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436-07-12-22 Council Agreement Lima Metropolitana In force

Acuerdo de Concejo N.° 436 07.12.22

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Municipalidad Metropolitana de Lima

ACUERDO DE CONCEJO N° 436 - 2022

LIMA, 7 DE DICIEMBRE DE 2022

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO:

El Oficio N° 000753-2022/0AJ/RENIEC del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, el Informe N°D000107-2022-MML-GSGC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe N° D000161-2022-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorando N° DO00755-2022-MML-GP de la Gerencia de Planificación y el Informe N° D001138-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos perteneciente a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el Artículo || del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 26 de la mencionada Ley, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales; en tanto que conforme con lo dispuesto en el numeral 23 del Artículo 20 de la

citada norma, es atribución del alcalde, celebrar los convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones;

Que, el Artículo 41 de la acotada Ley, establece que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la “A voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o =Jnorma institucional;

Que, la Directiva N° 004-2020-MML-GP “Normas y Procedimientos sobre Convenios de Cooperación y otros documentos de cooperación que suscriba la Municipalidad Metropolitana de Lima”, aprobada por Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana N* 054-2020-MML-GMM de echa 10 de junio de 2020, señala en el numeral 6.2.7., que la modificación de los Convenios de Cooperación se realiza por acuerdo de las partes y mediante Adenda;

Que, con fecha 4 de agosto del 2008, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y la Municipalidad Metropolitana de Lima suscriben un Convenio de Cooperación Interinstitucional, (en adelante, el Convenio), para el suministro de información vía internet y certificaciones de los datos relativos a la identidad de las personas que obran en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, cuya vigencia fue de dos (2) años contados a partir del 01 de julio de 2007. Mediante la Primera Adenda, de fecha 01 de julio del 2009, se renueva el Convenio por dos (2) años por el periodo comprendido desde el 01 de julio de 2009 al 30 de junio del 2011. Con la Segunda Adenda, de fecha 17 de octubre de 2011, se renueva el Convenio por dos (2) años por el periodo comprendido desde el 01 de julio del 2011 al 30 de junio del 2013. Mediante la Tercera Adenda, de fecha 30 de

Municipalidad Metropolitana de Lima

abril de 2013, se acuerda incorporar al Convenio, el servicio de Consultas en Línea vía web service e información estadística. Mediante la Cuarta Adenda, de fecha 26 de julio de 2013, se acuerda renovar el Convenio por dos (2) años por el periodo comprendido desde el 01 de julio 2013 al 30 de junio del 2015. A través de la Quinta Adenda, de fecha 13 de febrero de 2014, se acuerda incorporar compromisos al Convenio por parte de ambas instituciones, consistentes en brindar por parte del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC el servicio de trámite de copias certificadas, Constancias, y/o Certificaciones, Trámites de DNI y entrega de DNI web, entre otros y por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ceder en uso a favor del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, cuatro (4) ventanillas ubicadas en el primer piso del local donde funciona la Sub Gerencia de Registros Civiles, ubicada en Calle 6 de Agosto N° 856, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. A través de la Sexta Adenda, de fecha 30 de setiembre de 2015, se acuerda renovar el Convenio por el plazo de dos años adicionales contados a partir del 01 de julio de 2015 al 30 de junio de 2017. Mediante la Séptima Adenda, de fecha 25 de julio de 2017, se acuerda renovar el Convenio por el plazo de dos (2) años por el periodo comprendido desde el 1 de julio de 2017 al 30 de junio de 2019. Mediante la Octava Adenda, de ¿=fecha 17 de agosto de 2020, se acuerda renovar el Convenio por el plazo de tres (3) años por el periodo comprendido desde el 1 de julio de 2019 al 30 de junio del 2022;

Que, la cláusula novena del citado Convenio establece que la renovación requiere del acuerdo escrito de ambas partes, para lo cual la Municipalidad Metropolitana de Lima solicitará la renovación correspondiente mediante documento escrito con treinta (30) días de anticipación a la fecha de su vencimiento;

Que, con Oficio N° D000509-2022-MML-GSGC de fecha 6 de mayo de 2022, la Gerencia de Seguridad Ciudadana manifiesta al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, la voluntad de promover la celebración de la Novena Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y; la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de ampliar la vigencia del referido Convenio;

Que, mediante Oficio N° 000753-2022/0AJ/RENIEC de fecha 16 de setiembre de 2022, el Registro

