Decreto Regional N.° 003-2025-GRL-GR
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col DECRETO REGIONAL N° PP. GR. ino sue
REGIONAL DE LORETO
Belén, 25 de marzo del 2025
VISTO; El Oficio N° 394-2025-GRL-GGR-GREL-G, de fecha 13 de marz: de 2008 mitido por la
GOAL y, ES Pe Gerencia Regional de Educación de Loreto, Oficio N° 526-2025-GRL-t GGR- -GREL-DGI, de fecha Y 13 de marzo del 2025, expedido por la Dirección de Gestión Institucional; Oficio
246-2025- | GRL-GGR-GRAJ, de fecha 05 de marzo del 2025, emitido por la Gerencia Regional'de Asesoría GY vi Oficio N° 008-2025-GRL-GGR/DGRIP, de fecha 05 de febrero de 2025, Acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales N° 001-2025-GRL-SEO-DGR, de ‘fecha 29 de enero de 2025, expedido por el Presidente (e) del Directorio de Gerencia Regionales, ¡Informe Legal N* 055-2025-GRL-GGR-GRAJ, de fecha 22 de enero de 2025, emitido por la ¡Gerencia ¡Regional de Asesoría Jurídica, Oficio N° 007-2024-GRL-GGR-OEDIP, de fecha: 15: de enefo de 2025, expedido la Jefatura de la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional y Proces: ficio N° 1962- 2024-GRL-GGR-GREL-G, de fecha 26 de diciembre de 2024, emitido por la ¡Gerencia Regional de Educación de Loreto, sobre la aprobación del documento de gestión denominada Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación Loreto, y;
CONSIDERANDO:
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; menda para su administración económica y financiera; un Pliego Presupuestal con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; el articuld 192° en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para apro "organización interna y su presupuesto;
Que, el artículo 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por la Ley N° 27902, establece en el numeral 1, literal c) que, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme ala Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto, Del mismo modo, en el artículo 40°, señala que "Los Decretos Regionales establecen normas. Teglame rías para la ejecución de las Ordenanzas Regionales sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y ¡¡de'interé: ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, (ho) ¡Gobernador Regional), con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales”; A |
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley N° 27783, Ley delBases de la Ay, Descentralización: "La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del ostiend sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, sujgtandose a la 3] Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas"; ih
Que, asimismo, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión
Que, el Decreto Supremo N° 103-2022-PCM se aprueba la Política Nacional den
la Gestión Pública al 2030, que es de cumplimiento obligatorio y aplica a todas las entidades de la Administración Pública, señaladas en el Artículo | del Título Preliminar dell Texto Uni o Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado' mediante Decreto Supremo N° 004-2019- JUS;
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¿AN SUPLENTI :
; Unico ¡Ordenado de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, A aprobado fer Beets Supremo N° 004-2019-JUS, establece entre los principios que sustentan el procedimiento ‘administrativo, el debido procedimiento, razonabilidad, celeridad, eficacia y de simplicidad) los cuales deben aplicarse dentro de la actuación de toda entidad de la Administración Pública; ellp implica, entre otros aspectos, identificar, reducir y/o eliminar aquellos procedimientos que resultén Inhécesarios, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados[a Ja'Ley dél Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento;
Que, el Decreto Legislativo N° 1446 modifica algunos artículos de la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, entre otros, el artículo 13° que regula diversas acciones de reformalde la estructura del Estado entre las que se encuentra la extinción de los programas, proyectos Especiales y comisiones del Poder Ejecutivo. Asimismo, el citado Decreto Legislativo incorpora ald Ley el artículo 6-A, que dispone que las entidades públicas del Poder Ejecutivo por su tamañó:'o la complejidad de sus operaciones pueden declararse en fortalecimiento organizaciónal, ¡permitiendo a la entidad que el proceso de elección de la estructura orgánica más adecuada para el cumplimiento de sus funciones se efectúe de forma progresiva. Igualmente, el Decreto Legislativo N° 1446 incorpora la Octava Disposición Complementaria y Final en la Ley, que establéce que los Ministerios, Gobiernos Regionales y Locales, comunican a la Presidencia del Consejo de Ministros la creación, fusión y extinción de programas, proyectos especiales y cualquier ofta‘entidad a su cargo;
Que, él artículo §3°'del Decreto Supremo N° 131-2018- PCM, que modifica los "Lineamientos de JOrganizaci | Estado", aprobado mediante Decreto Supremo N° 054- 2018-PCM, establece que: "El Manual de Operaciones - MOP, es el documento técnico normativo de gestión organizacional: que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; b) La estructura Orgánica al interior de los órganos desconcentrados, cuando corresponda, ..c); La.) estructura Orgánica al interior de los órganos académicos cuando corresponda" Asimismo, el artículo 55* numeral 55.2) establece que: “El MOP se aprueba, según corresponda; por/Resolución Ministerial, o por Resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía en el caso de los goblernos i
Que, la Carla Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, de la modificatorja del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece en su primer, segundo y tercer párrafo qué: ¿Para lá organización de los Gobiernos Regionales y Locales prevalece el enfoque territorial, Yelando: por la integración de las funciones y actividades sectoriales que tengan sinergias Positivas en su ejecución. Las Direcciones Regionales son parte de los Gobiernos Regionales, ejercen funciones sustantivas y dependen de la respectiva Gerencia Regional (..
