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004-2023-GRL-GR Regional Decree Loreto In force

Decreto Regional N.° 004-2023-GRL-GR

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DECRETO REGIONAL N° 004 -2023-GRL-GR,

Belén, 12 de setiembre del 2023

Visto; el Oficio N° 021-2023-GRL-GGRIDGR, de fecha 31 de julio de 2023, Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N* 011-2023-GRL-SO-DGR, de fecha 25 de julio de 2023, Informe N° 010-2023-GRL-GGR-OEDIP/AOFI, del 18 de abril de 2023, Informe Legal N° 589-2023-GRL-GGRGRAJ, de fecha 28 de junio de 2023, Oficio N° 176-2023-GRL-GSRAA/18, de fecha 17 de marzo de 2023, Oficio N° 003-2023-GRL-GSRAA/18.02.04, del 16 de marzo de 2023, Informe Legal N° 010- 2023-GRL-GSRAA/18.07, del 15 de marzo de 2023, sobre el Informe Técnico Sustentatorio del 09 de marzo de 2023, emitido por la Unidad de Desarrollo Institucional y Racionalización, para aprobación de la propuesta del “MANUAL DE OPERACIONES — MOP DE LA GERENCIA SUB REGIONAL DE ALTO AMAZONAS - YURIMAGUAS”, y:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N° 276: Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27887 — Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes N° 27902 y N* 28012, se le reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con el articulo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; el artículo 192* en su inciso 1) establece que los Gobiemos Regionales son competentes para aprobar su organización intema y su presupuesto;

Que, mediante Decreto Supremo N* 054-2018-PCM, modificados por los Decretos Supremos N° 131- 2018-PCM y Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado (en adelante, “Los Lineamientos”), con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, buscando que conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas en beneicio de la ciudadanía;

Que, el artículo 53° de los Lineamientos, establece que el Manual de Operaciones (MOP), es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales, b) La estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados cuando corresponda, y c) La estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando corresponda;

Que, en el artículo 55° de los Lineamientos, dispone en el numeral 55.1, que la propuesta del Manual de Operaciones, se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, el cual justifica sus estructuras y los mecanismos de control y coordinación, y, en un Informe Legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP. Y en el numeral 55.2 señala que el MOP se aprueba por Decreto Regional, por el titular en caso de los Gobiernos Regionale:

Que, asimismo, en la Cuarta Disposición Complementaria Final, de la norma indicada, establece que, para la organización de los Gobiernos Regionales y Locales, prevalece el enfoque territorial, velando por la integridad de las funciones y actividades sectoriales que tengan sinergias positivas en su ejecución, las Direcciones Regionales, son partes de los Gobiernos Regionales, ejercen funciones sustantivas y dependen de la respectiva Gerencia Regional. Para todo lo demás se aplicará las disposiciones contenidas en la presents norma;

DECRETO REGIONAL N° 004 -2023-GRL-GR,

Belén, 42 de setiembre del 2023

Que, mediante Ordenanza Regional N* 010-2021-GRL-CR, se aprobó la Estructura Orgánica del Gobiemo Regional de Loreto, como resultado del Proceso de Reestructuración Administrativa a partir - del año 2019, que declaró con Ordenanza Regional N° 009-2019-GRL-CR;

Que, con Ordenanza Regional N° 004-2022-GRL-CR, de fecha 11 de marzo de 2022, se aprueba el ~ Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobiemo Regional de Loreto, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus Unidades de organización, así como de sus relaciones de dependencia;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto, establece en el artículo 9*.- La Gobernación Regional, es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional y se" constituye en la máxima autoridad de su jurisdicción, su titular es el representante legal y Titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional; señala en su artículo 10*.- Funciones de la Gobernación Regional, inciso d) Dictar Decretos y Resoluciones Regionales;

Que, la Ley N* 27867, Ley Orgénica de Gobiernos Regionales modificada por Ley N° 27902, establece enel artículo 40°, que "Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración, Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, (hoy Gobemacor Regional), con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales”;

Que, mediante Resolución Gerencial General Regional N* 591-2022-GRL-GGR, de fecha 28 de. octubre de 2022, se aprueba la Directiva General N° 005-2022-GRL-GGR-OEDIP - "Normas para la - Formulación, Modificación, Actualización y Aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de Competencia de los Órganos del Gobierno Regional”, cuyo ámbito de aplicación alcanza alos órganos desconcentrados, proyectos y programas especiales del Gobierno Regional de Loreto (...);

