Acuerdo de Concejo N.° 054-2022-so-grl-cr
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BICENTENARIO “Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional” PERÚ 2021
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
APROBAR MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL LA CREACIÓN DEL REGISTRO REGIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGION LORETO. PEDIDO SOLICITADO POR LA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL CONSEJERA REGIONAL JANET REATEGUI RIVADENEYRA.
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 054-2022-SO-GRL-CR: 01/08/2022
Iquitos, 01 de agosto de 2022.
VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Loreto, Modo Presencial y Virtual Plataforma ZOOM, de fecha 01 de agosto del año 2022, el pedido de Aprobar la Ordenanza Regional sobre la Creación del Registro Regional de Personas con Discapacidad en la Región Loreto, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1912 de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 89, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.
Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL LA CREACIÓN DEL REGISTRO REGIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGION LORETO.
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BICENTENARIO “Alo del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
PERÚ 2021
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA SU CONOCIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO Y AL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA REGIÓN PARA SU PUBLICACIÓN, ASÍMISMO A LA OFICINA REGIONAL DE TECNOLOGÍAS DELA INFORMACION Y TELECOMUNICACIÓN, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GOREL: www.regionloreto.gob.pe.
ARTÍCULO TERCERO: EL PRESENTE ACUERDO ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN.
POR TANTO: NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la Ciudad de Iquitos al primer día del mes de agosto del año dos mil veintidós, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/3340300-054-2022-so-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3502476/Acuerdos%20Ordinarios%20de%20Consejo%20N%C2%B0%20054-2022-so-grl-cr.pdf