i Que, mediante Ordenanza Regional N° 004-2022-GRL-CR, de fecha 11 de marzo de 2022, se. aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidadf «contiene ‘las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especia de Sus unidades de organización, así como de sus relaciones de dependencia;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto, establece en: el artículo 9”.- La Gobernación Regional, es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional yise constituye en la máxima autoridad de su Jurisdicción, su titular es el representante egal y Titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional; señala en su artículo 10°- Funciones E la Gobernación Regional, inciso d) Dictar Decretos y Resoluciones Regionales;
Que, medjante Ordenanza Regional N° 010-2021-GRL-CR, se aprobé la nueva Estructura Organica E Gobierno Regional de Loreto, como resultado del Proceso de Reestructuración
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Administrativa a partir del año 2019, que fuera declarado mediante Ordenanza Region Regional de
RL-CR, en el cual se convierte a la Dirección Regional de Educación en Gere ¡ducación, con la finalidad de mejorar el'servicio y la calidad educativa; |} Hi ES ue, de conformidad con el artículo 143°-de la Ordenanza Regional N° 04-2022-GRL-CEl a la Gerencia Regional de Educación de Loreto, le compete: Desarrollar su estructura en un Manual de Operaciones que responda al marco normativo de Modernización de la Gestión Pública que se viene con la finalidad de mejorar el servicio y la calidad educativa; en el caso del servicio educ; Manual de Operaciones se formuló con la finalidad de garantizar que dicho servicio leg; en condiciones de calidad y con pertinencia cultural y lingúística;
al ciudadano
Que, mediante Resolución Gerencial General Regional N° 591-2022-GRL-GGR] de fecha!28 de octubre de 2022, se apruoba la Directiva General N” 005-2022-GRL-GGR-OEDIP |- *Nofmas para la Formulación, Modificación, Actualización y Aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de Competencia de los Órganos del Gobierno Regional", cuyo ámbito de aplicación alcanzala los órganos desconcentrados, proyectos y programas especiales del Gobiemo Regional de Loreto (
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 176-2021-MINEDU, de fecha 27 led de 2021, se aprueba la Norma Técnica "Orientaciones para.la Organización y Funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación (ORE) y Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL)"¡conlel objetivo de establecer orientaciones y criterios para el diseño organizacional y funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y las Unidades de Gestión Educativa Local, a fin jue contribuyan a la generación de modelos organizacionales modernos y orientados a’ EE
ue, mediante Ordenanza Regional N* 001-2024-GRL-CR, de fecha 24 de engro de 2034, se aprueba Sape@, la creación de la Unidad de Gestión Educativa Local Intercultural Blingog en a juliddiccion de la SEES Provincia del Datem del Marañón!: ieee |
Que, mediante Oficio N° 1962-2024-GRL-GGR-GREL-G, de fecha 26 de diciembre de 2024, el Gerente Regional de Educación de Loreto, solicita la gestión de aprobación del documento de gestión denominado "Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación de Loretol, y sus nueve (8) Órganos Desconcentrados (Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL’s), el mismo que incluye recientemente creada la Unidad de Gestión Educativa Local Datem del Marañón ~ Intercultural Bilingue. Del mismo mado remite la documentación, opinión legal y técnica contenida er el InformelLegal N° 190- 2024-GRL-GGR-GREL-OAJ, de fecha 20 de diciembre de 2024, expedido porla Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica — GREL, y el Informe N° 08-GRL-GGR-GREL-DGIPLAN, def fecha 20 de diciembre de 2024, remitido por la Directora de Gestión Institucional GREL, emite opinión favorable a la
propuesta para aprobar el Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Regional dejEducación de Loreto; e A
Que, la Jefatura de la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional y Procesos OEDIP, a tiavés del Oficio NN" 007-2025-GRL-GGR-OEDIP, de fecha 15 de enero del 2025, remite el: Informe: N?001-2025-GRLGGR-OEDIPIAOFIIETA, de fecha 15 de enero de 2025, suscrito por el Asistentá; Administrativo | adscrita a la Oficina antes referida, sobre la propuesta de aprobación del Manual ‘de Operaciones — MOP de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, la cual concluye de la revisión efectuada a la Propuesta antes descrita, lo siguiente: ety |
- Los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto! Supremo|N* 054-2018- +» PCM y modificados por el D.S. N° 131-2018-PCM y D.S. N° 084'2024:F01f.. regulan los
i principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y fungjonamiento de las entidades del Estado, Ñ
‘Mestanta Ordanonza Regional N* 020:2026GRL-CR, d facha 25 do setembre de 2024, s asusto env cvs: “Ani Primero Dejar sn sce, Ordenanza Regional H 9012024 GRLCR, de fecha 24 da amor d 2024 (.) Area Segundos Agata, a Oráemanca Regana "Que cas | Date e Maan ner irgdn (UGEL OATEM DEL MARAÑÓN 10) opa aude admira o wars gp
