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002-2025-SE-GRL Regional Agreement Loreto In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 002-2025-SE-GRL

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GOBIERNO REGIONAL DE LORETO

CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 002-2025-SE-GRL-CR

Iquitos, 20 de enero del 2025. VISTO:

En sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional, mediante Oficio (MI) Nro. 001-2025-SE/GRL-CR-CD, de fecha 16 de enero del 2025, el Consejero Delegado del Consejo Regional sr. Ribelino Rengifo Rodríguez, convoca a sesión extraordinaria para la aprobación del Programa de Acciones de Fiscalización — PAF 2025 del Consejo Regional de Loreto;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los

im, asuntos de su competencia; EN,

Ma a4 Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8°, 13 + ¡establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus

Th tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La 2 autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.

Que, el Artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones. que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

Que, de acuerdo a la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI: Balance Semestral de los Regidores Municipales y Consejeros Regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización, se procedió con la elaboración del programa de acciones de fiscalización — PAF 2025.

Que, el programa de acciones de fiscalización - PAF, es el documento de programación anual, elaborado y aprobado por el consejo regional o concejo municipal dentro del primer trimestre de cada año fiscal, con base al presupuesto anual asignado para la función de fiscalización en el marco de la Ley N° 31812, el cual contiene los materiales a fiscalizar respecto a la gestión pública del gobernó regional municipal.

Que, el PAF se elaboró de acuerdo a la estructura contenida en el anexo N° 3, programa de acciones de fiscalización de la presente directiva y se adjunta en el aplicativo informático para el registro del balance.

Que, conforme al inciso b) de la Ley N° 31812, ley que modifica el literal k del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se formuló el PAF 2025, con un monto de S/. 2'005,880.00, que corresponde al 1.0 % del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego.

REGIOHAL DE LORETO

CONSEJO Dei“ S Amazonas Amazon:

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CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 002-2025-SE-GRL-CR Que, el Presupuesto para Gobiernos Regionales: entre el 1% al 2% del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego.

  • Es Menester precisar que el monto calculado al 1% que equivale a S/. 2'005,880.00, ya se encuentra asignado en el PIM, en la meta presupuestal 00001-861: seguimiento de fiscalización de los Consejos Regionales y Concejos Municipales a nivel nacional.

Que, el programa de acciones de fiscalización PAF - 2025, contiene un total de 32 fiscalizaciones programadas para el año 2025, distribuidos en 16 fiscalizaciones en el | semestre y 16 para el Il semestre. La formulacién del PAF se realizó conforme a lo establecido en inciso b) de la Ley N° 31812, y la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI: Balance Semestral de los Regidores Municipales y Consejeros Regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización.

Que, de acuerdo al Artículo 39% de la misma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, primer párrafo, refiere lo siguiente: "Los Acuerdos del Consejo Regional ' expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de h nterés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un “ determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;

y Wy Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 2°, numeral 1, del Reglamento Interno del consejo, son atribuciones de los consejeros, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

En estación orden del día, conforme al artículo 20° del Reglamento Interno del Consejo Regional, se dio cuenta del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Loreto, y del voto de los Consejeros Regionales presentes en la sesión ordinaria del Consejo Regional, y;

Que, el Pleno del Consejo Regional de Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar, Programa de Acciones de Fiscalización — PAF 2025 del Consejo Regional de Loreto;

ARTÍCULO SEGUNDO: Encargar, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, cumpla con notificar el presente acuerdo a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto para su conocimiento e implementación del presente acuerdo, y al diario de mayor circulación de la región para su publicación, y a la Gerencia Regional de Tecnologías de la Información y Telecomunicación, a efecto de publicar el presente acuerdo de Consejo Regional, en el portal web del GOREL: www.regionloreto.gob.pe.

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ARTICULO TERCERO: EL presente Acuerdo de Consejo, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicación.

POR TANTO: ; ; NOTIFIQUESE, REGISTRESE Y PUBLIQUESE.

Dado en la Ciudad de Iquitos a los Veinte Dias del mes de enero del año Dos Mil Veinticinco, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.

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