Que, mediante Oficio N° 176-2023-GRL-GSRAA/18, de fecha 17 de marzo de 2023, la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas, en atención al Oficio N° 003-2023-GRL-GSRAA/18.02.04, del 16 de marzo de 2023, de la Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Presupuestal, hace suyo el Informe. Legal N° 010-2023-GRL-GSRAA/18.07, del 15 de marzo de . 2023, sobre el Informe Técnico Sustentatorio emitido por la Unidad de Desarrollo Institucional y Racionalización, luego del análisis y revisión de la propuesta del “Manual de Operaciones — MOP de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas - Yurimaguas”, emite opinión favorable, concluye, que ésta se encuentra elaborado de acuerdo con los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 054- 2018-PCM y modificados por el D.S. 131-2018- PCM y D.S. N° 064-2021-PCM, regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño; estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; para ello, solicita su aprobación en cumplimiento a lo previsto en el D.S. N° 054-2018-PCM y sus modificatorias (,,,);

Que, con Informe N* 010-2023-GRL-GGR-OEDIP/AOFI, del 18 de abril de 2023, del Área de Organización y Fortalecimiento institucional de la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional, emite opinión favorable, concluye, de lo antecedido y posterior al andlisis y revisión de la propuesta del “Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas - Yurimaguas”, ésta se encuentra elaborado de acuerdo con los Lineamientos de Organización del Estado establecidos en la Directiva General N° 005-2022-GRL-GGR-OEDIP, Normas para la Formulación Modificación, Actualización y Aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de competencia de los Órganos del Gobierno Regional de Loreto”; el volumen de funciones, de procesos y procurando asegurar la sostenibilidad de la gestión de la citada Gerencia Sub Regional, para la implementación de sus líneas jerárquicas, responsabllidades y coordinaciones de las referidas unidades de organización establecida en dicho documento de gestión, sobre la , sobre la propuesta de referida;

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DECRETO REGIONAL N° 004-2023-GRL-GR,

Belén, 12 de setiembre del 2023

Que, con Informe Legal N° 569-2023-GRL-GGR-GRAJ, de fecha 28 de junio de 2023, la Gerencia Regional de Asesoría Juridica, establece que de no encontrarse observación a la propuesta opina favorablemente por la emisión del Decreto Regional, que aprueba el “Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas - Yurimaguas”.

Que, con Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N° 011-2023-GRL-SO-DGR, de fecha 25 de julio de 2023, se Aprobó el Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas — Yurimaguas, y con Oficio N° 021-2023-GRL-GGRIDGR, del 31 de julio de 2023, se solicita al Gobemador Regional, emita y suscriba el Decreto Regional correspondiente; y con Proveído N* 021-2023-GRL-GGR, del 24 de agosto de 2023, la Gerencia General Regional, dispone a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, proseguir con las acciones administrativas pertinentes;

Que, de la revisión y análisis de los antecedentes y normas legales vigentes de Organización del Estado, teniendo a la vista los informes técnicos y legales comprendidos en el Oficio N° 176-2023 GRL-GSRAA/18, Informe Técnico Sustentatorio del 09 de marzo de 2023, emitido por la Unidad de Desarrollo Institucional y Racionalización, Informe Legal N° 010-2023-GRL-GSRAW18.07, Informe N° 010-2023-GRL-GGR-OEDIP/AOFI, Informe Legal N° 569-2023-GRL-GGR-GRAJ, Oficio N° 021-2023- GRL-GGRIDGR, y Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N° 011-2023-GRL-SO-DGR, que opinan de manera favorable la aprobación mediante Decreto Regional del “MANUAL DE OPERACIONES - MOP DE LA GERENCIA SUB REGIONAL DE ALTO AMAZONAS - YURIMAGUAS"; a efecto de implementar sus líneas jerárquicas, responsabilidades y coordinaciones de las referidas unidades de organización establecidas en dicho documento de gestión; y siendo este un requisito indispensable para la aprobación de acuerdo a lo establecido en el numeral 55.1 del artículo $5° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, este despacho procede a resolver,

Con las visaciones de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración, Gerencia General Regional del Gobiemo Regional de Loreto;

En observancia a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Loreto;

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el “MANUAL DE OPERACIONES - MOP DE LA GERENCIA SUB REGIONAL DE ALTO AMAZONAS - YURIMAGUAS", adjunto, en dos (02) ejemplares en anillados, que consta de cincuenta (60) folios cada uno, que forman parte del presente decreto regional, debidamente visados por las áreas responsables de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas — Yurimaguas.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional conforme establece la norma.