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la jurisdicción de la Provincia de Datem del Marañón; y siendo de prioritaria icluirla. en el listado de UGEL de: la GRE, motivo por el cual se requiere la bat ¡ón del Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación y en aplicación losiLineamientos de Organización del Estado, la Resolución de Secretaría de Gestión lública: N*002-2020-PCM/SGP, que aprueba los Lineamientos N° 01-2020-SGP denominado 'unciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos", la Directiva General
sel Manual de Operaciones (MOP) de Competencia de los Órganos del Gobierno (slLoreto" aprobada mediante Resolución Gerencial General Regional N° 591-2022- e fecha 28 de, otubre de 2022 y, por el volumen de funciones, y procesos que Gerencia Regional de Educación de Loreto, para la prestación de sus bienes y ívlcios Gon un enfoque de servicio al ciudadano, y con la finalidad de asegurar la stenibilidad de la gestión regional sectorial, es de urgente necesidad aprobar su respectivo Wal de. Operaciones — MOP, para la implementación de sus líneas jerárquicas, sponsabilidades y coordinaciones de las referidas unidades de organización establecidas en ico: dociimento de gestión, sin que su aprobación e implementación genere mayor ne su presupuesto institucional aprobado y la contratación de personal;
de aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Regional de :ducación: de Loreto y de las Unidades de Gestión Educativa, ha sido elaborado como un lacumento: Técnico Normativo de Gestión Organizacional Unico, en el cual se define la structura Orgánica de la gerencia Regional y sus nueve (09) Órganos Desconcentrados (UGEL'S) siendo estas las siguientes:
‘ UMaynas.
EL/Alto. Amazonas — Yurimaguas. UGEL¡Ucayali- Contamana.
UGEL‘Mariscal Ramon Castilla- Caballo Cocha. UGEL Requena. UGEL Loreto — Nauta. : UGEL/Alto Amazonas — San Lorenzo.
- PUSEL) Putumayo. GEL Daten del Marañón Intercultural Bilingue.
Informe Legal N° 055-2025-GRL-GGR-GRAJ, de fecha 22 de enero de 2025,
Gerencia Regional de Asesoría Juridica, opina en forma favorable por la aprobación de la propuesta del Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, y de las Unidades de Gestión Educativa, conforme lo detalla en dicho documento, al haberse elaborado siguiendo los criterios y lineamientos establecidos en las normas vigentes en materia de organización del Estado emitidos por la Secrefaria.de Gestión Pública POM, órgano rector del Sistema Administrativo de Modernización del Estado;
Que, col l Acuerdo 46 Directorio de Gerencias Regionales N* 001-2026-SRL-SEO- DGR, de fecha 29 de enero dej2025,:se Aprobé por unanimidad el Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Regional de Educación « de Loreto; incluyendo sus nueve (09) Órganos Desconcentrados (Unidades de Gestión Educativa Local UGEL's) antes mencionados, y con Oficio N° 008-2025-GRL-GGRIDGRIP, de fecha 05 de febrefo.de 2025, se solicita al Gobernador Regional, emita y suscriba el Decreto Regional correspohdienté; y¿con Proveído N° 01314, derfecha 05 de febrero de 2025, se deriva a la Gerencia Reglonalide Asesotia Juridica, para evaluación y opinión respectiva;
o : EA nego
‘acyl Ntra Mao
ue, mediante Oficio N° 246-2025-GRL-GGR-GRA), de fecha 05 de marzo del 202 egional de Asesoría Jurídica, remite los actuados del Expediente Administrativo sobre el Acuerdo fel Directorio de Gerencias Regionales N° 001-2025-GRL-SEO-DGR, que aprobó por unanimidad Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, afin de solicitar aclaración respecto a la denominación de la UGEL correspondiente a la Provincia de Datem del Marañón, conforme al detalle establecido en dicho documento; siendo subsanado dicha aclaración con Oficio N° 526-2025-GRL-GGR-GREL-DGI, de fecha 13 de marzo de; 2025,:¡emitido por la Dirección de Gestión Institucional de la Gerencia Regional de Educacién’ Loreto,|mediante el cual remite el Informe N° 002-2025-GRL-GGR-GREL-DGI-PLAN, de fecha 12 de ‘maizo de 2025, de la Jefatura del Área de Planificación; precisando que la UGEL pertinente a la jurisdicción de la
provincia de Datem del Marañón - San Lorenzo se denomina UGEL Alto Amazonas — San Lorenzo; i
Que, con Informe Legal N° 130-2025-GRL-GGR-GREL-OAJ, de fecha 13 de margo de 2025, expedido por la Jefatura de la Oficina de Asesoría Juridica de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, opina viable la propuesta de aprobar el Manual de Operat le lla Gerencia Regional de Educación de Loreto; y se recomienda derivar el presentg proyecto fal Gobierno Regional de Loreto, el cual fue aprobado por el Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N* 001-2025-GRL-SEO-DGR, habiéndose levantado las observaciones precisadas, para continuar con los trámites correspondientes conforme a Ley. Del mismo modo, señála que de acuerdo a la Ley del Procedimiento Administrativo General, siendo de aplicación obligatoria:gh todas las entidades de la administración pública, estipula que la omisión o defecto ¡de alguno de los requisitos de validez de todo acto administrativo o de administración, E! vicios que
