Acuerdo de Concejo N.° 026-2022-so-grl-cr
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BICENTENARIO PERÚ 2021
OFICIO N° 301 -2022-GRL-CRL/S
“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
CONSEJO REGIONAL DE LORETO
Señor:
Econ. Mario Fernando López Tejerina Gerente General Regional - GOREL
Ciudad.
Consejo Regional N° 026-2022-SO-GRLCR; para su conocimiento e Implementación.
ASUNTO: Remito Acuerdo de
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Es grato dirigirme a usted, para saludarle
cordialmente y en atención al rubro del asunto, cumplo con remitir adjunto en original el Acuerdo de Consejo Regional N° 026-2022-SO-GRL-CR de fecha 11 de marzo del presente año, aprobado en la Il Sesión Ordinaria de Consejo Regional, para su conocimiento e implementación.
Es propicia la oportunidad para expresarle las
muestras de mi consideración y estima personal.
IXRVívar. Cc.: Archivo
Atentamente,
Samanez Ocampo N° 435 — Iquitos — Perú
SQW. LORETO HS
BICENTENARIO “Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional” PERÚ 2021
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
APROBAR MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO. PEDIDO REALIZADO POR EL PRESIDENTE DE LA COMISION DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL, SEÑOR JAVIER VILLACORTA NACIMENTO.
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 026-2022-SO-GRL-CR: 11/03/2022 Iquitos, 11 de marzo del 2022 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente
Acuerdo Regional: VISTO:
ae (CON
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto. Pedido solicitado por el Presidente de la Comisión - de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial señor Javier Villacorta Nacimento, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N? 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 82, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.
Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en fa Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, de conformidad con el artículo 152 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N2 27867 y su modificatoria.
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA SU CONOCIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO Y AL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA REGIÓN PARA SU PUBLICACIÓN, ASÍMISMO A LA OFICINA
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BICENTENARIO “Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
REGIONAL DE TECNOLOGÍAS DELA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GOREL: www.regionloreto.gob.pe.
ARTÍCULO TERCERO: EL PRESENTE ACUERDO ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN.
POR TANTO:
NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la Ciudad de Iquitos a los once días del mes de marzo del año dos mit veintidós, en las instalaciones del Consejo Regional de Loreto.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/2895751-026-2022-so-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2995494/Acuerdos%20Ordinarios%20de%20Consejo%20N%C2%B0%20026-2022-so-grl-cr.pdf