Acuerdo de Concejo N.° 418 17.11.22
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Municipalidad Metropolitana de Lima
ACUERDO DE CONCEJO N° 418 - 2022
LIMA, 17 DE NOVIEMBRE DE 2022
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo |! del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, mediante Carta N° 20-COEL-2022-CPSMH, presentada por la Presidenta del Comité Electoral del Centro Poblado Santa María de Huachipa, de fecha 11 de noviembre de 2022, se eleva al Concejo Metropolitano, el recurso impugnatorio presentado por el señor Víctor Orlando ” Figueroa Barrientos contra el resultado de las elecciones municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa, llevadas a cabo el 6 de noviembre de 2022, solicitando se declare la nulidad de la elección;
Que, durante el desarrollo de la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de noviembre del presente año, el Pleno del Concejo acordó devolver el recurso impugnatorio antes mencionado, al Comité Electoral, a efectos de que cumpla con el procedimiento establecido en numeral 33.2 del Artículo 33 del Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa, aprobado mediante Ordenanza N° 2491-2022 y su modificatoria, Ordenanza N° 2492-2022;
Que, de conformidad con el numeral 33.2 del Artículo 33 del antes referido Reglamento, la impugnación es resuelta en primera instancia por el COEL, y en última instancia por el Concejo Provincial, de conformidad con lo establecido por el Artículo 7 de la Ley N° 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo 1. Devolver al Comité Electoral del Centro Poblado Santa María de Huachipa, el recurso impugnatorio enviado mediante Carta N° 20-COEL-2022-CPSMH de fecha 11 de noviembre de 2022, a efectos de que el citado Comité se pronuncie en primera instancia, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 33.2 del Artículo 33 del Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa, aprobado mediante Ordenanza N° 2491-2022 y su modificatoria, Ordenanza N° 2492-2022.
Artículo 2. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
iid mm” Sq. MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA i BRS 1,
MIGUEL e SOTELO
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3668738-418-17-11-22 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3856584/AC%20418%20-%2017.11.22.pdf.pdf