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078-2024-SE-GRL-CR Regional Agreement Loreto In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 078-2024-SE-GRL-CR

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CONSEJO 2 ZAS Amazonas

REGIONAL DE LORETO HO o Maravilla Natural dol Mundo

=) “Año del Bicentenario de la Consolidación de nuestra independencia y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”.

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO

CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 078-2024-SE-GRL-CR

Iquitos, 05 de diciembre de 2024. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, ha aprobado el siguiente acuerdo regional: VISTO:

En Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional, mediante OFICIO N° 586-2024-GRLCR, de 03 diciembre de 2024, presentado por el Gobernador Regional de Loreto, quien remite la opinión legal, la Aprobación y Autorización de la Donación de 200 Sillas de Ruedas, por parte de la

  • Empresa Honda Selva del Perú S.A, a favor del Gobierno Regional de Loreto, tema que pasa a Comisión de Desarrollo Social; habiendo la Dispensa del Dictamen y aprobado por Unanimidad:

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 1912 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley N2 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 82, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; la autonomía se sujeta a la constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas;

Que, el Artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el consejo regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

Que, en el Artículo 39° de la misma Ley orgánica de Gobiernos Regionales, primer párrafo, refiere lo siguiente: Los acuerdos del consejo regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del consejo regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En estación orden del día, conforme al artículo 40° del Reglamento Interno del Consejo, se dio cuenta del visto; del debate entre los miembros del consejo regional de Loreto, y del voto de los consejeros regionales presentes en la sesión extraordinaria del consejo regional, y;

Que, el pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley N° 27867, Ley orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento interno del consejo regional de Loreto, vigente, y con la dispensa del dictamen, y el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este consejo, el pleno del consejo regional de Loreto, acordó por MAYORIA el siguiente acuerdo regional:

Artículo Primero: Aprobar y Autorizar, al Gobernador Regional de Loreto, Med. Jorge Rene Chávez Silvano, la Aceptación de la Donación de 200 Sillas de Ruedas, por parte de la Empresa Honda Selva del Perú S.A a favor del Gobierno Regional de Loreto.

“Año del Bicentenario de la Consolidación de nuestra independencia y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”.

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO

CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 078-2024-SE-GRL-CR

Artículo Segundo: Autorizar, a la secretaría del consejo regional de Loreto, notificar a la gerencia general regional del gobierno regional de Loreto para conocimiento e implementación del presente acuerdo y su publicación en el diario de mayor circulación de la región. Asimismo, a la Gerencia Regional de Tecnologías de la Información y Telecomunicación, a efecto de publicar el presente acuerdo de consejo regional, en el Portal Web del Gorel: www.regionloreto.gob.pe.

Artículo Tercero: El presente Acuerdo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

POR TANTO: NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

Dado, en la Sede del Consejo Regional de Loreto, a los cinco días del mes de diciembre, del año dos mil veinticuatro.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/6284780-078-2024-se-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7366914/6284780-078-2024-se-grl-cr.pdf