pueden afectar su validez, por ello al no haberse publicado en el diario “El, Peruano], el Decreto Regional N° 006-2023-GRL-GR y el Decreto Regional N° 003-2024-GRL-GR, que reso vió aprobar | Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación, debiendo ser este derogado y probar el Manual de Operaciones correspondiente; Ñ i
Que, de la revisión de la normativa se advierte que, con la remisión .de::la | información proporcionada por la Gerencia Regional de Educación de Loreto, mediant: NN 1962-2024- GRL-GGR-GREL-G, Informe N° 08-GRL-GGR-GREL-DGI/PLAN de la! Dire ide * Gestión Institucional — GREL y el Informe Legal N° 190-2024-GRL-GGR-GREL-OAJ; emitido por la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica — GREL, que la propuesta del Manual de Operaciones
- MOP de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, ha cumplido con la previsión normativa establecida en el tercer párrafo de la Cuarta Disposición Complementaria Final lel Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, asimismo, adjunta el Informe N° 001-2025-GRL-GGR-OEDIP/AOFI/ETA, elaborado por la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional y Procesos OEDIP, emite opinión técnica favorable; 'asf/corjo el Informe hay Legal N° 055-2025-GRL-GGR-GRAJ, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina
en forma favorable la aprobación de la propuesta del Manual de Operaciónes (MOP) de la Gerencia Regional de Educación de Loreto; con Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales N° 001-2025-GRL-SEO-DGR, de fecha 29 de enero de 2025, se aprobó por unanimidad el Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, incluyendo sus nueve (09) Órganos Desconcentrados (Unidades de Géstión Educativa Local - ÚGEL'S), e] mismo que ha sido elaborado de acuerdo a las normas legales vigentes: sobre la matetiag siendo los siguientes: 1.UGEL Maynas, 2. UGEL Alto Amazonas — Yurimaguas, 3. UGEÍ Ucayali — Contamana, 4. UGEL Mariscal Ramón Castilla - Caballo Cocha, 5. UGEL Requena, 6. UGEL Loreto ~ Nauta, 7. UGEL Alto Amazonas - San Lorenzo, 8, UGEL Putumayo, y; 9. UGEL — Datem del Marañón Intercultural Bilingue, a través de Decreto Regional, norma regional que ge encuentra regulada en el artículo 40° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, cuando establece que (...); y son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional ¡Gobernador Regional) con acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales; I 4
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GOBERNACION REGIONAL
¡DECRETO REGIONAL’ 003-2025-GRL-GR
y Que, por otf lado, es necesario precisar que el Decreto Regional N° 006-2023-GRL-GR, de fecha 14 de setiembre de 2023, que resuelve -entre otros- aprobar el Manual de Operaciones — MOP de la Gerencid Regional de Educación de Loreto, siendo rectificada mediante Decreto Regional N° 003-2024-GRL-GR, de fecha 5 de febrero de 2024, se advierte que no se cumplió con el requisito formal de ser publicado en el Diario Oficial "El Peruano", como lo exige la ley; por lo que se estima que el retardo Manual de Operaciones - MOP del 2023 es inválido; sin embargo, durante su periodo de: vigencia tehia eficacia al existir documentos administrativos que fueron mencionados y aplicados; Siétidd) asf'al tener una propuesta nueva del Manual de Operaciones — MOP de la
idional del Educación de Loreto, corresponde derogar los Decretos Regionales antes
Gerencia descritos;
Estando de acuerdo el Informe Legal N° 055-2025-GRL-GGR-GRAJ, con las visaciones de la Gerencia Regional dé Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeaipientol Presupuesto e Inversión Pública, Gerencia General Regional del Gobierno
Regional del
En observáncia la8!atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, el Gobernador Regional de Gobierno Regional de Loreto;
DECRETA];
ARTÍCULO PRIMERO,- DEROGAR, el Decreto Regional N° 006-2023-GRL-GR, de fecha 14 de setiembre 162033, glle aprobó el Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Regional de Educación dé Lofetó; y su rectificatoria mediánte Decreto Regional N° 003-2024-GRL-GR, de fecha 5 de febrero de 2024,
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR, el Manual de Operaciones ~ MOP de la Gerencia Regional de Educaciónide Lotéto, el mismo que consta de tres (03) títulos, sesenta y uno artículos (61) y anexos, enfmérito alos fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Regional. q did:
t i ARTICULG - ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Educación de Loreto, para su conocimiento;! aplicación y ejecución de las acciones administrativas, difusión y publicación del Manual de [Operaciones — MOP de la Gerencia Regional de Educación de Loreto; incluyendo sus nueve (09) 6rganos. Desconcentrados (Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL’s), a través del Diario Qficial “EI Peruano” y el Diario “La Región".