ARTÍCULO TERCERO.- TRANSCRIBIR, el presente Decreto Regional a todas las dependencias involucradas y a los órganos técnicos y administraivos del Gobierno Regional de Loreto.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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MANUAL DE OPERACIONES - MOP DE LA GERENCIA SUB REGIONAL ALTO AMAZONAS

Contenido TITULO 1...

DISPOSICIONES GENERALES «ccc. TITULO Mo

ESTRUCTURA ORGÁNICA...

ORGANO DE DIRECCIÓN

Artículo 7.- Gerencia Sub Regional..

ORGANO DE CONTROL

Artículo 9.- Órgano de Control Institucional Sub Regional...

ORGANOS DE ASESORAMIENTO .

Artículo 12.- Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

Artículo 14.- Oficina Sub Regional de Asesoría Jurídica .... ORGANOS DE APOYO ..

Artículo 17.- Oficina Sub Regional de Administraci ORGANOS DE LINEA..

Artículo 20.- Dirección Sub Regional de Infraestructura... Artículo 22.- Dirección Sub Regional del Ambiente Artículo 24.- Dirección Sub Regional de Desarrollo Social Artículo 26.- Dirección Sub regional de Desarrollo Económico.. TITULO IIL...

PROCESOS..

a) Procesos Estratégicos: .

b) Procesos Operativos o Misionales:

<) Procesos de Soporte o Apoyo: . INVENTARIO DE PROCESOS... MAPA DE PROCESOS .....

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL...

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TITULO 1 O ch Sushi AED

DISPOSICIONES GENERALK

tieso

AL DE LORETO Artículo 1.- Finalidad

La Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas es un Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional de Loreto, y de acuerdo a la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales tiene por finalidad fomentar el desarrollo provincial integral y sostenible, promoviendo el empleo y la inversión pública y privada, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de

acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

Artículo 2.- Naturaleza Jurídica

La Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas, Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional de Loreto, se creó mediante Decreto Supremo N° 017-PM-78, como Comité de Desarrollo de Alto Amazonas, con sede en la ciudad de Yurimaguas y jurisdicción en la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto. Tiene autonomía administrativa en asuntos de su competencia, constituyéndose, para su administración económica y financiera, en una Unidad Ejecutora del Gobierno

Regional de Loreto.

Artículo 3.- Entidad a la que pertenece La Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas es un Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional de Loreto, depende directamente de la Gerencia General

Regional.

Artículo 4.- Funciones generales La Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas como Órgano Desconcentrado del

Gobierno Regional de Loreto tiene las siguientes funciones generales:

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Coordinar, orientar, impulsar y conducir los planes de desarrollo en el ámbito de su jurisdicción territorial e integrar esfuerzos y recursos de los actores territoriales de desarrollo, organismos sectoriales y otros agentes de apoyo. Salvaguardar el mejor uso posible de los recursos asignados, bajo responsabilidad,

Promover la participación del sector privado en la pre-inversión e inversión pública en el desarrollo de su jurisdicción territorial.

Dirigir la gestión pública de la Gerencia Sub Regional en función de los planes operativos, estratégicos y de desarrollo concertado en su jurisdicción territorial, cumpliendo con los objetivos y metas aprobados.

Promover e impulsar convenios y acuerdos entre los sectores público y privado.

Concertar y coordinar con los gobiernos locales, las organizaciones sociales, económicas y culturales de su jurisdicción territorial para la ejecución de proyectos y obras de interés público.

Establecer y mantener canales de comunicación con la población para la difusión de las políticas y proyectos a cargo del Gobierno Regional, así como el avance en la ejecución de los mismos.

Controlar, dirigir, administrar, supervisar y evaluar la ejecución de su presupuesto asignado y gestionar su patrimonio conforme a normatividad vigente.

Facilitar el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, ampliando los mercados de diversos productos.

