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057-2021-SO-GRL-CR Regional Ordinance Loreto In force

Ordenanza Regional N.° 057-2021-SO-GRL-CR

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BICENTENARIO PERÚ 2021

•Año del Bicentenario del Perú: 200 Alias de Independencia"

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL SOLICITA APROBAR MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL, EL PROYECTO QUE DECLARE DE NECESIDAD PÚBLICA DE INTERÉS REGIONAL COMO RECURSO FORESTAL EMBLEMÁTICO AL AGUAJE (MAURITIA FLEXUOSA L.f) DEL DEPARTAMENTO DE LORETO. PEDIDO SOLICITADO POR EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES, GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y NACIONALIDADES INDÍGENAS CONSEJERO REGIONAL SEfiOR CARLOS SANDI MAYNAS.

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 057-2021-SO-GRL-CR: 05/08/2021

lquitos, OS de agosto de 2021. REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente

VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Loreto, Modo Virtual Plataforma ZOOM, de fecha OS de agosto del año 2021, el pedido de aprobar mediante Ordenanza Regional, el Proyecto que Declare de Necesidad Pública de Interés Regional como Recurso Forestal Emblemático al Aguaje (MAURITIA FLEXUOSA L.f) del Departamento de Loreto. Pedido solicitado por el Presidente de la Comisión de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Nacionalidades Indígenas Consejero Regional Señor Carlos Sandi Maynas, y;

CONSIDERANDO: Que, el artículo 1912 de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N2 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 82, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas. Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR; MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL, EL PROYECTO QUE DECLARE DE NECESIDAD PÚBLICA DE INTERÉS REGIONAL COMO RECURSO FORESTAL EMBLEMÁTICO AL AGUAJE (MAURITIA FLEXUOSA L.f) DEL DEPARTAMENTO DE LORETO. PEDIDO SOLICITADO POR EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES,

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BICENTENARIO PERÚ 2021

•Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia"

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y NACIONALIDADES INDÍGENAS CONSEJERO REGIONAL SEÑOR CARLOS SANDI MAYNAS. ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA SU CONOCIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO Y AL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA REGIÓN PARA SU PUBLICACIÓN, ASÍMISMO A LA OFICINA REGIONAL DE INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN, A EFECTO DE PUBLICAR EL TECNOLOGÍAS DE LA PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GOREL: www.regionloreto.gob.pe.

ARTICULO TERCERO: EL PRESENTE ACUERDO ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN.

POR TANTO: NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de lquitos a los Cinco Días del mes de agosto del año Dos Mil Veintiuno, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/2274393-057-2021-so-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2324710/Acuerdos%20Ordinarios%20de%20Consejo%20N%C2%B0%20057-2021-SO-GRL-CR.pdf