Skip to content
L Legalize.pe
022-2026-SO-CR-GRL Regional Agreement Loreto In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 022-2026-SO-CR-GRL

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” : CONSEJO REGIONAL

fg opi ria ar dl nd ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 022-2026-SO-CR-GRL

Iquitos, 05 de febrero de 2026.

VISTO:

En sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional, mediante Oficio N.° 003-2026-GRLCR-RRR/PCDS, de fecha 02 de febrero de 2026, el Consejero Regional de Loreto, Ing. Ribelino Rengifo Rodríguez, Presidente de la Comisión de Desarrollo Social, remite el expediente de la aprobación del Plan de Trabajo de la Comisión de Desarrollo Social — Año Fiscal 2026;y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191” de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N.° 27783, Ley de Bases de la

Descentralización, la autonomía constituye el derecho y la capacidad efectiva de los gobiernos regionales para normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, en concordancia con la Constitución Política del Perú y las leyes de

desarrollo constitucional;

Que, de acuerdo con el artículo 13° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, siendo competente para ejercer las funciones y atribuciones que la ley le confiere;

Que, el artículo 39° de la citada Ley Orgánica establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de dicho órgano respecto de asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, o manifiestan su voluntad de practicar un determinado acto;

Que, conforme al artículo 2°, numeral 1, de la Ley N.° 27867, es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar normas, así como adoptar acuerdos sobre materias de competencia del Gobierno Regional;

Jiron Putumayo N° 501 / Calle Tacna Iquitos — Loreto — Perú 1 de 3

“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” " CONSEJO REGIONAL

qu ip, rl a el do ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N' 022-2026-SO-CR-GRL

Iquitos, 05 de febrero de 2026.

ATREA LA

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, en sus artículos 2°, literal a), y 12”, literal b), faculta al Pleno del Consejo Regional a adoptar acuerdos y disponer la derivación de expedientes a las comisiones ordinarias para su evaluación, informe y dictamen;

Que, mediante Oficio N.° 003-2026-GRL-CR-RRR/PCDS, de fecha 02 de febrero de 2026, el Consejero Regional de Loreto, Ing. Ribelino Rengifo Rodríguez, en su calidad de Presidente de la Comisión de Desarrollo Social, remitió el expediente que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional para la aprobación del Plan de Trabajo de la Comisión de Desarrollo Social — Año Fiscal 2026;

Que, el Plan de Trabajo tiene como objetivo general velar, fiscalizar y normar proyectos referidos a los derechos de los niños, adolescentes y adultos de las ocho (08) provincias

de la región Loreto, en los sectores de salud y educación, manteniendo una comunicación permanente y la fiscalización de ambos derechos fundamentales,

Que, el Plan de Trabajo contempla los siguientes objetivos específicos:

  • Verificar y fiscalizar la entrega oportuna de materiales educativos en todas las provincias y distritos de la región Loreto.

  • Constatar el buen inicio del Año Escolar 2026 en instituciones educativas seleccionadas de la región Loreto.

  • Realizar visitas inopinadas a centros de salud y hospitales, así como a la DIRESA, para verificar el accionar del personal, el funcionamiento de farmacias, la atención al público, entre otros aspectos.

  • Proponer a la Gerencia Regional de Desarrollo Social proyectos de inversión en los sectores de educación, salud y otros.

  • Atender denuncias y reclamos de los ciudadanos de la región Loreto.

Que, en sesión ordinaria del Consejo Regional de Loreto, y de conformidad con el artículo 40° del Reglamento Interno del Consejo Regional, el Pleno tomó conocimiento del expediente, deliberó sobre su contenido y, con el voto aprobatorio unánime de los

Jiron Putumayo N° 501 / Calle Tacna Iquitos — Loreto — Perú 2 de 3

“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” " 5 CONSEJO REGIONAL os

esque Topica, Marca Marl dl hand ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 022-2026-SO-CR-GRL

CONSEJO REGIONAL Iquitos, 05 de febrero de 2026.

AAA SN

consejeros regionales hábiles, acordó su derivación a la Comisión de Desarrollo Social para la evaluación, informe y dictamen correspondiente;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto y con el voto aprobatorio UNÁNIME de los miembros hábiles del Consejo Regional;

ARTÍCULO PRIMERO. — APROBAR el pedido formulado por el Consejero Regional de Loreto, Ing. Ribelino Rengifo Rodríguez, Presidente de la Comisión de Desarrollo Social, respecto a la aprobación del Plan de Trabajo de la Comisión de Desarrollo Social — Año Fiscal 2026.

ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER que la Secretaría del Consejo Regional de Loreto notifique el presente Acuerdo a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, para su conocimiento, implementación y acciones correspondientes, así como su publicación en el diario de mayor circulación de la región. Asimismo, ENCARGAR a la Gerencia Regional de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación del presente Acuerdo en el portal institucional del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob.pe

ARTÍCULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Dado en la Sede del Consejo Regional de Loreto, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil veintiséis.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LIC. JOSÉ GABRI E LASIS por CONSPIZS RO are |

Jiron Putumayo N° 501 / Calle Tacna Iquitos — Loreto — Perú 3 de 3


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/7730990-022-2026-so-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9438326/7730990-acr-022-2026-so-cr-grl.pdf