Elaborar, asesorar, gestionar, apoyar y coordinar la formulación de estudios y expedientes técnicos de proyectos de inversión pública para su jurisdicción territorial, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Supervisar la prestación de los servicios públicos de las unidades desconcentradas sectoriales que brindan en el ámbito territorial de su

competencia.

YURIMAGUAS

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Pp)

Formular, elaborar y proponer el Plan Operativo y el proyecto de Presupuesto ante la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto e Inversión Pública y el Cuadro de Necesidades ante la Gerencia Regional de Administración; asimismo, monitorear, controlar y evaluar su ejecución y resultados.

Ejecutar los proyectos de inversión aprobados para su jurisdicción, integrando los esfuerzos y recursos de los agentes de desarrollo y dependencias sectoriales.

Suscribir Resoluciones Gerenciales que involucren asuntos en materia de su competencia, según corresponda (Unidades Ejecutoras).

Implementar el sistema provincial de Gestión Ambiental, Gestión del Riesgo de Desastres y Acondicionamiento Territorial, en coordinación con las comisiones regionales.

Las demás funciones que le asigne la Gerencia General Regional en el marco de

sus competencias.

Artículo 5.- Base legal

La Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas, Órgano Desconcentrado del Gobierno

Regional de Loreto, se creó con Decreto Supremo N° 017-PM-78, emitido el 21 de

noviembre de 1,978.

Las normas sustantivas complementarias que establecen competencias y funciones

ala Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas son:

Constitución Política del Perú

Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado.

Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización.

Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República,

Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Ley N° 27902, que modifica la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.

Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.

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Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo,

Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias: DS N° 131-2018-PCM y DS N° 064-2021-PCM.

Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y otras disposiciones.

Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública.

Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2018-PCM/SGP, que aprueba la Norma Técnica N° 001-2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública.

Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 002-2020-PCM/SGP, que aprueba los Lineamientos N° 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”.

Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP, que aprueba los Lineamientos N* 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones

  • MOP.

Ordenanza Regional N° 010-2021-GRL-CR, de fecha 12 de agosto de 2021, que aprueba la nueva estructura orgánica del Gobierno Regional de Loreto. Ordenanza Regional N° 04-2022-GRL-CR, de fecha 11 de marzo de 2022, que aprueba el ROF del Gobierno Regional de Loreto.

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TITULO II

ESTRUCTURA ORGANICA

Articulo 6.- Estructura Organica La estructura orgánica de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas, Órgano

Desconcentrado del Gobierno Regional de Loreto, es la siguiente:

0.1 Órgano de Dirección

0.1.1 Gerencia Sub Regional

0.2 Órgano de Control 0.2.1 Órgano de Control Institucional Sub Regional

0.3 Órganos de Asesoramiento 0.3.1 Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

0.3.2 Oficina Sub Regional de Asesoría Jurídica

0.4 Órganos de Apoyo

0.4. 1 Oficina Sub Regional de Administración

0.5.2 Dirección Sub Regional del Ambiente 0.5.3 Dirección Sub Regional de Desarrollo Social

0.5.4 Dirección Sub Regional de Desarrollo Económico

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MANUAL DE OPERACIONES - MOP DE LA GERENCIA SUB REGIONAL ALTO AMAZONAS

ORGANO DE DIRECCIÓN

Artículo 7.- Gerencia Sub Regional

La Gerencia Sub Regional, es el órgano de Dirección de más alto nivel técnico - administrativo, encargada de dirigir y supervisar el funcionamiento de las unidades que la integran, en armonía con los Planes y Políticas Nacionales, Regionales y Provinciales; depende directamente de la Gerencia General Regional del Gobierno

Regional de Loreto.

Artículo 8.- Funciones de la Gerencia Sub Regional

Son funciones de la Gerencia Sub Regional las siguientes:

a) Aplicarlos lineamientos de política respecto a la Gestión Pública, para orientar las actividades y proyectos de inversión hacia el desarrollo socio-económico y ambiental de su ámbito jurisdiccional.

b) Promover acciones orientadas al desarrollo integral, armónico y auto sostenido del ámbito Sub Regional.

€) Hacer cumplir la normatividad vigente en la Gestión Administrativa como órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Loreto.

d) Establecer mecanismos de coordinación con las municipalidades del ámbito

de su jurisdicción y demás entidades públicas y privadas en asuntos de

participación que comprometen el desarrollo provincial.

