Ordenanza N.° RDENANZA MUNICIPAL N.° 2034 16.03.2017
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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDÍA
ORDENANZA N° vd 0 3 4
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria del Concejo, de fecha 16 de marzo de 2017, los dictámenes N° 19-2017-MMLCMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, y 17-2017-MMLCMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; .
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE INCORPORA UNA ESPECIFICACIÓN NORMATIVA A LA ZONIFICACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA APROBADA MEDIANTE LA ORDENANZA N° 893-MML DISTRITO DEL RÍMAC
ARTÍCULO PRIMERO.- Incorporar en la Ordenanza N° 893-MML, que aprobó el Reajuste Integral de Zonificación del Centro Histórico de Lima y Cercado de Lima, la especificación normativa siguiente:
“Especificación Normativa:
En cumplimiento del mandato judicial expresado en la sentencia expedida con la Resolución No. Veintiuno de fecha 05 de diciembre de 2014, emitida por el Vigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, la misma que se encuentra consentida, el inmueble ubicado entre la Vía de Evitamiento (Av. Circunvalación Km. 6.5 Piedra Liza) y Av. 9 de Octubre, distrito del Rímac, de 9,791.5 m2, materia del contrato de adjudicación otorgado por la Municipalidad Metropolitana de Lima a la empresa Arquitex S.A., será utilizado exclusivamente para la instalación y operación de una estación de expendio de combustible y lubricantes, no siendo necesario en este único caso que el predio de Arquitex S.A., materia de la sentencia, cuente con zonificación comercial o industrial, al no estar consideradas dichas categorías en el Centro Histórico de Lima, por ser un Área de Tratamiento Especial.
Asimismo, en cumplimiento del citado mandato judicial, se deberán otorgar las autorizaciones que correspondan a la demandante, empresa Arquitex S.A., previa verificación del cumplimiento de los requisitos legales para dicho fin, para cuyo efecto se podrán considerar los parámetros establecidos en el Anexo No. 02 Cuadro No. 01 Normas de Zonificación de los Usos del Suelo del Centro Histórico de Lima, que forman parte de la Ordenanza No. 893-MML, así como la normativa vigente sobre la materia.”
ARTÍCULO SEGUNDO..- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonificación del Centro Histórico de Lima, distrito del Rímac, la especificación normativa aprobada en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- Publicar la presente ordenanza, así como el gráfico que como Anexo N° 01 forma parte de la misma, en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. v
En Lima, 1 6 MAR. 2017
SASTAÑEDA LOSSIO ALCALDE DE LIMA
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA
ANEXO N° 1
PROPUESTA DE ESPECIFICACIÓN NORMATIVA EN EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA APROBADO POR LA ORDENANZA N° 893-MML. DISTRITO DEL RIMAC.
(*) ESPECIFICACIÓN NORMATIVA:
En cumplimiento del mandato judicial expresado en la sentencia de la Resolución N° Veintiuno de fecha 05 de diciembre de 2014, emitida por el Vigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, la misma que se encuentra consentida, el inmueble ubicado entre la Vía de Evitamiento (Av. Circunvalación Km. 6.5 Piedra Liza) y Av. 2 de Octubre, distrito de Rímac, de 9,791.5 m2, materia del contrato de adjudicación otorgado por la Municipalidad Metropolitana de Lima a la empresa Arquitex S.A., será utilizado exclusivamente para la instalación y operación de una estación de expendio de combustible y lubricantes, no siendo necesario en este único caso que el predio de Arquitex S.A., materia de la sentencia, cuente con zonificación comercial o industrial al no estar consideradas dichas categorías en el Centro Histórico de Lima, por ser un Área de Tratamiento Especial.
Asimismo, en cumplimiento del mismo mandato judicial, se deberán otorgar las autorizaciones que correspondan a la demandante, empresa Arquitex S.A., previa verificación del cumplimiento de los requisitos legales para dicho fin, para cuyo efecto se podrán considerar los parámetros establecidos en el Anexo N° 2 Cuadro N° 1 Normas de Zonificación de los Usos del Suelo del Centro Histórico de Lima, que forman parte de la Ordenanza No. 893-MML, así como la normativa vigente sobre la materia.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/2510709-rdenanza-municipal-n-2034-16-03-2017 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2563930/ORDENANZA%202034.pdf.pdf