Ordenanza Regional N.° 002-2021-SO-GRL-CR
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LORETO 22145 Amazonas cd ii “Año del Bicentenario del Perú: 200 Años hare att et de de Independencia”
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
CONFORMACIÓN DE LAS COMISIONES ORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO — ANO FISCAL 2021.
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 002-2021-SO-GRL-CR: 08/01/2021
Iquitos, 08 de enero de 2021
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional:
VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, de fecha 08 de nero del año 2021, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos egionales N°27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, en mérito de la Convocatoria para la fecha señalada, el tema de agenda; Conformación de las Comisiones Ordinarias del Consejo Regional de Loreto — Año Fiscal 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1912 de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 32, del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, señala que: “En la organización del Consejo Regional de Loreto, los niveles de administración y normatividad, está constituido por las Comisiones Ordinarias, Especiales o Investigadoras”.
Que, el Artículo 42 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional N2 016-2011-GRL-CR, de fecha 16/12/2011, señala que: “Las Comisiones son grupos de trabajo y están conformadas e integradas por los miembros del Consejo Regional. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos y normas y la absolución de consultas, en asuntos que son puestos en su conocimiento, de acuerdo con su especialidad o materia”;
Que, el Artículo 52 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, señala que: “Las Comisiones Ordinarias estarán conformadas como mínimo por tres (3) miembros y contará con un Presidente(a), Vicepresidente(a) y Secretario(a) elegidos por el Consejo Regional, en la misma Sesión de Consejo, en la que se fijarán los plazos correspondientes. Los miembros de la Comisiones Ordinarias serán elegidos en el periodo de un (01) año”.
Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 82, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.
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GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
Que, el Pleno del Consejo Regional De Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y demás normas pertinentes, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de enero de 2021, y estando a las diversas propuestas efectuada en Sesión Ordinaria de Consejo, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por UNANIMIDAD el siguiente Acuerdo Regional:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR; LA CONFORMACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LAS COMISIONES ORDINARIAS Y DE MANCOMUNIDADES DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO AÑO FISCAL 2021, CON AUTONOMIA PARA NOMBRARSE LOS CARGOS RESPECTIVOS ENTRE ELLOS, EN SUS RESPECTIVAS COMISIONES. DE LA SIGUIENTE MANERA:
- COMISIÓN DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL: Miembro 1: CESAR HUMBERTO URQUIA RAMIREZ
Miembro 2: JESUS JAMBO TIRADO Miembro 3: JOSE ALFREDO VALERA FLORES
- COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL:
Miembro 1: ROGER CHANCHARI HUAYAMBE Miembro 2: CARMEN GISELA PANDURO VALLES Miembro 3: JOSUE IRACUDE CALDERON
COMISIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO: Miembro 1: OFELIA CHAVEZ BARDALES Miembro 2: JOSE ALBERTO TRUJILLO PAIRA Miembro 3: PEDRO RAUL PACAYA TAMANI
COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA: Miembro 1: ALAN BERNARD RODRIGUEZ FASANANDO
Miembro 2: CESAR HUMBERTO URQUIA RAMIREZ Miembro 3: GEORGE ANTONHY LOPEZ TORRES
- COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES, GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y NACIONALIDADES INDIGENAS:
Miembro 1: CARLOS SANDI MAYNAS
Miembro 2: MAMERTO MAICUA PEREZ
Miembro 3: JOSUE IRACUDE CALDERON
- COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN:
Miembro 1: JANET REATEGUI RIVADENEYRA Miembro 2: JOSE ALBERTO TRUJILLO PAIRA Miembro 3: JOSE ALFREDO VALERA FLORES
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GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CONSEJO REGIONAL
COMISIÓN DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES Miembro 1: JOSE ALFREDO VALERA FLORES Miembro 2: CARMEN GISELA PANDURO VALLES Miembro 3: GEORGE ANTONHY LOPEZ TORRES
COMISIÓN DE MANCOMUNIDAD MACRO NOR ORIENTE Miembro 1: JAVIER VILLACORTA NACIMENTO
Miembro 2: ROGER CHANCHARI HUAYAMBE Miembro 3: OFELIA CHAVEZ BARDALES
- COMISIÓN DE MANCOMUNIDAD AMAZONICA
Miembro 1: JAVIER VILLACORTA NACIMENTO Miembro 2: JANET REATEGUI RIVADENEYRA Miembro 3: ROGER CHANCHARI HUAYAMBE
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA SU CONOCIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO Y AL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA REGIÓN PARA SU PUBLICACIÓN, ASÍMISMO A LA OFICINA REGIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GOREL:
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFIQUESE, A LOS INTEGRANTES DE LAS COMISIONES ORDINARIAS A FIN DE QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE CINCO (05) DÍAS DE RECEPCIONADO EL PRESENTE ACUERDO, PROCEDAN A SU INSTALACIÓN.
ARTÍCULO CUARTO: EL PRESENTE ACUERDO ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN.
POR TANTO:
NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la Ciudad de Iquitos a los Ocho Días del mes de enero del año Dos Mil Veintiuno, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionloreto/normas-legales/2274427-002-2021-so-grl-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2324740/Acuerdos%20Ordinarios%20de%20Consejo%20N%C2%B0%20002-2021-SO-GRL-CR.pdf