Conducir el buen funcionamiento de la organización interna de la Gerencia Sub

Regional de Alto Amazonas en el cumplimiento de su rol institucional con

eficiencia y eficacia.

Coordinar y apoyar a los Gobiernos Locales en la ejecución del Presupuesto

Participativo Provincial.

Designar y cesar al servidor público de la Gerencia Sub Regional de Alto

Amazonas.

Suscribir Resoluciones Gerenciales.

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Dirigir la ejecución de los planes y programas de la Gerencia Sub Regional de

Alto Amazonas y velar por su cumplimiento.

Administrar los recursos financieros asignados por la Sede Central del

Gobierno Regional de Loreto, para las actividades y proyectos, orientados al

desarrollo de la provincia de Alto Amazonas.

Dirigir, supervisar, coordinar y administrarlas actividades y proyectos, a cargo

de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas.

Proponer la actualización y/o modificación de los Instrumentos Técnicos Normativos de Gestión Administrativa de la Gerencia Sub Regional de Alto

Amazonas, y otros documentos de gestión dispuestos por Ley.

Disponer la publicación mensual de la estadística socio-económica de la provincia.

Celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional, contratos y acuerdos relacionados con la ejecución de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo, conforme a Ley, dando cuenta al Gerente General Regional.

Impulsar la promoción y gestión de las relaciones de la entidad con entidades similares y otras instituciones del exterior, en particular de países y regiones vecinas, con las que se relacione el Gobierno Regional.

Promover la suscripción de convenios de cooperación nacional e internacional, con sujeción a la normativa vigente, en materia de lucha contra la pobreza, desarrollo e inclusión social, a través de las entidades competentes. Mantener los sistemas de información en Cooperación Técnica Internacional que garanticen la más alta difusión de la oferta, modalidades, fuentes y requisitos para obtenerla Cooperación Técnica, a través del Gobierno Regional de Loreto.

Presentar la Memoria Anual y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros de la Gerencia Sub Regional.

Promover y celebrar convenios, previa delegación de facultades, con

instituciones académicas, universidades y centros de investigación públicos y

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privados para realizar acciones de capacitación, asistencia técnica y/o investigación. '

Designar a los miembros que integren los Comités Especiales y Permanentes para los Procesos de Licitaciones, Concursos y Adjudicaciones.

Organizar, dirigir y conducir las actividades de Defensa Civil de la Entidad, en

coordinación con el Comité Provincial de Defensa Civil.

Formular planes de prevención, evacuación y contingencia; proponiendo al Comité de Defensa Civil de la provincia de Alto Amazonas para su aprobación y ejecución cuando el caso amerite.

Realizar simulacros y simulaciones de eventos catastróficos en la Entidad. Participar en acciones de respuesta inmediata y oportuna ante situaciones de desastres en el ámbito de la provincia, en coordinación con el Comité Provincial de Defensa Civil y el Centro de Operaciones de Emergencia Regional. Programar, organizar y conducir acciones encaminadas a proyectar la imagen institucional positiva de la entidad ante la comunidad, estableciendo políticas comunicacionales y de protocolo, para mejorar el vínculo con la población. Programar acciones de marketing, diseño y publicidad de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas.

Las demás funciones que le asigne la Gerencia General Regional en el marco de

sus competencias.

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Artículo 9.- Órgano de Control Institucional Sub Regional

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El Organo de Control Institucional Sub Regional es el responsable de llevar acciones

de control interno en la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas, promoviendo la

correcta y transparente gestión, de acuerdo a la normatividad vigente.

Depende administrativa y funcionalmente de la Contraloría General de la República

y orgánicamente de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas.

Artículo 10.- Funciones del Órgano de Control Institucional Sub Regional

Son funciones del Órgano de Control Institucional Sub Regional de la Gerencia Sub

Regional de Alto Amazonas las siguientes:

a)

b)

Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la Contraloría, el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia emita la Contraloría.

Formular y remitir para aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánica a cuyo ámbito de control pertenece, la propuesta de la carpeta de servicio correspondiente al servicio de control posterior a ser realizado, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.

Comunicar el inicio de los servicios de control gubernamental al Titular de la Entidad, cuando corresponda.

