Acuerdo de Concejo N.° 453 07.12.22
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ACUERDO DE CONCEJO N° 453 - 2022 LIMA, 7 DE DICIEMBRE DE 2022 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, mediante moción de Orden del Día presentada por el Regidor Metropolitano Jhonny Daniel Velarde Valdiviezo, solicitó al Concejo Metropolitano, ampliar el encargo realizado al Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, en los Acuerdos de Concejo N° 345 y N° 38 de fechas 23 de setiembre de 2021 y 27 de enero de 2022, respectivamente; en el extremo de disponer el registro y digitalización del patrimonio cultural, documental y mueble de las Compañías de Bomberos: i) Benemérita y Sesquicentenaria Compañía Italiana de Bomberos Voluntarios “Garibaldi N° 6”, fundada el 13 de octubre de 1872; ii) Benemérita y Centenaria Compañía de Bomberos Voluntarios “Olaya N° 13”, fundada el 29 de junio de 1890; iii) Benemérita y Centenaria Compañía de Bomberos Voluntarios “Grau N° 16”, fundada el 8 de febrero de 1898;
Que, el inciso 2 del Artículo 10 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que son atribuciones y obligaciones de los regidores formular pedidos y mociones de Orden del Día; así también, el Artículo 75 del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano (RIC) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, establece que las mociones de Orden del Día son propuestas mediante las cuales los regidores ejercen su derecho de pedir al Concejo que adopte acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses del Municipio o la Región y las relaciones con el Gobierno;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta;
ACORDÓ:
Artículo 1. Ampliar el encargo realizado al Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, en los Acuerdos de Concejo N° 345 y N° 38 de fechas 23 de setiembre de 2021 y 27 de enero de 2022, respectivamente; en el extremo de disponer el registro y digitalización del patrimonio cultural, documental y mueble de las Compañías de Bomberos: i) Benemérita y Sesquicentenaria Compañía Italiana de Bomberos Voluntarios “Garibaldi N° 6”, fundada el 13 de octubre de 1872; ii) Benemérita y Centenaria Compañía de Bomberos Voluntarios “Olaya N° 13”, fundada el 29 de junio de 1890; iii) Benemérita y Centenaria Compañía de Bomberos Voluntarios “Grau N° 16”, fundada el 8 de febrero de 1898.
Artículo 2. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
És MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA MIGUEL o SOTELO AL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3747540-453-07-12-22 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3953725/AC%20453%20-%2007.12.22.pdf.pdf