CUARTO ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Tecnología de la Información y Telecomunfeaciones/la publicación del Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Regional de en de Loreto; incluyendo sus nueve (09) órganos Desconcentrados (Unidades de
Gestión Edlicativa Local - UGEL’s), a través del Portal y Transparencia Estándar de la entidad.
ARTÍCULO QUINTO.- REMITIR, a la Secretaría de Gestión Pública (SGP) de la Presidencia del Consejo Mihistros.(PCM) una copia del Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Regional de f
, iy ARTÍCULO SEXTO:- NOTIFICAR, el presente Decreto Regional a todas las dependencias involucrada: i osa ea Regional de Loreto.
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GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LORETO Y SUS NUEVE (9) ORGANOS a DESCONCENTRADOS, UNIDADES DE GESTION EDUCATIVA LOCAL (UGEL')
MANUAL DE OPERACIONE -MOP-
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Manual de Operaciones - Gerencia Reglonal de Eduación
ÍNDICE
TÍTULO PRIMERO... GENERALIDADES DE LA ORGANIZACIÓN . GERENCIA REGIO! IAL DEJEDUCACIÓN . Finalidad. Naturalez atte Funciones Generales
d Organza jonal ...
Funciones Generales
Naturalezí
TÍTULO SEGUI GERENCIA RI
Listado de Descripció
UNIDAD DE Listado de
TÍTULO TERCI ORGANIZACIÓN .. EDUCACIÓN . De la on Orgénica.. De las funciones espec
jones específicas por cada unidad de organización.
ducación....
Gerencia Regional Órgano deje cd Institucional . Consejo Participativo Reglonal de Educación - COPARE
Oficina de Asesoría Jurídica. Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización ‘o Óficina de Administración Oficina de Re 150s Humanos. “Oficina de At ción al Ciudadano y Gestión Documental Dirección de Gestión Pedagógica. Unidad de Gestion Educativa Local. institutos de Educación Superior. Escuelas de Educación Superior... UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL... De la Estructura Orgánica. De las funciones específicas por cada unidad de organización. Dirección ide la Unidad de Gestión Educativa Local. Órgano de Control Institucional... Consejo Participotivo'Local de Educación - COPALE Unidad dé Asesoría Jurídica... Unidad dé.Planeamiento, Presupuesto y Modernización Unidad dé Administración. Unidad dé Recursos Humanos Unidad a Atención al Cludadano y Gestión Documental .
ro. CERTIFICA:
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Manual de Operacionas - Gorencla Regional de Educación
Unidad de Gestión Pedagógic Institución Educotiva (IEE). Centro de Educación Técnico - Productiva (CETPRO).. Red de Educación Rural ..
ANEXOS ... 01. Organigrama 01.01. — Organigrama de la Gerencia Regional de Educación. 01.02. Organigrama de la Unidad de Gestión Educotiva Local
Mapa de Procesos... 02.01. Mapa de Procesos de la Gerencia Regional de Educación... 02.02. Mapa de Procesos de la Unidad de Gestión Educativa Local
Listado de UGEL a cargo de la Gerencia Regional de Educación Loreto.
Listado de IIES
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Manual de Operaciones - Gerencia Regional de Edudación
TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES DE LA ORGANIZACIÓN GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
Artículo 1:
La finalidad: de} jelenda Regional de Educación de Loreto (GREL) es promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación, la Ciencia y la tecnología; así como asegurar los servicios educativos y los programas de atención Ai calidad y equidad en su ámbito jurisdiccional, para lo cual coordina con las Unidades de
Gestión Educativo Local y convoca la participación de los diferentes actores sociales.
Artículo 2.: La Gerencia Regi
del Gobierno educativas regil
el marco de la:
pe Educación Loreto, es el órgano de línea, dependiente de la Gerencia General Regional onal de Loreto, responsable de planificar, formular, implementar y gestionar las políticas les en'el ámbito de su jurisdicción, en concordancia con la política educativa nacional y en Sposiciones técnico - normativas establecidas por el Ministerio de Educación (MINEDU). La GRE Loreto, es} el órgano: que representa la autoridad educativa en la región; se organiza para gestionar, supervisar y evaldar la implementación y cumplimiento de políticas educativas y resultados de la gestión educativa, de aBúérdo a las características del territorio, considerando los estándares de calidad en el servicio educativo establecidos pi Fel Ministerio de Educación (MINEDU).
Artículo 3. |) Funciones Generales igs, ta Gerencia Regional de Educación, tiene las siguientes funciones generales:
Nel, Ejercer la alitoridad sectorial de educación en el ámbito del Gobierno Regional. Formular, lejécltar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recteaclén'de la región, Realizar acciones orientadas a promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos} ¿7
Fiscalizar Universitaria, correspondiente y las y proponerflas Directivas y criterios técnicos de su competencia.
