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010-2021-GRL-CR Regional Ordinance Loreto In force

Ordenanza Regional N.° 010-2021-GRL-CR

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LO RETO

GOBIERNO REGIONAL compromiso con T_(?_DOS

BICENTENARIO PERÚ 2021

•Año del Bicentenario del Perú: 200 Mos de Independencia"

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2021-GRL-CR Villa Belén, 12 de agosto del 2021. EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO

POR CUANTO: El Consejo Regional de Loreto, en sesión ordinaria Modo Virtual Plataforma ZOOM, de fecha 12 de agosto del año 2021, en uso de sus atribuciones y funciones conforme lo previsto en la Constitución Política del Perú, Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y Normas Complementarias; y luego de la revisión, análisis y evaluación del Proyecto de Ordenanza Regional, que sustenta y aprueba la "NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO", asl como la aprobación del Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial por Unanimidad de sus Miembros y estando al contenido de los informes técnicos y legales favorables, que corren en el expediente, previa deliberación y absolución de interrogantes, acordó por UNANIMIDAD, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobar la siguiente Ordenanza Regional, y;

CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el artículo 192º en su inciso 1°, establece que, los Gobiernos Regionales, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado tiene por finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía; priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, siendo su objetivo, alcanzar un Estado al servicio del ciudadano, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralizado y desconcentrado, transparente en su gestión, con servidores públicos calificados, adecuadamente remunerados y fiscalmente equilibrado. Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias. y funciones de los Gobiernos Regionales, cuya finalidad esencial es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes. de acuerdo con los planes y programas nacionaíes, regionales y locales de desarrollo; Que, asimismo. el artículo 45°, inciso a), de la acotada Ley, confiere a los Gobiernos Regionales atribuciones de definir, normar, dirigir y gestionar sus políticas regionales y ejercer sus funciones generales y especificas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales. (En el inciso b), se le atribuyen las funciones, de elaborar y aprobar normas de alcance regional; de diseñar pollticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa conforme a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 014-2018-GRL-CR, de fecha 10 de mayo de 2018, se modificó parcialmente la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del

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ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2021-GRL-CR Gobierno Regional de Loreto, por creación de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y de Fauna Silvestre; Que mediante Ordenanza Regional Nº 009-2019-GRL-CR, de fecha 11 de junio del 2019 se declara al Gobierno Regional de Loreto en Proceso de Reestructuración Administrativa, como una polltica institucional de la gestión regional 2019-2022. Que, el numeral 12 del artículo 8º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que la Especialización de las funciones de gobierno, es un principio rector de las políticas y la gestión regional, la misma que integra las funciones y competencias afines; evitándose en cualquier caso la existencia de duplicidad de funciones entre sus distintas gerencias u oficinas. Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, "Lineamientos para la Organización del Estado en su cuarta disposición complementaria final, establece que "Para la organización de los Gobiernos Regionales prevalece el enfoque territorial, velando por la integración de las funciones y actividades \11 sectoriales que tengan sinergias positivas en su ejecución. Las Direcciones Regionales son parte de ,ú,r:,

.. <:f ,. ·.'11''-':"'_ os , ?obiemos Regionales, ejercen funciones sustantivas y dependen de la Respectiva Gerencia �

, F � "'. eg,onal "" e 5. .7: ue, en el marco de este proceso, y por decisión política del titular de la Entidad, la Comisión -0,,. .

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.;;,i>".... Regional a través del equipo técnico, designado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1592019-GRL-GR de fecha 14 de febrero de 2019, ha elaborado la Propuesta de Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Loreto, que se sustenta en el informe técnico respectivo; la misma que fue puesta a consideración del Gobernador Regional para su trámite de aprobación mediante Ordenanza Regional; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 37° inc. A) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modificatorias, a través de sus órganos de gobiernos dictan las normas y disposiciones, como las Ordenanzas Regionales que norman asuntos de carácter general, la administración y organización del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto acordó aprobar por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza Regional: el consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, emite la siguiente

"ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL "PROYECTO DE LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO". SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO representada en el respectivo organigrama que se adjunta como anexo y que forma parte de la presente Ordenanza Regional. O

ARTÍCULO SEGUNDO: DEJAR. sin efecto en todas sus partes la Ordenanza Regional 022-2017 de ,-.;;::s�cW.fecha 14 de setiembre de 2017 que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto y su modificatoria, la Ordenanza Regional Nº 014-2018GRL-CR de fecha 10 de mayo de 2018. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional, la formalización de la nueva Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Loreto, a través de la elaboración de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) para su trámite de aprobación correspondiente, en un plazo de noventa (90) días calendario.

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KAfto del Bicentenaño del Pení: 200 Años de Independencia"

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ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2021-GRL-CR ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territoñal, gestionar ante el Ministerio de Economla y Finanzas la asignación del Presupuesto correspondiente para los órganos y unidades orgánicas creadas por efecto del proceso de Reestructuración Administrativa, declarada mediante Ordenanza Regional Nº 009-2019-GRL-CR, para su funcionamiento y operatividad, en el marco del Decreto Legislativo Nº 014-2019 que aprueba la Ley de Presupuesto Público para el ejercicio fiscal 2021 y el Deaeto Legislativo Nº 1440 que regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, inte_grante de la Administración Financiera del Sector Público. ARTÍCULO QUINTO: AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional de Loreto, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" en el diario de avisos judiciales de mayor circulación de la Región y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.reqionloreto.gob.pe. Asimismo, encargar a la Oficina de imagen institucional del Gobierno Regional de Loreto la difusión de la presente norma en todo el departamento de Loreto. AR'tÍCULO SEXTO: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Comuniquese, al señor Gobernador Regional de Loreto, para su promulgación y ejecución de acuerdo y conforme a ley. Dado en las instalaciones del Consejo Regional de Loreto, sito en la calle Samanez Ocampo Nº 435 de esta ciudad, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.

POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 16º ,21 º inc. o), 37º inc. a) y 38º de la ley Nº 27867

  • Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inc. o) del Artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 022-2017GRL-CR y su modificatoria Ordenanza Regional Nº 014-2018-GRL-CR de fecha 10 de mayo de 2018.

Regístrese, PubUquese y Cúmplase, LDELORElO

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ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2021-GRL-CR CQfrfSEJOOE

COORDINACIÓN

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GOBERNACIÓN REGIONAL

ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

VICE GOBERNACIÓN REGIONAL

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DESASTRES

OAC1NAOE

OFIC1NA REGIONAL DE COMUNICACIONES E

PARTICIPACION

IMAGEN INSTITUCIONAL

CIUDADANA AlDE

OFICINA

DIALOGO, PREVENCIÓN Y

GESllóH DE CONFLICTOS SOClALS


.

GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS HUMANOS

GERENCIA REGIONAL DE ADIIINISTRACIÓN

OFICINA EJECUTIVA

DE LOG!STICA Y SERVICIOS GENERALES

ARCHIVO REGIONAL

OFICINA EJECUTIVA DE MAOU\NARlAS, VEHlcULOS MENORES Y FLUVIALES

OFICINA EJECUTIVA DE CONTROL PATRIMONIAL

OflONA EJECUTIVA DE COBRANZA COACTIVA

OACtttA EJECUTNA DE CONTABILIDAD

OACINA EJECUTIVA DE TESORERlA

GERENCIA REGIONAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN

OACINA EJECUTIVA DE INFRAESTRUCTURA TECNOlóGICA

GERENCLA REGIONAL

GERENCIA REGIONAL DEASESORIA JURÍDICA

DE PlANEAMIENTO, PRESUPUESTO E

INVERSIÓN PÜBUCA

OFICINA EJECUTIVA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

OFICINA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y ESTADISTICA

OFICINA EJECUTIVA DE PRESUPUESTO

OFJClNA EJECUTIVA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES

OACl!iA EJECUTIVA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y OESARROU.O FRONTERIZO

OFICINA EJECUTIVA DE DESARROLLO JNSTITUClONAL Y PROCESOS

OFICINA EJECUTIVA DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

GERENCIA REGIONAL DE DESARROUO

ECONONICO

UNIDAD FORMULADORA (SEDE CENTRAL)

SUB GERENCIA

REGIONAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

SUB GERENCIA REGIONAL DE PROMOCIÓN COMERCIAL

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO FORESTAL Y FAUNA SILVESTRE

GERENCIA REGIONAL DE DESARROUO SOCIAL

SUBGERENClA REGK>NAL DE PROGRAMAS

SUB GERENCIA REGIONAL DE PROMOCIÓN CULTURAL Y DE DEPORTES

PROGRAMA REGIONAL DE CREDITOS

GERENCIA REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

GERENCIA REGIONAL DE COMERCIO

EXTERIOR Y TURISMO

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO

AGRARIO Y RIEGO•

GERENCIA REGIONAL

DE EDUCACIÓN*

GERENCIA REGIIONAL DESALUO'

DE TRANSPORTES Y COr.«JIICACIONES •

SUB GERENCIA REGIONAL DE GESTIÓN FORESTAL

SUB GERENCIA REGIONAL DE OBRAS

SUB GERENCIA REGIONAL DE CONSERVACIONY DIVERSIDAD BIOLÓGICA

SUB GERENCIA REGIONAL DE GESTIÓN EN FAUNA SILVESTRE

SUB GERENCIA REGIONAL DE SUPERVJSIÓN Y CONTROL DE OBRAS

SUBGERENC1A REGIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAi. Y CATOS ESPACW.ES

SUB GéRE/rtCIA REGIONAi. DE SUPERVISIÓN. ASCAUZACIO/rt Y CONTROL FORESTAL Y DE FAUltASILVf.STRE

UNIDAD DE GESTIÓN FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL

OFICINA DE ENLACE Y COORDINACION LIMA

I

GERENCIA SUB REGIONAL


  1. YURIPll'iAGUAS •

  2. LORETO

3 REQUENA

4 RAMON CASTILLA 5. DATEM DEL MARAÑON 6 NAPO

ORG.�NISMO PÜBUCO

DE INFRAESTRUCTURA PARA LA PROD' JCTIVIOAD {OPIPPf

AUTORIDR PORTUARIA REGIONAL DE LORETO

YAQUERANA B UCAY.AJJ *

. l PUTUMAYO. EL ESTRECHO

' Órgano que se gestiona como Unidad Eiecutora, por lo que cuenta con su Propia Estructura Orgánica, de acuerdo a los Lineamientos de Organización del Estado; y, a la Ley de Organización y Funciones emitida por el Sector al que corresponde.


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