENC ARGAR , al Ej ecutivo Regional en ejerc icio de sus funciones, rea li zar las acciones administrativas correspondie ntes, que perm itan implementar con eficienc ia el proceso de formal izac ión minera en la Reg ión de Madre de Dios . ARTÍCULO TERCERO: ENCARG AR , al Ejecuti vo Regiona l rea li ce gestiones ante las distintas instancias de gobierno; así como, ante la Cooperación Técnica Internaciona l, a fin de implementar proyectos de capac itac ión; transferencia de tecnología; remediaci ón

SEDE CENT RA L Jr. Guillermo Bill inghurst Nº 1\ 80 Tel éf. : 57 11 99 • 57 11 02 . 57 11 (,J - 57 11.17 F /\X : 084 - 57 1O I ú - 5 7 1 102

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS " /\ ÑO JNTEllN A C IO NA L DtL TllJU SMO S OSTEN I BU: l'AHA EL OtSARIWLLO" "AÑO D l:: L BUEN S E J(V JC JO AL C I UDADANO" MADRE DE D I OS CAPITAL DE LA BI ODIVER SIDAD DEL PERÚ

ambiental; reforestación; y otros que correspondan, para lo grar los objetivos d e la formali zación minera en la Región de Madre de Dios. ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Com isión de Energ ía, Minas e Hidrocarburos de l Consejo Regiona l de Madre de Dios, efectuar las labores de fiscalización y seguim iento a la implementación de la presente Ordenanza Reg i1ona l, quedando facultada para recurrir ante cua lquier dependencia pública, nacional, regi o nal o privada, con dicho propósito . ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la Oficin a Reg ional de Adm ini stración de la Sede del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regiona l en el Diario oficia l "E l Peruano : y en el portal electrón ico del Gobierno Regional de Madre de Dios".

Comuníquese al señor Gobernador Regiona l de Madre de Dios, promulgación .

para su

En la ciudad de puerto Maldonado, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete .

~GO~~ MADRE t1Ef>195

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·················-·------·········· Sr. Carlos Alfreio Ag uilar Mendoza CONSEJE"O DELEGADO

POR TANTO:

Mando se registre, pub lique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Reg iona l de M.aJ re de Dios, a los veintiocho días del mes de febrero de l año diecisiete .

SEO E CENTRAL Jr, Guillermo Ui ll inghu rs t Nº il RO

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