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002-2026-SO-GRL-CR Regional Agreement Loreto In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 002-2026-SO-GRL-CR

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 002-2026-SO-GRL-CR

Iquitos, 09 de enero de 2026 VISTO:

En Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional, mediante Oficio (M) N° 001-2026-GRL-CR-CD, de fecha 05 de enero de 2026, el Consejero Delegado Sr. Ribelino Rengifo Rodríguez, convoca a sesión ordinaria para la conformación de las Comisiones Ordinarias - Periodo 2026.

CONSIDERANDO:

Que, el articulo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8°, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

En el artículo 39* de la misma ley citada, primer párrafo, refiere lo siguiente: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 2°, numeral 01; son atribuciones del Consejo Regional: Aprobar, Modificar o Derogar las Normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 4”. — definición, Las Comisiones son grupos de trabajo y están conformadas e integradas por los miembros del Consejo Regional. Asimismo, le compete el estudio del dictamen de los proyectos, normas y la absolución de consultas, en los asuntos que son puestos en su conocimiento, de acuerdo con su especialidad o materia.

El Pleno del Consejo Regional, aprueba el Cuadro de conformación de Comisiones, dentro de los quince días hábiles posteriores a la instalación del período anual de sesiones en el mes de enero. El cuadro es propuesto por el Consejero Delegado respetando la voluntad de los Consejeros Regionales. Ninguna Comisión puede agrupar a más de tres (03) Consejeros.

Calle Putumayo 501 1 de3 Iquitos — Loreto — Perú

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CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 002-2026-SO-GRL-CR

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En Estación Orden del Dia, conforme al artículo 40° del Reglamento Interno del Consejo, se dio cuenta del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Loreto, y del voto de los consejeros regionales presentes en la sesión ordinaria del consejo regional, y;

Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar; la conformación de los miembros de las Comisiones Ordinarias y de Mancomunidades del Consejo Regional de Loreto año 2026, con autonomía para nombrarse los cargos respectivos entre ellos, en sus respectivas comisiones. de la siguiente manera:

COMISIÓN DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL

  1. RIBELINO RENGIFO RODRIGUEZ (MIEMBRO)

  2. CHICO REIGER JUNIOR MACEDO PINEDO (MIEMBRO)

  3. YESER KEVIN GRANDEZ RIOS (MIEMBRO)

COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL

  1. GILMA SALDAÑA DE PANDURO (MIEMBRO)
  2. LUIS MEDER CARDENAS MANUYAMA (MIEMBRO)
  3. RIBELINO RENGIFO RODRIGUEZ (MIEMBRO)

COMISIÓN DE DESARROLLO ECONOMICO

  1. ORLEY MARCIAL BARBARAN LEVY (MIEMBRO)
  2. MARCO ANTONIO CAMONES MENDOZA (MIEMBRO)
  3. JOSE ALBERTO TRUJILLO PAIRA (MIEMBRO)

COMISION DE INFRAESTRUCTURA

  1. MARCO ANTONIO CAMONES MENDOZA (MIEMBRO)
  2. REY DAVID GAMARRA PINEDO (MIEMBRO)
  3. YESER KEVIN GRANDEZ RIOS (MIEMBRO)

COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES, GESTIÓN MEDIO AMBIENTE Y NACIONALIDADES INDIGENAS

  1. ORLEY MARCIAL BARBARAN LEVY (MIEMBRO)

  2. CHICO REIGER JUNIOR MACEDO PINEDO (MIEMBRO)

  3. LUISA HUANSI ROMERO (MIEMBRO)

COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN

  1. REY DAVID GAMARRA PINEDO (MIEMBRO)
  2. LUIS MEDER CARDENAS MANUYAMA (MIEMBRO)
  3. LAZARO GAMBOA TALAVERANO (MIEMBRO)

Calle Putumayo 501 2 de3 Iquitos — Loreto — Perú

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 002-2026-SO-GRL-CR

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COMISION DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

  1. CARLOS FERNANDO MOLANO ACOSTA (MIEMBRO)
  2. GENARO PAULO ALAVARADO TUESTA (MIEMBRO)
  3. JOSE CARLOS VELASCO QUISPE (MIEMBRO)

COMISION DE MANCOMUNIDAD MACRO NOR ORIENTE

  1. JOSE GABRIEL VILLASIS RUIZ (MIEMBRO
  2. LUISA HUANSI ROMERO (MIEMBRO)
  3. RIBELINO RENGIFO RODRIGUEZ (MIEMBRO)

COMISION DE MANCOMUNIDAD AMAZONICA

  1. JOSE GABRIEL VILLASIS RUIZ (MIEMBRO)
  2. CARLOS FERNANDO MOLANO ACOSTA (MIEMBRO)
  3. GENARO PAULO ALVARADO TUESTA (MIEMBRO)

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, notificar a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, para conocimiento e Implementación del presente Acuerdo Regional y su publicación en el Diario de mayor circulación de la Región. Asimismo, a la Gerencia Regional de Tecnologías de la Información y Telecomunicación, a efecto de publicar el presente Acuerdo de Consejo Regional, en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob.pe.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo de Consejo, entrará en vigencia al día siguiente de su Publicación.

POR TANTO: Notifíquese, Regístrese y Publíquese.

Dado, en la Sede del Consejo Regional de Loreto, a los nueve días, del mes de enero del año dos mil veintiséis.

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CONSEJERO DELE:

Calle Putumayo 501 3 de3 Iquitos — Loreto — Perú


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/7615252-002-2026-so-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9283119/7615252-acr-002-2026-so-grl-cr.pdf