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004-2021-SO-GRL-CR Regional Ordinance Loreto In force

Ordenanza Regional N.° 004-2021-SO-GRL-CR

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LORETO ZZ ¡49 Amazonas A “Año del Bicentenario del Perú: 200 Años Nara Nara ct de de Independencia”

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL

SOLICITA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ORDENANZA REGIONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL OBSERVATORIO REGIONAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN LA REGIÓN LORETO. PEDIDO SOLICITADO POR EL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO, LIC. ELISBAN OCHOA SOSA.

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 004-2021-SO-GRL-CR: 08/01/2021

Iquitos, 08 de enero de 2021

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional:

VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Loreto, de fecha 08 de enero del año 2021, el pedido de solicitar Aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional para la Implementación y Puesta en Marcha del Observatorio Regional de la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar en la Región Loreto. Pedido solicitado por el Señor Gobernador Regional de Loreto, Lic. Elisban Ochoa Sosa, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1912 de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 82, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.

Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR; REMITIR EL PEDIDO SOLICITADO POR EL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO, LIC. ELISBAN OCHOA SOSA, SOBRE LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ORDENANZA REGIONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL OBSERVATORIO REGIONAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN LA REGIÓN LORETO, A LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL PARA SU DEBATE, EVALUACIÓN, ANALISIS, INFORME TÉCNICO — LEGAL Y DICTAMEN.

QUESO

compromiso con

“22145 Amazonas “Año del Bicentenario del Perú: 200 Años Maravita Natura det Mundo de Independencia”

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL

ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA SU CONOCIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO, ASÍMISMO A LA OFICINA REGIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GOREL: www.regionloreto.gob.pe.

ARTÍCULO TERCERO: EL PRESENTE ACUERDO ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN.

POR TANTO:

NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

Dado en la Ciudad de Iquitos a los Ocho Días del mes de enero del año Dos Mil Veintiuno, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/2274426-004-2021-so-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2324734/Acuerdos%20Ordinarios%20de%20Consejo%20N%C2%B0%20004-2021-SO-GRL-CR.pdf