: Realizar, er] coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo de los Pueblos Originarios, acciones para
promover lá educación intercultural y el uso de las lenguas originarias de la región.
incentivar la investigación, la extensión en las universidades y en otras instituciones educativas de nivel
superior, en fúnción del desarrollo regional.
Proponer la lítica integral regional orientada a la mejora en la productividad y competitividad de la región;
a propiciar fa Igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional, al afianzamiento de
los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintas niveles de gobierno, y
al desarrolló de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad.
h)_ Difundir lag manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artísticas y culturales de la región, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo de los Pueblos Originarios y los Gobiernos Locales,
Gestionar la protección y conservación del patrimonio cultural existente en la región, así como identificar y proponeríla decjaración de los bienes culturales no reconocidos que se encuentren en la región por los organismosicompeteñtes.
Fomentar yiparticlpat en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación éducativa que aporten al desarrollo regional y al mejoramiento de la calided del servicio educativo. [ >, s
k). Diseñar y ejecutar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política
educativa rfaci El : ,
Manual de Operaciones - Gorencla Regional de Educación 5 1 |
|) Ejecutar y evaluar, conjuntamente con los gobiernos locales, los programas de alfabetización en el marco de las políticas y programas nacionales. 1 did
m) Diversificar los currículos nacionales, incorporando contenidos significativos. de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica y respondiendo a las necesidades e intereses de losleducandos.
n) Realizar acciones orientadas a modernizar los sistemas descentralizados de gestión educativa y propiciar la formación de redes de instituciones educativas, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y el Ministerio de Educación. Ht
- Diseñar, proponer e implementar las políticas de infraestructura y equipami to) Gobiernos Locales. y
p) Identificar, implementar y promover el uso de nuevas tecnologías eficaces y eficientes oe el mejoramiento de la calidad de la educación en sus distintos niveles.
a) Desarrollar e implementar sistemas de información y ponerla a disposición de la pobladión.
r) - Identificar las prioridades de inversión y gestionar su financiamiento, asf. como. planificar la inversión multianual en infraestructura educativa y equipamiento, en coordinación con los Goblernos Locales, para orientar el cierre de brechas regionales, en coordinación con la Gerencia Regional: de:Desarrollo Social, y
la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto e Inversión Pública. 7 Hite
s) Evaluar periódicamente los logros alcanzados por la región en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que desarrolla el Ministerio de Educación, así como ae desarrollo de la
Lehi con los
politica de acreditación y certificación de la calidad educativa en la región. |.)
t) Desarrollar los procesos de profesionalización, capacitación y actualización ¡del personal docente y administrativo de la región, en concordaneja con el plan nacional de formación col i
capacidad de innovación y funcionamiento y la pertenencia a redes, con partici an de la población. v) Articular, asesorar y monitorear en el campo pedagógico y administrativo a las unidades de gestión local.
Identificar y proponer oportunidades de participación de universidades, empresas'e Instituciones de la sociedad civil, en la ejecución de los planes de desarrollo regional. i hits 1
Autorizar, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Locales, a, ee" de las
instituciones educativas públicas y privadas. 4 10100
Formular, conducir y evaluar la gestión del presupuesto educativo de la regjónten! Espreltación con las Unidades de Gestión Educativa Locales.
- Emitir y suscribir todo acto administrativo, autorización, licencia, permiso o contrato sel in le corresponda en el ámbito de su competencia.
aa) Las demás funciones que le asigne la Gerencia General Regional en el marco de sus competencias.
“s Artículo 4. Base Legal
Las normas que establecen las competencias y funciones de la Gerencia Regional de Educación, son las
siguientes; las mismas que incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de corresponder: y!
“"a) Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. i
b) Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización
c) Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Fun
d) Ley N° 27818, Ley para la Educación Bilingúe Intercultural.
e) Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
f) Ley N° 28044, Ley General de Educación.
fe! Originat lo
Peruano en su y artículo 462, h) Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fom lenguas originarias del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N* 004: i) Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias. j) Ley N* 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Cartera, Pablig la de sus Docentes, y su modificatoria aprobado por Ley N° 31653.
Manual de Operaciones - Gerencia Regional de Educación
k) Decreto sde N?/030-2020-PC M, Reglamento de la Ley de Modernización de la Gestión del Estado. |) Decreto Súpremo N*/054-2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias. m)_ Decreto Súpremo N?.009-2016-MINEDU, que modifica el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación] i rel a
n) Decreto $ #004-2013-PCM, que aprueba la Politica de Modernización de la Gestión Pública.
©) Decreto Suprema NiD11-2012-EO, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educación y sus modificatdhas,
Pp) Resolución Organizacit Educativa L
a) Resolució
Inisteríal N" 176-2021-MINEDU, aprueba la Norma Técnica "Orientaciones para la Y Funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y Unidades de Gestión al (UGEL)".
ferial N° 047-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica que regula la creación les de Gestión Educativa Local en el ámbito nacional, así como la inscripción en «el Registro = Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y de Unidades de Gestión otal ~RENDUGEL.
de’Secretarfa General N° 938-2015-MINEDU, que aprueba los Lineamientos para la Gestión
Nacional Educativa
r) Resolución de Educativa Descentralizada.
- Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2018-PCM-SGP, que aprueba la Norma Técnica N° 001-2018- Pi Norm: Técnica para la implementación de la Gestión por Procesos en las Entidades de la Administract iy Pública.
t) Resoluciónidé Secretatía de Gestión Pública N° 004-2019-PCM-SGP, que aprueba Lineamientos "Principios de Actuación para la Modernización de la Gestión Pública".
- Resolución de Secretaría de Gestión Pública N* 002-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N* 01-
2020-SGP denominados "Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos".
Resoluciér de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N° 02-
2020-SGP 'stablecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el
Manual dejOpera 1s (MOP).
}/ Resoluciór] Ministerial N* 519-2018-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo Intercultural
Bilingúe. je) E
Convenio N* 169'de la Organización Internacional de Trabajo, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países
Independiéntes, y su ratificacién aprobada por Resolución Legislativa N° 26253.
y) Ordenanz; 04-2022-GRL-CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones -ROF del Gobier] de Loreto. +
Lás demás ia qué regulan las funciones de responsabilidad compartida o exclusiva de la Gerencia Regional «deEducación Loreto, |
i. Y UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
Artículo 5. | Finalidad . Las finalidades Be la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), son:
a) Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas para lograr su autonoma. El
- Impulsar lalcohesión:social; articular acciones entre las instituciones públicas y las privadas alrededor del Proyecto Educativo Local; contribuir a generar un ambiente favorable para la formación integral de las personas, el desarrollo de capacidades locales y propiciar la organización de comunidades educadoras.
©) Canalizar elfaporte de los gobiernos municipales, las Instituciones de Educación Superior, las universidades públicas y privadas y otras entidades especializadas.
d) Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación y por la entidad correspondiente del Gobierno Regional.
CERTAFIGA: Que es copia Mel del rigina
Manual do Oporaciones - Gerencia Regional de Educación
Articulo 6. Naturaleza Organizacional . 4
La Unidad de Gestión Educativa Local es la unidad de organización desconcentrada, dep diente de la Gerencia
Regional de Educación, responsable de garantizar la adecuada prestación del sel vicio requerimientos de los servicios educativos (II.EE., Programas, IES, EES, CETPROS y Redes |
lucativo y atender lucativas), así como
de la comunidad educativa de su jurisdicción, en el marco de las disposiciones técnico-normativas establecidas
por el Ministerio de Educación (MINEDU).
La Unidad de Gestión Educativa Local es la unidad que gestiona la atención de "necesidadé de los servicios educativos, y se organiza para generar condiciones adecuadas que’ aseguren y pertinencia de la prestación del servicio educativo, A
Artículo 7. Funciones Generales La Unidad de Gestión Educativa Local, tiene las siguientes funciones generales; a) Garantizar la continuidad del servicio educativo y del desarrollo del proceso pedagól servicios educativos de Educación Básica y Centros de Educación Técnico-Productiv: disponiendo las acciones necesarias para el ii desarrollo continuo, recuperación de clases, en coordinación con la Gerencia Regional de Educación. ¿++ 1 b) Supervisar y evaluar la gestión de las instituciones educativas de Educación Básica! Educación Técnico Productivo (CETPRO) públicos bajo su jurisdicción, brindándoles la que corresponda en materia de gestión pedagógica, institucional y administrativa. +: c) Verificar las condiciones y mantenimiento de infraestructura, mobiliario y a4 instituciones educ: s públicas y privadas de Educación Básica y de los ei Ls A
Productiva de su jurisdicción, adoptando las: medidas necesarias en-c normatividad vigente sobre la materia.
educativos asignados a las Instituciones Educativas públicas de Educación Básica y Cer
público, privado o de la sociedad civil. 14
Brindar soporte y asistencia técnica a los docentes, sobre el uso adecuado! ¡de its t educativos que se distribuyen. 100
Brindar orientaciones y herramientas pedagógicas, así como fortalecer lai formació)
s y requerimientos la calidad, equidad
ico a cargo de los en su jurisdicción,
pens ón excepcional o
de los Centros de asistencia técnica
lipamiento de las ducacién Técnicoimplimiento de la
Adoptar las acciones necesarias para la efectiva y oportuna distribución de los materiales y recursos
tros de Educación
Técnico-Productiva de su jurisdicción, promoviendo la participación de otras Melciones del sector
dteriales y recursos
en'servicio de los
directores y docentes de las instituciones educativas públicas de Educación Básica, Superior y Técnico-
Productiva de su jurisdicción. £) Gestionar los recursos humanos docentes, directivos y de personal administrativ
existentes en las
instituciones educativas públicas de Educación Básica y Centros de Educación; ¿Técnico | roductiva.