Ejercer el control gubernamental conforme a las disposiciones establecidas en la Ley, las Normas Generales de Control Gubernamental y demás normativa emitida por la Contraloría.

Formular y aprobar o remitir para aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánica de la Contraloría del cual depende, según corresponda, los informes resultantes de los servicios de control gubernamental; así como, luego de su aprobación, realizar la notificación correspondiente, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.

Elaborar la Carpeta de Control y remitirla al órgano desconcentrado o a la

unidad orgánica de la Contraloría a cuyo ámbito de control pertenece el OCI,

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para su comunicación al Ministerio Público, conforme a las disposiciones emitidas por la Contraloría.

g) Recibir y atender, o de corresponder, derivar las denuncias que presentan las personas naturales o jurídicas, de acuerdo a la normativa aplicable.

h) Realizar los servicios de control gubernamental, respecto a las denuncias evaluadas que les sean derivadas, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.

i) Efectuarelseguimiento ala implementación de las recomendaciones, así como delas acciones preventivas o correctivas que adopte la entidad, a partir de los informes resultantes de los servicios de control, conforme a la normativa específica que para tal efecto emite la Contraloría.

  1. Realizar el registro oportuno en los sistemas informáticos establecidos por la Contraloría, de la información sobre los avances de los servicios de control gubernamental a su cargo, así como de los informes resultantes de dichos servicios.

k) Analizar las solicitudes de servicios de control gubernamental, que incluye pedidos de información presentados por el Congreso de la República, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.

D Apoyar a las comisiones auditoras, comisiones de control, equipos o personal que designe la Contraloría para la realización de los servicios de control gubernamental en la entidad en la cual se encuentra el OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad operativa.

m) Realizarlas acciones que disponga la contraloría respecto a la implementación del Sistema de Control Interno en la entidad, de acuerdo a la normativa

aplicable.

Coadyuvar con la ejecución de las actividades de audiencias públicas y participación ciudadana desarrolladas en su ámbito de competencia.

Cumplir con los encargos asignados en normas con rango de Ley o norma de ámbito nacional con rango o fuerza de ley, así como los asignados en los reglamentos, directivas, manuales, procedimientos y demás normativa

emitida por la Contraloría.

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Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloria.

Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría durante diez (10) años los informes resultantes de los servicios de control gubernamental, documentación de control o papeles de trabajo, denuncias recibidas y en general toda documentación relativa a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigente para el sector público.

Remitir a la contraloría el acervo documentario del OCI respecto a los servicios de control gubernamental, en caso se desactive o extinga la entidad en la cual el OCI desarrolla funciones.

Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados obtenidos en el ejercicio de sus funciones.

Emitir el Informe Anual al Consejo Regional en cumplimiento a lo señalado en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, según corresponda y conforme a las disposiciones emitidas por la Contraloría.

Otras funciones que establezca la Contraloría.

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MANUAL DE OPERACIONES - MOP DE LA GERENCIA SUB REGIONAL ALTO AMAZONAS

ORGANOS DE ASESORAMIENTO

Artículo 11.- Órganos de Asesoramiento

Constituyen órganos de asesoramiento de la Gerencia Sub Regional de Alto

Amazonas, órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Loreto, los siguientes:

0.3.1 Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

0.3.2. Oficina Sub Regional de Asesoría Jurídica

Artículo 12.- Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

La Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, es un órgano de asesoramiento dependiente de la Gerencia Sub Regional, y es responsable de los sistemas administrativos de Planeamiento Estratégico, Presupuesto Público, Inversión Pública y Modernización de la Gestión Pública, asimismo, desempeña acciones en materia de Acondicionamiento Territorial e Informática, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento,

Presupuesto e Inversión Pública del Gobierno Regional de Loreto.

Artículo 13.- Funciones de la Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

Son funciones de la Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial las siguientes:

a) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Inversión Pública y Modernización.

Proponer y aprobar directivas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización.

Participar en la formulación del Plan Estratégico Institucional.

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Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo alas normas y lineamientos técnicos sobre la materia.

Emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión de la Entidad. Promover, asesorar y participar en la formulación de la gestión de procesos, simplificación administrativa y demás materias comprendidas en el sistema administrativo de modernización de la gestión pública.

Evaluar y proponer el Proyecto de Presupuesto Institucional Anual con una perspectiva de programación multianual y gestionar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) ante la Sede Central del Gobierno Regional de Loreto.