Nacional de Identificación y Estado Civil — RENIEC, remite a la Gerencia de Seguridad Ciudadana

la Novena Adenda al Convenio, para su suscripción, indicando que se amplía la vigencia del

Convenio, desde el 01 de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, es decir, con eficacia

, anticipada al 01 de julio de 2022;

ue, con el el Informe N° DO00107-2022-MML-GSGC de fecha 22 de setiembre de 2022, la erencia de Seguridad Ciudadana remite a la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional el informe técnico que sustenta la suscripción de la novena adenda al Convenio, indicando lo siguiente: a) Es importante la suscripción del proyecto de la novena adenda porque permitirá ampliar la vigencia del convenio de cooperación, permitiendo a la Municipalidad seguir contando con los servicios que RENIEC proporciona para la optimización del cumplimiento de las funciones; b) Es de suma necesidad para la Municipalidad contar con los servicios que RENIEC provee para el óptimo funcionamiento de las plataformas de atención al público a través de los servicios de consultas en línea, web service, certificaciones, entre otros; c) La novena adenda al igual que el convenio de cooperación no irroga gasto a las partes; d) La Municipalidad expresó dentro del plazo y forma establecida, la voluntad para prorrogar la vigencia del convenio de cooperación; e) El RENIEC atendió lo manifestado por la Municipalidad, remitiendo la novena adenda debidamente suscrita; f) El RENIEC prorrogó el plazo de vigencia del convenio de cooperación por un plazo de un (1) año y cinco (5) meses, contados desde el 01 de julio de 2022 al 31 de diciembre de 2023;

Que, mediante Informe N° D000161-2022-MML-GP-SCTI de fecha 26 de setiembre de 2022, la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional concluye y recomienda lo siguiente: (i) El proyecto de Novena Adenda cumple con el procedimiento establecido en la Directiva de Convenios N° 004-2020-MMLGP “Normas y Procedimientos sobre Convenios de Cooperación y otros documentos de cooperación que suscriba la Municipalidad Metropolitana de Lima”, aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana N° 054-2020-MML-GMM de fecha 10 de junio de 2020; (ii) La Gerencia de Seguridad Ciudadana, mediante el Informe N° D000107-2022-MML-

Municipalidad Metropolitana de Lima

GSGC (22SEP2022), emitió opinión técnica sobre la importancia, necesidad y costo-beneficio del proyecto de Novena Adenda e indicó que «la novena adenda al igual que el convenio de cooperación no irroga gastos a las partes», por lo que se prescinde de la opinión de la Gerencia de Finanzas, según lo descrito en el párrafo segundo del literal b, numeral 6.2.1 de la Directiva de Convenios N° 004-2020- MML-GP; (iii) Se recomienda remitir el presente Informe a la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a fin de continuar con el proceso de aprobación respectivo. Dicho informe es remitido a la Gerencia de Asuntos Jurídicos por la Gerencia de Planificación, mediante Memorando N° D000755-2022-MML-GP de fecha 26 de setiembre de 2022;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través del Informe N° D001138-2022-MML-GAJ de fecha 17 de octubre de 2022, concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente, aprobar la suscripción de la Novena Adenda al Convenio de Cooperación entre el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y la Municipalidad Metropolitana de Lima, con eficacia anticipada al 01 de julio de 2022, mediante Acuerdo de Concejo;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil y de , Asuntos Legales, en sus Dictámenes N° 012-2022-MML/CMSCDC y N° 071-2022-MML-CMAL, de y ‘fechas 15 y 17 de noviembre de 2022, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por “UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

Artículo 1. Aprobar la suscripción de la Novena Adenda al Convenio de Cooperación entre el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y la Municipalidad Metropolitana de Lima, con eficacia anticipada al 01 de julio de 2022 y que como anexo forma parte del presente acuerdo, por las consideraciones expuestas, autorizando al Alcalde Metropolitano de Lima a suscribirlo.

Artículo 2. Declarar subsistentes las demás cláusulas contenidas en el Convenio de Cooperación entre el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y la Municipalidad Metropolitana de Lima, con eficacia anticipada al 01 de julio de 2022.

Artículo 3. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

A = aoe pad MIGUEL mE SOTELO


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3763808-436-07-12-22 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3969865/AC%20436%20-%2007.12.22.pdf.pdf