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017-2020-SE-GRL-CR Regional Ordinance Loreto In force

Ordenanza Regional N.° 017-2020-SE-GRL-CR

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LORETO de “22445 Amazonas picos dal ea “Año de la Universalización de la Salud” Marat Natura del Mondo

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL

APROBAR EL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA (PIA) DE INGRESOS Y GASTOS DEL PLIEGO 453 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA EL AÑO FISCAL 2021, CUYO MONTO TOTAL POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO ASCIENDE A S/. 2,087,836,283 (DOS MIL OCHENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES).

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 017-2020-SE-GRL-CR: 23/12/2020

Iquitos, 23 de diciembre de 2020

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional:

VISTO:

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Loreto, Modo Virtual Plataforma ZOOM, de fecha 23 de diciembre del año 2020, el pedido de Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Gastos del Pliego 453 Gobierno Regional de Loreto para el año fiscal 2021, cuyo monto total por toda fuente de financiamiento asciende a S/. 2,087,836,283.00 (Dos mil ochenta y siete millones ochocientos treinta y seis mil doscientos ochenta y tres y 00/100 soles). Solicitado por la Presidente de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dra. Ofelia Chávez Bardales, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1912 de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 82, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.

Que, el Pleno del Consejo Regional De Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR; EL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA (PIA) DE INGRESOS Y GASTOS DEL PLIEGO 453 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA EL AÑO FISCAL 2021, CUYO MONTO TOTAL POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO ASCIENDE A S/. 2,087,836,283.00 (DOS MIL OCHENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES).

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA

LORETO

GOBIERNO REGIONAL

compromisocor TODOS

di “22445 Amazonas

“Año de la Universalización de la Salud” Maravilla Natural et Mondo

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL SU CONOCIMIENTO E IMPLEMENTACION DEL PRESENTE ACUERDO Y AL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA REGION PARA SU PUBLICACIÓN, ASÍMISMO A LA OFICINA REGIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GOREL:

www.regionloreto.gob.pe. ARTICULO TERCERO: EL PRESENTE ACUERDO ENTRARA EN VIGENCIA AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION.

POR TANTO:

NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

Dado en la Ciudad de Iquitos a los Veintitrés Días del mes de diciembre del año Dos Mil Veinte, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO ES CONSE. ONAL :

Rodriguez Fasanando sejero Delegado


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/2273609-017-2020-se-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2323766/Acuerdos%20Extraordinarios%20de%20Consejo%20N%C2%B0%20017-2020-SE-GRL-CR.pdf