Gestionar ante la Sede Central del Gobierno Regional de Loreto la aprobación de la Programación de Compromisos Anualizada (PCA) de la entidad.

Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestal de la entidad, elaborando proyecciones de gastos y de avance de metas financieras.

Realizar la conciliación semestral y anual del marco legal del presupuesto de la entidad.

Ejecutar y coordinar con la Oficina Regional de Presupuesto de la Sede Central las fases del Proceso Presupuestario de la entidad, sujetándose a las disposiciones del Sistema Nacional de Presupuesto Público y las que emita la Dirección General de Presupuesto Público como su ente rector.

Implementar los procedimientos y lineamientos para la gestión del proceso presupuestario en la entidad, brindando asesoramiento técnico y coordinando con los órganos de la entidad.

Gestionar ante el Pliego la programación multianual, formulación y aprobación del presupuesto institucional, garantizando que las prioridades acordadas institucionalmente guarden correspondencia con los Programas Presupuestales y con la estructura presupuestaria.

Consolidar, verificar y presentar al Pliego la información que se genera en la entidad, respecto a la ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modificaciones, de acuerdo al marco límite de los créditos

presupuestarios aprobados.

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Participar de las fases del proceso presupuestario a nivel provincial y regional, en coordinación con el Pliego.

Asesorar a las unidades orgánicas de la entidad en el proceso de modernización de la gestión institucional, conforme a las disposiciones normativas del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, emitiendo opinión técnica en el marco de sus competencias. Coordinar con las unidades orgánicas de la Entidad la implementación de las normas, metodologías, instrumentos, estrategias y lineamientos sobre simplificación administrativa, calidad de la prestación de los bienes y servicios, gobierno abierto y gestión por procesos, conforme a las disposiciones normativas de la materia.

Coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como la elaboración y actualización de sus documentos de gestión en materia organizacional y de procedimientos administrativos (TUPA), conforme la normativa de la materia.

Coordinar con las unidades orgánicas de la entidad e implementar acciones vinculadas a la identificación, seguimiento y documentación de la gestión del conocimiento.

Coordinar con la Alta Dirección e implementar las actividades destinadas a la evaluación de riesgos de gestión, en el marco de las disposiciones sobre la materia.

Identificar e implementar oportunidades de integración de servicios en todas sus modalidades, para brindar mejores servicios a la ciudadanía, en coordinación con el sector correspondiente y/o con el órgano rector de la materia.

Ejecutar los procesos de acondicionamiento territorial, en el ámbito provincial, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto e Inversión Pública.

Orientar a la población de la sub región, sobre los procesos y acciones de

demarcación y organización territorial.

Gerencia Sub Regional YURIMAGUAS

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x) Administrar las tecnologías de la información, a través de la gestión de soluciones de software y hardware, gestión de servicios y la gestión estratégica de tecnologías de los órganos y unidades orgánicas

y) Procurar la disponibilidad y seguridad de las redes, comunicaciones, bases de datos, parque informático de la Gerencia Sub Regional, así como de los diferentes servicios de las tecnologías de información y comunicaciones internas y de aquellos orientados al ciudadano.

z) Elaborar y mantener actualizado el inventario del parque informático institucional, como equipos de cómputo, impresoras, escáner y demás recursos hardware de las unidades de organización, así como de los recursos software disponibles como sistemas y licencias informáticas.

aa) Implementar y mantener operativo el Internet, Portal Web Institucional y Portal de Transparencia Estándar de la Entidad.

bb) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.

cc) Visar resoluciones en las materias desu competencia.

dd) Las demás funciones que le asigne el Gerente Sub Regional de Alto Amazonas, en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma

expresa.

Artículo 14.- Oficina Sub Regional de Asesoría Jurídica

La Oficina Sub Regional de Asesoría Jurídica es un órgano de asesoramiento dependiente de la Gerencia Sub Regional, es la responsable de brindar asesoramiento en asuntos de carácter jurídico y absolver las consultas técnico -

legales que le sean formuladas por la Gerencia y demás oficinas de la entidad.

Informar, opinar, asesorar y absolver consultas sobre los asuntos de carácter legal, jurídico y administrativo, que formulen las diferentes oficinas de la

Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas.

