Ordenanza Regional N.° 0002-2017-RMDD/CR
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS " AÑO INT ERNAC IO NA L DE L T URISM O SOST EN IBL E PAR A EL IH:SAR RO LLO " "AÑO DE L lllJ EN SE RVIC IO A L C IUD A DANO " MADRE DE DIO S CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ORDENANZA REG IONAL Nº 00 2-2017-RMDD/CR POR CUAN T O:
El Consejo Regional del Gobierno Regional el~ Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día jueves 16 de febrero del 2017, en su sede institucional, ha aprobado por unanimidad, la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, manan de la voluntad popular, gozan de autonomía política , económica y dministrativa, y tienen por misión , organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales . Qu e, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales , tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general , la organi zación y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia ". Que , tanto la Constitución Política del Perú como la Ley Nº 28983 , Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establecen un régimen legal de igualdad de género, y por consiguiente acciones y políticas de erradicación de cualquier forma de discriminación por dicha causa , en todos los niveles del gobierno. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2008-GRMDD/CR, se crea el Consejo Regional de la Mujer de la Región Madre de Dios, como instancia de coordinación del GOREMAD, señalando que su finalidad es coordinar el cumplimiento de las políticas públicas que establecen las leyes y normas nacionales e internacionales, en materia de equidad de género, igualdad de oportunidades conducentes a lograr que la mujer ejerza libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales, sexuales , ambientales y culturales . Asimismo, conforma una Comisión Transitoria; encargando a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, reali zar las acciones pertinentes para la implementación de la Ordenan za. SEDE CENTRAL Jr. G11 ill crmo Bi1li11 gh11 rs1 Nº 480
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Que, el sustento de la modificatoria , se expone en el Informe Nº 25-2016GOREMAD/GRDS-SGPSYP/PCS , de la Sub Gerenci a de Programas Sociales y Proyectos de la Gerenci a Regional de Desarrollo Social, en cuanto id entifica ciertas omisiones que deben superars e: no haber men cionado las in stituciones que deben integrar el Consejo Regional de la Muj er; no haber establ ecido las funciones y durabilidad de la Comisión Transitoria ni las siglas de la Comisión; no haber previsto el cargo de suplente, además del titular, para cada cargo directivo del Consejo Regional de la Muj er, para asegurar su adecuado y mejor funcionami ento, y que la Gerencia Regional de Desarrollo Social asuma la representación del Gobierno Regional de Madre de Dios en el Consejo Regional de la Mujer. Que, luego de examinar la propuesta y debatir, con mayor detalle, los demás aspectos de la norma, se estableció a nivel de Comisión y con la participación del Equipo Técnico de la Gerencia Regional de Desarrollo Social , la necesidad de modificar la citada disposición regional , en la dimensión requerida, para el cumplimiento de sus objetivos. En tal sentido, la citada Gerencia Regional a través del Oficio Nº 103-2017-GOREMAD-GRDS, hi zo llegar la propuesta de Ordenanza "debidamente corregida" en consideración a las observaciones efectuadas en las reuniones de trabajo convocadas con dicha finalidad . Que, mediante Informe Legal Nº 1404-2016-GOREMAD/ORAJ , la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, expresa su conformidad en la modificación de la Ordenanza antes citada , por lo que opina se remita al Consejo Regional a fin de contar con un adecuado instrumento de política conducente a la buena funcionalidad de la organización . Que, resulta pertinente subrayar que el Consejo Regional de la Mujer de Madre de Dios , tiene como misión promover políticas regionales en materia de derechos humanos , con énfasis en los derechos de la muj er, impulsar una cultura de equidad de género y respeto de su dignidad , así como institucionali zar dicha equidad de género en las políticas y programas social es en el ámbito regional , y desarrollar un programa de bienestar a favor de las mujeres de los diversos sectores sociales de la Región . Que, la Comisión de Salud , Población , Desarrollo Social , Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional, mediante Dictamen Nº 001 -2017-GOREMADCR/CSPDSSCYDC, luego de anali zar la propuesta de modificatoria de la precitada Ordenanza Reg ional , ha arribado a la conclusión de que las modificaciones a los instrumentos normativos vinculados a la funcion alidad y organicidad de una institución , SEDE CENTRAL J r. G uill ermo Bill inghurst Nº 480 Te léf.: 57 11 99-57 11 02 -57 11 6 1 -57 11 57 f-AX: 084 -57 10 16 - 57 11 02
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS " AÑO I NT E R NAC IONA L D E L TURI S M O SOST EN IIJL E P A RA E L D lcSA RR O L LO" "AÑO DE L IJU~: N SE R VIC IO A L C IUDA DANO" M A DRE DE DIOS CAPITAL DE LA BI ODIV ERSIDA D DEL PERÚ
