Decreto Regional N.° 005-2024-GRL-GR
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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia y _fsyue Topica, Maravilla ladra! del Mundo de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
Gestión de, Servicio Social
GOBERNACION REGIONAL
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DECRETO REGIONAL N° 005-2024-GRL-GR
Belén, 16 de agosto del 2024 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
egiónal, que deriva el Oficio N° 1107-2024-GRL-GGR-GREL-G, de fecha 30 de julio de 2024, de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, solicita la Rectificación de error material del Decreto Regional N° 003-2024-GRL-GR, en el extremo de no haberse consignado el número de Informe legal:
CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los actuados, se puede apreciar lo siguiente:
Mediante Decreto Regional N° 003-2024-GRL-GR; de fecha 05 de febrero de 2024, SE RESUELVE: (...) ARTÍCULO 1°. - RECTIFICAR el error material contenido en el Decreto Regional N° 006-2023- GRL-GR.; de fecha 14 de setiembre de 2023, (...).
Mas en el Análisis Legal del Decreto Regional N° 003-2024-GRL-GR, de fecha 5 de febrero del 2024, se puede observar que por omisión involuntaria no se consignó el número del Informe Legal, sobre la cual versa la Rectificación por error material del Decreto Regional N° 006-2023-GRLGR.; de fecha 14 de setiembre de 2023.
Que, el Principio de Legalidad, previsto en el numeral 1.1 del inciso 1, del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas”; se entiende que la actuación de la Autoridad Administrativa debe ceñirse dentro de los márgenes que establece nuestra normativa nacional vigente, con la finalidad de observar inexorablemente sus alcances; siendo así, el Principio de Legalidad busca que la Administración Pública respete y cumpla las normas legales al momento de ser aplicadas en los casos materia de su competencia.
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala en el artículo 212°, numeral 212.1), Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión.
Que, en tal sentido, conforme a lo solicitado por la Gerencia Regional de Educación de Loreto, sobre la Rectificación de error material del Decreto Regional N° 003-2024-GRL-GR, en el extremo de no haberse consignado el número de Informe legal, que lo sustenta, procede la rectificación del acto administrativo, conforme lo establece el artículo 212%, numeral 212.1) del Texto Único
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Gestión de Servicio Soclal
GOBERNACION REGIONAL
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DECRETO REGIONAL N° 005-2024-GRL-GR
Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; en el extremo de rectificar el Análisis Legal, que:
DICE:
Estando al Informe Legal N° xxxxxxxx-2024-GRL-GGR-GRAJ, y al Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N° 020-2023-GRL-SO-DGR, con las visaciones de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, y;
DEBE DECIR:
Estando al Informe Legal N° 056-2024-GRL-GGR-GRAJ, y al Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N° 020-2023-GRL-SO-DGR, con las visaciones de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, y;
Estando al Informe Legal N° 672-2024-GRL-GGR-GRAJ, y al Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N° 020-2023-GRL-SO-DGR, con las visaciones de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, y;
En uso de sus atribuciones conferidas en los artículos 21° inciso d) y 40° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado por la Ordenanza Regional N° 004-2022-GRL-CR, de fecha 11 de marzo de 2022.
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. — RECTIFICAR el error material contenida en el Decreto Regional N° 003-2024- GRL-GR.; de fecha 5 de febrero de 2024, en el extremo, de rectificar el Análisis Legal, en los siguientes términos:
DICE:
Estando al Informe Legal N° xxxxxxxx-2024-GRL-GGR-GRAJ, y al Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N” 020-2023-GRL-SO-DGR, con las visaciones de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, y;
DEBE DECIR:
Estando al Informe Legal N° 056-2024-GRL-GGR-GRAJ, y al Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N” 020-2023-GRL-SO-DGR, con las visaciones de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, y;
ARTÍCULO 2°. — DEJAR, subsistente todo lo demás en el Decreto Regional N° 003-2024-GRLGR.; de fecha 5 de febrero de 2024.
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DECRETO REGIONAL N° 005-2024-GRL-GR
‘ RTÍCULO 3°. - ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Tecnologías de la Información, la bublicación y difusión en el Portal de Transparencia del presente Decreto Regional.
ARTICULO 4°. — NOTIFICAR, el presente Decreto Regional a las instancias correspondientes del Gobierno Regional de Loreto.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/5930330-005-2024-grl-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6855891/5930330-dec-reg-005.pdf