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Formular resoluciones, contratos, convenios y demas documentos que la Gerencia Sub Regional debe emitir y/o celebrar con otras entidades o terceros, así como revisar y opinar cuando estos hayan sido elaborados por otras dependencias.

Emitir opinión legal en asuntos vinculados en contrataciones de bienes, servicios y obras, sobre aspectos propiamente jurídicos, en mérito al sustento técnico evaluados por el área usuaria y/u órgano encargado de contrataciones de la entidad.

Recopilar, analizar, compendiar sistemáticamente y difundir internamente y en forma oportuna la legislación relacionada con los Gobiernos Regionales. Mantener estrecha coordinación con la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Loreto, con la finalidad de unificar criterios jurídicos sobre determinados temas recurrentes, (casos judiciales, arbitrales y/o administrativos).

Participar y asesorar en el aspecto legal a las diferentes comisiones oficiales y alos equipos de trabajo a nivel institucional e interinstitucional.

Participar y orientar a la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios de la entidad.

Emitir opinión en los recursos administrativos que se presentan en la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas.

Prestar apoyo legal a la Procuraduría Pública Regional en las acciones que intervenga el Gobierno Regional en la provincia de Alto Amazonas, cuando le delegue funciones.

Otras funciones que le asigne la Gerencia Sub Regional.

Gerencia Sub Regional YURIMAGUAS

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ORGANOS DE APOYO

Artículo 16.- Órganos de Apoyo Constituye órgano de apoyo de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas, órgano

desconcentrado del Gobierno Regional de Loreto, el siguiente: 0.4.1 Oficina Sub Regional de Administración.

Artículo 17.- Oficina Sub Regional de Administración

La Oficina Sub Regional de Administración es un órgano de apoyo dependiente de la Gerencia Sub Regional; responsable de planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las funciones de los Sistemas Administrativos de Gestión de Recursos Humanos, Logística, Control Patrimonial, Contabilidad y Tesorería. Asimismo,

desempeña acciones en materia de Trámite Documentario y Archivo.

Artículo 18.- Funciones de la Oficina Sub Regional de Administración

Son funciones de la Oficina Sub Regional de Administración las siguientes:

a) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos vinculados a la gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad y tesorería,

b) Proponer y aprobar directivas y normas de aplicación en el ámbito

institucional, relacionadas con los Sistemas Administrativos de gestión de

recursos humanos, abastecimiento, contabilidad y tesorería.

Supervisar la ejecución del Plan de Desarrollo de las Personas - PDP de la

entidad.

Suscribir contratos relacionados a la adquisición de bienes, contratación de

servicios y otros de su competencia.

Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles de la

entidad, así como del control y la actualización del margesí de los mismos.

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Proponer, gestionar, emitir y ejecutar los actos de adquisición,

administración, disposición, registro y supervisión de los bienes de la entidad.

Supervisar el control patrimonial y custodia de los activos y de los bienes en almacén.

Administrar los recursos financieros en concordancia con el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, así como informar oportuna y periódicamente a la Alta Dirección y a las entidades competentes que lo requieran sobre la situación financiera de la entidad,

Dirigir y supervisar la formulación de los estados financieros y presupuestarios de la entidad.

Participar en coordinación con la Oficina Sub Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en las fases de programación y formulación del presupuesto institucional de la entidad, así como conducir su fase de ejecución.

Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas y financieras de la entidad, en cumplimiento de las normas del Sistema Administrativo de Control.

Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro de Declaraciones Juradas de la Contraloría General dela República, de conformidad con la normatividad vigente.

Emitir actos administrativos o de administración que correspondan en el marco de las competencias asignadas en la normatividad vigente.

Ejecutar los procesos vinculados a la gestión del flujo financiero en la entidad, conforme a las disposiciones del Sistema Nacional de Tesorería. Proponer y aplicar normas, lineamientos y directivas internas, así como realizar seguimiento y evaluación de su cumplimiento, conforme a la

normativa del Sistema Nacional de Tesorería.

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Gestionar la ejecución financiera del gasto en su fase de pago, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAFSP) o el que lo sustituya.

Ejecutar el proceso de recaudación, depósito y conciliacién de los ingresos generados por la entidad, por las diferentes fuentes de financiamiento, efectuando su oportuno registro en el SIAF-SP o el que lo sustituya. Implementar la aplicación de medidas de seguridad para la c


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