son necesarios, cuando sus elementos actuales en lugar de viabilizar o facilitar su funcionami ento, obstaculizan su desarrollo, por lo que es conveniente asumir un buen diseño de organización , con clara y expresa determinación de sus funciones y mecanismos que infundan mayor operatividad y orientación para el logro de su finalidad, como contribución al desarrollo institucional. A continuación, recomienda la aprobación, / ~ ; 1"' mediante otra Ordenanza Regional, de la modificatoria de la Ordenanza Regional Nº 009º ' -1 rj/ ¡f:;: - ºt 008-GRMDD/CR, propuesta por la Gerencia Regional de Desarrollo Social en
oordinación con los demás actores relacionados directa o indirectamente con la roblemática de la Mujer. El Consejo Regional de Madre de Dios , en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado ; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria , luego del análisis y debate correspondiente , con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales,
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR, el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional Nº 009-2008-GRMDD/CR, de la siguiente manera: "Artículo Tercero.- CONFORMAR, una Comisión Transitoria cuya función es organizar e instalar el Consejo Regional de la Mujer de Madre de Dios en un plazo de treinta (30) días contados a partir del día siguiente de su publicación, una vez concluida, harán llegar en un plazo de diez (1 O) días hábiles un informe de lo actuado a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, finalizando así sus funciones . La Comisión Transitoria estará conformada por un/a representante de las siguientes instituciones : Un.l a representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social Un/a representante de la Dirección Regional de Salud Un/a representante de la Dirección Regional de Educación Un/a representante de la Dirección Regional de Agricultura Un/a representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. Un/a representante del Ministerio Público Un/a representante de la Defensoría del Pueblo.
ARTÍCULO SEGUNDO: MODIFICAR, el Artículo Cuarto de la Ordenanza Regional Nº 009-2008-GRMDD/CR, de la siguiente manera : SEDE CE NTRAL Jr. Gui llermo Bi ll inghurst Nº 4 80 T e léf.: 57 1 199 - 57 11 02 - 57 1 16 1 - 57 1 157 FAX: OS4 - 57 10 16-57 J 102
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO I NTE R NAC ION AL DE L T URISMO SOSTEN IIJL E P A R A EL DESA RR OLLO " " AÑ O DEL BUEN SE R VIC IO AL C IUDA DANO" M A DR E DE DIOS CAPITA L DE LA BIODIVERSID A D DEL PERÚ
"Artículo Cuarto. - CONFORMAR, el Consejo Regional de la Mujer, la misma que estará integrada por dos representantes: Una (01) Titular y Una (01) Alterna o Suplente de las siguientes instituciones: Gobierno Regional de Madre de Dios- Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Dirección Regional de Salud Dirección Regional de Educación Dirección Regional de Vivienda y Saneamiento Dirección Regional de la Producción Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Dirección Regional de Agricultura Dirección Regional de Energía y Minas Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza de Madre de Dios Región Policial de Madre de Dios- Comisaría de la Mujer Red de la Mujer Club de Madres Comisión Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas Fed eración Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes - FENAMAD.
ARTÍCULO TERCERO: MODIFICAR, el Artículo Quinto de la Ordenanza Regional Nº 009-2008-GRMDD/CR, de la siguiente manera: "Artículo Quinto.- Una vez instalado el Consejo Regional de la Mujer de Madre de Dios, se eleg irá a su coordinador/a y formulará su Reglamento Interno en un plazo de sesenta (60) días hábiles después de dicha elección, documento que será aprobado por el Ejecutivo Regional. ARTÍCULO CUARTO: ATRIBUIR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Secretaría Técnica del Consejo Regional de la Mujer de Madre de Dios , la misma que se encargará de velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional , así como de su impl ementación en coordinación con las instituciones involucradas . ARTÍCULO QUINTO: Las siglas que identifiquen al Consejo Regional de la Mujer de Madre de Dios será : COREM - MDD, para su utilización en los documentos oficiales :
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO I NTE R NACIONA L D E L TURISMO S OSTENlllLE l' ARA EL D ESA RROLLO" "AÑO DEL Ul/EN SE RVI C IO AL C I UDA DANO" MADRE DE DIO S CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ARTÍCULO SEXTO : ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios , la publicación de la presente Ord enanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regiona l de Madre de Dios . Comuníquese al señor Gobernador Regiona l de Madre de Dios, para su promulgación . En la ciudad de Puerto Maldonado, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diecisiete .
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios , a los veinte días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
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