Acuerdo de Consejo Regional N.° 003-2026-SO-CR-GRL
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Iquitos, 09 de enero de 2026 VISTO:
En Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional, mediante Oficio (M) N° 001-2026-GRL-CR-CD, de fecha 05 de enero de 2026, el Consejero Delegado Sr. Ribelino Rengifo Rodríguez, convoca a sesión ordinaria para la aprobación del Programa de Acciones de Fiscalización - PAF 2026 del Consejo Regional de Loreto.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8”, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.
Que, el Artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;
Que, de acuerdo a la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI: Balance Semestral de los Regidores Municipales y Consejeros Regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización, se procedió con la elaboración del programa de acciones de fiscalización - PAF 2026.
Que, el programa de acciones de fiscalización - PAF, es el documento de programación anual, elaborado y aprobado por el consejo regional o concejo municipal dentro del primer trimestre de cada año fiscal, con base al presupuesto anual asignado para la función de fiscalización en el marco de la Ley N° 31812, el cual contiene los materiales a fiscalizar respecto a la gestión pública del gobernó regional municipal.
Que, el PAF se elaboró de acuerdo a la estructura contenida en el anexo N° 3, programa de acciones de fiscalización de la presente directiva y se adjunta en el aplicativo informático para el registro del balance.
Que, conforme al inciso b) de la Ley N° 31812, ley que modifica el literal
k del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se
formuló el PAF 2026, con un monto de S/. 2'969,146.00, que corresponde
al 1.5 % del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y
servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego.
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CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 003-2026-SO-CR-GRL
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Que, de acuerdo a la consulta realizada al portal transparencia del MEF 2026, del Gobierno Regional de Loreto, se aprecia una programación en el PIA y PIM en la meta presupuestal 00001-861: seguimiento de fiscalización de los Consejos Regionales y Concejos Municipales a nivel nacional, por un monto de S/. 473,835.00. ESTE MONTO PROGRAMADO NO CORRESPONDE CON LO ESTABLECIDO EN EL INCISO B) DE LA LEY N° 31812.
Que, el programa de acciones de fiscalización PAF - 2026, contiene un total de 32 fiscalizaciones programadas para el año 2026, distribuidos en 16 fiscalizaciones en el I semestre y 16 para el II semestre. La formulación del PAF se realizó conforme a lo establecido en inciso b) de la Ley N° 31812, y la Directiva N.° 010-2024-CG/PREVI: Balance Semestral de los Regidores Municipales y consejeros Regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización.
Que, de acuerdo al Artículo 39° de la misma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, primer párrafo, refiere lo siguiente: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 2”, numeral 1, del Reglamento Interno del consejo, son atribuciones de los consejeros, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
En estación orden del día, conforme al artículo 20” del Reglamento Interno del Consejo Regional, se dio cuenta del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Loreto, y del voto de los consejeros Regionales presentes en la sesión ordinaria del Consejo Regional, y;
Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar, Programa de Acciones de Fiscalización — PAF 2026 del Consejo Regional de Loreto;
ARTÍCULO SEGUNDO: Encargar, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, cumpla con notificar el presente acuerdo a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto para su conocimiento e implementación del presente acuerdo, y al diario de mayor circulación de la región para su publicación, y a la Gerencia Regional de Tecnologías de la Información y Telecomunicación, a efecto de publicar el presente acuerdo de Consejo Regional, en el portal web del GOREL: www.regionloreto.gob.pe.
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LIRA,
ARTÍCULO TERCERO: EL presente Acuerdo de Consejo, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO: NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la Ciudad de Iquitos a los nueve Días del mes de enero del año Dos Mil Veintiséis, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.
UC JOSE GABRIEL lg CONSEJERO DE!
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/7615264-003-2026-so-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9283146/7615264-acr-003-2026-so-cr-grl.pdf