Ordenanza Regional N.° 038-2021-SO-GRL-CR
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LORETO
GOBIERNO REGIONAL compromiso con TODOS
“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años setae te Mundo de Independencia”
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GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
SOLICITA APROBAR MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL, LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 013-2020-GRL-CR, ARTICULO 3°, SOBRE LA “CREACIÓN DE LA MARCA DE CERTIFICACIÓN LORETO”. PEDIDO SOLICITADO POR EL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO LIC, ELISBAN OCHOA SOSA.
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 038-2021-SO-GRL-CR: 10/06/2021
Iquitos, 10 de junio de 2021.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional:
VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Loreto, Modo Virtual Plataforma ZOOM, de fecha 10 de junio del año 2021, el pedido de aprobar mediante Ordenanza Regional, la Modificación de la Ordenanza Regional N° 013-2020-GRL-CR, Artículo 3°, sobre la “Creación de la Marca de Certificación Loreto”. Pedido solicitado por el Señor Gobernador Regional de Loreto Lic. Elisban Ochoa Sosa, y;
CONSIDERANDO: Que, el artículo 1919 de la Constitución Política del Perú, establece que los
su competencia;
Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 82, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.
Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR; REMITIR EL PEDIDO DE APROBACIÓN MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL, LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 013- 2020-GRL-CR, ARTICULO 3°, SOBRE LA “CREACIÓN DE LA MARCA DE CERTIFICACIÓN LORETO”. PEDIDO SOLICITADO POR EL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO LIC. ELISBAN OCHOA SOSA, A LA COMISIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA SU DEBATE, EVALUACIÓN, ANÁLISIS, INFORME TÉCNICO — LEGAL Y DICTAMEN.
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de Independencia”
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA SU CONOCIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO, ASÍMISMO A LA OFICINA REGIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GOREL: www.regionloreto.gob.pe.
ARTÍCULO TERCERO: EL PRESENTE ACUERDO ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN.
POR TANTO:
NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la Ciudad de Iquitos a los Diez Días del mes de junio del año Dos Mil Veintiuno, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.
AOS GOBIERNO eye LORE RO
SY
JAVIER VIYLACIORTA N, TO CONPEIERO_DEFFGADO
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/2274208-038-2021-so-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2324503/Actas%20de%20Sesiones%20Ordinarias%20N%C2%B0%20038-2021-SO-GRL-CR.pdf