Ordenanza Regional N.° 0103-2020-SO-GRL-CR
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LORETO "2145 Amazonas SOBER Res “Año de la Universalización de la Salud” Atari tral dido
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
SOLICITA APROBAR MEDIANTE ACUERDO LA AUTORIZACIÓN AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO LIC. ELISBAN OCHOA SOSA, LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Y OEFA, PROPUESTO POR EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL. PEDIDO SOLICITADO POR EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES, GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y COMUNIDADES INDIGENAS SEÑOR CARLOS SANDI MAYNAS.
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 0103-2020-SO-GRL-CR: 15/10/2020
Iquitos, 15 de octubre de 2020.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional:
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Loreto, Modo Virtual Plataforma ZOOM, de fecha 15 de octubre del año 2020, el pedido de solicitar Aprobar mediante Acuerdo la Autorización al Señor Gobernador Regional de Loreto Lic. Elisban Ochoa Sosa, la Suscripción del Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Loreto y OEFA, propuesto por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Pedido solicitado por el Presidente de la Comisión de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Comunidades Indígenas Señor Carlos Sandi Maynas, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1912 de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 82, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.
Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR; MEDIANTE ACUERDO LA AUTORIZACIÓN AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO LIC. ELISBAN OCHOA SOSA, LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Y OEFA, PROPUESTO POR EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL.
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“2249 Amazonas
“Año de la Universalización de la Salud” Maravilla Natural del Mundo
LORETO
GOBIERNO REGIONAL compromiso con TODOS
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA SU CONOCIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO Y AL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA REGIÓN PARA SU PUBLICACIÓN, ASÍMISMO A LA OFICINA REGIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GOREL: www.regionloreto.gob.pe.
ARTÍCULO TERCERO: EL PRESENTE ACUERDO ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN.
POR TANTO:
NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la Ciudad de Iquitos a los Quince Días del mes de octubre del año Dos Mil Veinte, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.
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“Alan Betnate Rodriguez Fasanando Consejero Delegado
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/2274234-0103-2020-so-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2324521/Actas%20de%20Sesiones%20Ordinarias%20N%C2%B0%200103-2020-SO-GRL-CR.pdf