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152-2025-GRL-GR Regional Agreement Loreto In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 152-2025-GRL-GR

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RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONA/N? 152-2025-GRL-GR.

/ Belén, 18 de marzo del 2025

Visto, el Proveído N° 25014-2024-GRL-GGR, de fecha 26 de diciembre de 2024, que remite el Oficio N° 391-2024-GRL-DRVCS, de fecha 19 de diciembre de 2024, la Directora Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite los Planos // 8) Arancelarios Prediales para el año 2025, para su aprobación a través de la Resolución Ejecutiva Regional correspondiente, y;

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio N° 391-2024-GRL-DRVCS, de fecha 19 de diciembre de 2024, la Directora Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite los Planos Arancelarios Prediales para el año 2025, para su aprobación a través de la Resolución Ejecutiva Regional correspondiente y posterior publicación en el portal Web Institucional del Gobierno Regional, debiéndose remitir un ejemplar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento;

Que, a través del Informe N° 255-2024-GRL/DRVCS-ADM, de fecha 18 de diciembre de 2024, el Director (e) Administrativo de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, concluye que, debe realizarse las acciones administrativas pertinentes para la aprobación de los Planos Prediales que contiene los valores arancelários actualizados de los distritos de su jurisdicción; ka,

Que, mediante el Acta de Conformidad N° 023-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVUDUDU, de fecha 12 de noviembre de 2024, se llevó a cabo una reunión virtual de coordinación por la plataforma Google meet, entre el representante del MVCS, y representantes de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Loreto, para la aprobación de los Planos Prediales que contienen los Valores Arancelarios de los distritos de nuestra jurisdicción regional para el ejercicio 2025;

Que, la aprobación de los valores arancelarios de los Planos Prediales constituye una herramienta de gestión para los gobiernos locales en el cobro del impuesto predial que realizan anualmente, razón por la cual se debe aprobar y publicar según lo establece la normativa vigente y conforme a lo señalado en el Acta de Conformidad N° 023-2024- VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU, de fecha 12 de noviembre de 2024;

Que, con Informe Técnico N° 008-2025-GRL/GGR-GRDS, de fecha 17 de febrero de 2025, el especialista en materia legal de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, concluye que, es PROCEDENTE que el Gobierno Regional de Loreto, mediante acto administrativo apruebe los planos prediales que contiene los valores arancelarios de los distritos de la jurisdicción del Gobierno Regional de Loreto — ejercicio fiscal 2025 lo)

Que, mediante Oficio N* 761-2025-GRL-GRPPIP, de fecha 06 de marzo de 2025, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto e Inversión Pública, remite al Gerente Regional de Asesoría Jurídica, el Informe N° 003-2025-GRL-GGRGRPPIP/OEPE/WEB, de fecha 06 de marzo de 2025, donde el planificador de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento y Estadistica, concluye que, la aprobacién de los planos prediales que contienen los valores arancelarios de los distritos de la región Loreto para el ejercicio 2025 es un medio que permite alcanzar resultados del PDRC. Loreto al 2033, en su objetivo estratégico N° 01. Mejorar las condiciones de habitabilidad en el

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RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 152-2025-GRL-GR.

Belén, 18 de marzo del 2025 departamento de Loreto; a través de lograr una mayor cobertura de servicios básicos en la población; recomendando, continuar el proceso de aprobación del presente proyecto, el cual se encuentra sostenido en el artículo 58°, literal “g” de la Ley Orgánica de

Gobiernos Regionales, Ley 27867 (...);

Que, conforme al artículo 191” de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 30305, Ley de Reforma de los Art. 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú y demás modificatorias; en concordancia con la Ley N 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, que en su artículo 2°, establece: “Los Gobiernos Regionales son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal”, y; artículo 4” que señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, y son competentes entre otras atribuciones aprobar su organización interna”;

Que, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el sector ejerce competencia con los Gobiernos Regionales en las materias de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Urbanismo y Desarrollo Urbano, Bienes Estables y Propiedad Urbana; y mediante el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006- 2015-vivienda, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dispone en el literal e) del artículo 66, que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, tiene como función, conducir y supervisar la formulación de los valores y supervisar su aplicación en la valoración oficial de terrenos urbanos y rústicos de todo el país;

Que, por Resolución Ministerial N° 160-2011-VIVIENDA, de fecha 28 de julio de 2011, se declaró concluido el proceso de transferencia de la función" del artículo 58* de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento al Gobierno Regional de Loreto, a partir de esa fecha es competencia para el ejercicio de dicha función;

Que, bajo este contexto legal y en atención al Informe N° 255-2024-GRL-/DRVCS-ADM, y el Oficio N° 391-2024-GRL-DRVCS, de fecha 19 de diciembre de 2024, se ha remitido los Planos Arancelarios para el año 2025, para su aprobación mediante una Resolución Ejecutiva Regional y posterior publicación en el portal institucional del Gobierno Regional de Loreto;

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en el literal “g” del artículo 58°, como uno de las funciones del Gobierno Regional: “Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones”, y estando dentro de sus atribuciones del Gobernador Regional según el literal a) del artículo 21° del Reglamento de Organización y Funciones, que es la de Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos, además de no existir delegación de funciones alguna, resulta competente suscribir la resolución ejecutiva respectiva;

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elén, 18 de marzo del 2025

, Estando a lo expuesto, al Informe Legal N° 038-2025-GRL-GGR-GRAJ, con las visaciones de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; Gerencia Regional de Administración; Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, y;

En uso a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado por Ordenanza Regional N° 04-2022- GRL-CR, de fecha 11 de marzo de 2022.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- APROBAR los Planos Prediales que contienen los Valores Arancelarios de los distritos de la jurisdicción del Gobierno Regional de Loreto — ejercicio fiscal 2025, que es un medio que permitirá alcanzar resultados del PDRC. Loreto al 2033, en su objetivo estratégico N° 01. Mejorar las condiciones de habitabilidad en el departamento de Loreto; a través de lograr una mayor cobertura de servicios básicos en la población.

ARTÍCULO 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución a las instancias administrativas correspondientes del Gobierno Regional de Loreto, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/6593509-152-2025-grl-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7813046/6593509-152-2025-grl-gr.pdf