Skip to content
L Legalize.pe
089-2025-SO-CR-GRL Regional Agreement Loreto In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 089-2025-SO-CR-GRL

3 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” FAAS Wivezonas

CONSEJO REGIONAL CONSEJO REGIONAL esque Tepe, Maral laa del Mado

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 089-2025-SO-CR-GRL

=I hRoQoQ

Iquitos, 08 de agosto de 2025

VISTO:

En sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional, mediante Oficio N° 031- 2025-GRL-CR-CRJMP/PCPPAT, de fecha 05 de agosto de 2025, el presidente la comisión de planeamiento, presupuesto y acondicionamiento territorial Sr. Chico Reiger Junior Macedo Pinedo, remite dictamen favorable, respecto: Autorizar, al Gobernador Regional de Loreto la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la Republica para cubrir los gastos que se deriven de la Contratación de las Sociedades de Auditoria.

CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los

Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8°, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

En el artículo 39° de la misma ley citada, primer párrafo, refiere lo siguiente: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 2”, numeral 01; son atribuciones del Consejo Regional: Aprobar, modificar o derogar las Normas que regulen

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” JEANS Wivezonas

CONSEJO REGIONAL CONSEJO REGIONAL esque Teil, roid ara el Aldo

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 089-2025-SO-CR-GRL

mar

o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

En Estación Orden del Día, conforme al artículo 40° del Reglamento Interno del Consejo, se dio cuenta del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Loreto, y del voto de los consejeros regionales presentes en la sesión ordinaria del consejo regional, y;

Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles

de este Consejo; el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Loreto la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la Republica para cubrir

los gastos que se deriven de la Contratación de las Sociedades de Auditoria para los periodos 2025 y 2026, según se detalla:

CERTIFICACIÓN PREVISION CONCEPTO DE TRANSFERENCIA (AÑO FISCAL 2025) (AÑO FISCAL 2026)

PERIODO 2025 476,339.00 0.00

  • RETRIBUCION ECONOMICA (INCLUYE IGV) 453,290.00
  • DERECHO POR DESIGNACION 23,049.00 PERIODO 2026 23,049.00 453,290.00
  • RETRIBUCION ECONOMICA (INCLUYE IGV) 453,290.00 DERECHO POR DESIGNAR 23,049.00

TOTAL 499,388.00 453,290.00

ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, notificar a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, para

conocimiento e Implementación del presente Acuerdo Regional. Asimismo, a la Gerencia Regional de Tecnologías de la Información y Telecomunicación, a efecto de publicar el presente Acuerdo de Consejo Regional, en el portal web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob.pe.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia

al día siguiente de su Publicación.

ov

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” FAAS Wnezonas

Basque Topic, roi Maral dl ando

CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 089-2025-SO-CR-GRL

a

POR TANTO: Notifíquese, Regístrese y Publíquese.

Dado, en la Sede del Consejo Regional de Loreto, a los ocho días del mes de agosto, del año dos mil veinticinco.

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO

CONSEJO REGIONAL DE LORETO

ING. RIBELINO RENGIFO RODRÍGUEZ CONSEJERO DELEGADO


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/7043876-089-2025-so-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8495233/7043876-089-2025-so-cr-grl.pdf