h) Monitorear la ejecución de los recursos de las instituciones educativas pública *. Superior y Técnico-Productiva de su jurisdicción, brindando la asistencia, técnica;
conforme a la normatividad específica sobre la materia. ; e i
i) Canalizar los requerimientos de bienes y servicios efectuados por las instituciones educ: Básica, Educación Superior y Centros de Educación Técnico-Productiva, y trasladarlos al que corresponda.
i) Promover el buen clima institucional y las buenas prácticas en las con instituciones educativas públicas de Educación Básica, Educación Superior yde. dos Técnico-Productiva de su jurisdicción.
k) Fortalecer la articulación y la canalización de recursos dirigidos a las Instituciones Edu Básica, Educación Superior y Centros de Educación Técnico-Productiva, pudiendo pro} Regional de Educación la creación de redes educativas o equipos especializados | ej jurisdicción, especialmente en las zonas rurales y de difícil acceso.
sd Educación Básica,
rrespondiente, en
particular respecto al uso de los recursos ordinarios que les sean asignados y los directa ente recaudados,
ativas de Educación órgano o instancia
sleducativas de las
tros de Educación
tivas de Educación joner a la Gerencia n el ¡ámbito de su
- Proporcionar información a la Gerencia Regional de Educación que cont buya lograr concretar el
saneamiento físico legal de los locales escolares de su Jurisdicción.
m) Resolver en segunda y última instancia los recursos de apelación int rpuestos admimstrativos emitidos por las Instituciones Educativas públicas de Educación ‘Ba Educación Técnico-Productiva. Y i
contra los actos sica y Centros de
ER SEDANS
Artículo 8. Las normas qui siguientes: . :
_ 2), Ley N°.2765B; Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
b) Ley a ) Ley de Bases de la Descentralización.
c) Ley N* 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
d) Ley N° 27818, Ley para la Educación Bilingúe Intercultural.
e) Leyn*27 ey Ofgánica de Gobiernos Regionales,
f) Ley nN? 28 Géñeral de Educación.
- Ley N“29 y Orgánica del Poder Ejecutivo, que define los sistemas administrativos del Estado Peruano el Ículo 462.
h) Ley N°-29) 35; Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-MC.
i) Ley N°29: y de Reforma Magisterial y sus modificatorias.
i) Ley NF 30: Blas y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, y su madiffeatatis adrobado por Ley N* 31653,
k)_ Decreto Suprema Ni 030-2020-PC M, Reglamento de la Ley de Modernización de la Gestión del Estado.
- Decreto Supremo N*.054-2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias.
m) Decreto Supremo N' 009-2016-MINEDU, que modifica el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación ||
Decreto Supremo N!004-2013-PCM, que aprueba la Politica de Modernización de la Gestión Pública.
Decreto mo N 011-2012-EO, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educación y sus
modificatorias, *
Resolución Ministerial N° 176-2021-MINEDU, aprueba la Norma Técnica "Orientaciones para la
Organización y Funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y Unidades de Gestión
Educativa Local (UGEL)",
Resolució] Vicemin|sterial N° 047-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica que regula la creación
de las Unidades de Gestión Educativa Local en el ámbito nacional, así como la inscripción en «el Registro
Nacional de*Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y de Unidades de Gestión
Ediscativa to ENDUGEL.
Resolución, de Secretaría General N* 938-2015-MINEDU, que aprueba los Lineamientos para la Gestión
a.
Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2018-PCM-SGP, que aprueba la Norma Técnica N°
(GF, Norma Técnica para la implementación de la Gestión por Procesos en las Entidades de la
clon Pliblica
Gretaria de Gestión Pública N° 004-2019-PCM-SGP, que aprueba Lineamientos "Principios vación para lá Modernización de la Gestión Pública".
u) Resoluciór, de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N*01- 2020-SGP denominados "Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos".
v)_ Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N*02- 2020-SGP Que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Manual de'Operáciones (MOP).
w) Resolución. Ministerial N° 519-2018-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo Intercultural Bilinge, Pe} 0
x) Convenio N° 169 de la Organización internacional de Trabajo, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, y su ratificación aprobada por Resolución Legislativa N* 26253,
y) Ordenanz: ¡Regional N° 04-2022-GRL-CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones -ROF del Gob'ari ño Regional de Loreto.
Las demás formas que regulan las funciones de responsabilidad compartida o exclusiva de la Unidad de Gestión Educativa Local. :
Manual de Oporaclones - Gerencia Regional de Educación
TÍTULO SEGUNDO. — LOSPROCESOS
GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
Artículo 9. Listado de Procesos La Gerencia Regional de Educación, ha determinado los siguientes procesos:
Q PE. PROCESOS ESTRATÉGICOS PE1. Gestión de la planificación educativa regional PE2. Gestión de la modernización de la gestión pública PE3. Gestión del sistema de control interno PEA, Gestión de las relaciones interinstitucionales y de la imagen institucional
PES. biséño y gestión de proyectos de innovación e investigación de modelos educati
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