Acuerdo de Concejo N.° 434 23.11.22
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ACUERDO DE CONCEJO N°? 434 - 2022 LIMA, 23 DE NOVIEMBRE DE 2022 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha: VISTO:
El Oficio N° D000287-2022-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima — SAT, de fecha 27 de octubre de 2022, que remite el expediente de ratificación digital de la Ordenanza N° 516-MDS, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines, y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Surquillo, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 816, establecen que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza N° 2386-2021, que sustituye la Ordenanza N° 2085, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Surquillo aprobó la Ordenanza N° 516-MDS, objeto de la ratificación, remitiendo la misma acompañada del expediente de ratificación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes, y el SAT en uso de sus competencias;
~ Que, a través del Informe N° D000146-2022-SAT-ART de fecha 27 de octubre de 2022, el Área Y, Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración yy Tributaria de Lima (SAT) emite pronunciamiento favorable respecto a la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables y la Directiva N° 001-006-00000015- ¿SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el 0) Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, la Ordenanza materia de ratificación, aprobada mediante la Ordenanza N° 516-MDS, mantiene las disposiciones técnicas establecidas para el ejercicio 2022, aprobadas mediante Ordenanza N° 491-MDS, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 441, publicada el 22 de diciembre de 2021, reajustando sus tasas y costos para el ejercicio 2023, con la variación del Índice de Precios al Consumidor al mes de agosto de 2022 (6.13%) establecido en la Resolución Jefatural N° 180-2022-INEl; cuyo marco legal tributario aplicable es la Ordenanza N° 446-MDS, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 375, publicados el 31 de diciembre de 2019;
Que, durante el desarrollo de la Sesión Ordinaria de fecha 17 de noviembre del presente año, el Concejo Metropolitano acordó, mediante Acuerdo de Concejo N° 410-2022, no aprobar la
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Municipalidad Metropolitana de Lima
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ratificación de la Ordenanza N* 516-MDS, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines, y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Surquillo, y mantiene la aplicación de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2022, reajustadas con el Índice de Precios al Consumidor de 6.13%, correspondiente al mes de agosto de 2022;
Que, mediante Informe presentado por la Regidora Metropolitana Claudia Karina Fajardo Panta, de fecha 22 de noviembre de 2022, se solicita al Concejo Metropolitano, ingrese a la estación
solicitan la reconsideración respecto a la decisión del Concejo Metropolitano, sobre el punto de agenda 5.11 de la Sesión Ordinaria de Concejo N° 33 del 17 de noviembre de 2022, el cual no aprobó la ratificación de la Ordenanza N° 516-MDS, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Limpieza Publica (Recoleccién de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2023, en el distrito de Surquillo y mantiene la aplicación de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2022, reajustadas con el Índice de Precios al Consumidor de 6.13%, correspondiente al mes de agosto de 2022;
Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, y de conformidad con lo Opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen N° 083 -2022-MML/CMAEO de fecha 3 de noviembre de 2022: el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del tramite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo 1. Reconsiderar la decisión tomada sobre el punto de agenda 5.11 de la Sesión Ordinaria de Concejo N° 33 del 17 de noviembre de 2022 que generó el Acuerdo de Concejo N° 410-2022. En consecuencia, se aprueba la ratificación de la Ordenanza N° 516-MDS, que establece el Ayrégimen tributario de los arbitrios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido ‘ade Calles), Parques y Jardines, y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Surquillo, y gpantiene la aplicación de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2022, reajustadas con Sel Índice de Precios al Consumidor de 6.13%, correspondiente al mes de agosto de 2022.
Artículo 2. El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2022, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratificada, incluido el Informe Técnico. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Artículo 3. Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al umplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la difusión del presente Acuerdo a través / de su página web (www.sat.gob.pe), así como del Informe del SAT.
Artículo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
2, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA =o [ ——— 2
MIGUEL EUGENJO ROMERO SOTELO. CALDE
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3709095-434-23-11-22 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3907359/AC%20434%20-%2023.11.22.pdf.pdf