Acuerdo de Concejo N.° 403 17.11.22
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ACUERDO DE CONCEJO N° 403 - 2022
LIMA, 17 DE NOVIEMBRE DE 2022
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El Memorando N° D000327-2022-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Informe N° D000099-2022-MMLGC-SPCAVMB de la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Visuales, Museos y Bibliotecas perteneciente a la Gerencia de Cultura, el Informe N° D000134-2022-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorando N° D000672-2022-MML-GP de la Gerencia de Planificación y el Informe
°D000947-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;
ONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 82 de la mencionada Ley, señala que las municipalidades, en materia de educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el gobierno regional las siguientes: (...) 11. Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados;
Que, el numeral 20 del Artículo 9 de la referida Ley, señala que es atribución del Concejo Municipal, aceptar donaciones, legajos, subsidios o cualquier otra liberalidad; en tanto que el Artículo 41 de la citada Ley, señala que los Acuerdos de Concejo son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar determinado acto o una conducta o norma institucional, concordado con el inciso 27 del Artículo 6 del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de Lima, aprobado con Ordenanza N° 571 y sus modificaciones, establece que son funciones del Consejo Metropolitano, entre otros, aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad de acuerdo a ley;
_ Que, el Artículo 1621 del Código Civil, define a la donación como el acto mediante el cual el Zs, donante se obliga a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien;
at =/ Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana N° 026-2020-MML/GMM de s/ fecha 10 de febrero del 2020, se aprobó la Directiva N° 002-2020-MML/GP “Normas y procedimientos para tramitar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima” (en adelante, la Directiva MML), la cual tiene por objeto establecer las normas y procedimientos administrativos para la recepción, aceptación, registro, distribución, aprobación y reporte de las donaciones que se realicen a favor de la Municipalidad por donantes públicos y/o privados, nacionales y/o internacionales;
EEStra ie act E ll
Municipalidad Metropolitana de Lima
Que, la Directiva MML, establece en el numeral 6.1.1 respecto a la Donación de Bienes Muebles que el donante además de cumplir con los requisitos señalados en el numeral 5.3 de dicha Directiva, según corresponda, deberá adjuntar el documento que acredite la titularidad del bien y el valor del bien, así como una declaración jurada simple de la procedencia lícita de la donación; de lo cual se verifica que dichos requisitos obran en el expediente adjunto;
Que, el numeral 5.5.3 de la Directiva N° 002-2020-MML-GP establece que en caso de las donaciones iguales o mayores a 5 UIT, la Secretaría General del Concejo, dispondrá la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano; en ese sentido, siendo que la presente donación no es igual o mayor a 5 UIT, no resulta necesaria la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano;
s} Que, el Reglamento Interior del Concejo - RIC, aprobado por la Ordenanza N° 571 y Y modificatorias establece en el Artículo 49 literal !) que, corresponde a la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos que deben ser resueltos por el Concejo relacionados con la aceptación de legados y la aceptación u otorgamiento de donaciones;
Que, la señora Dora Margarita Morimoto Abe de Bellido a través de la Carta S/N, ingresada mediante Documento Simple N° 2022-0137744 manifiesta su voluntad de donar un escritorio estilo Victoriano, valorizado en S/ 10,150.00 (Diez Mil Ciento Cincuenta con 00/100 Soles), a
YE avor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el mismo que debe ser destinado a la Biblioteca Municipal;
Que, la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Visuales, Museos y Bibliotecas a través del Informe N° D000099-2022-MML-GC-SPCAVMB de fecha 23 de agosto de 2022, remite a la Gerencia de Planificación, el Informe N° D000223-2022-MML-GC-SPCAVMB-EBMAH elaborado por el Equipo de la Biblioteca Municipal y Archivo Histórico y el Informe N° D000094-2022-MMLGC-AL elaborado por el Area Legal de la Gerencia de Cultura, a través de los cuales se sustenta la aceptación de la donación. Asimismo, señalan que: i) Se ha verificado el escritorio victoriano y coordinado con la donante la recepción del bien mueble; ii) Se ha suscrito con la donante el ¿| Acta de Entrega de Donación de fecha 22 de octubre de 2021, de acuerdo con el Anexo N° 3 de 7 ¿Ja Directiva; y, iii) Se ha otorgado conformidad a la donación del escritorio victoriano, mediante Sd el Informe N° D000223-2022-MML-GC-SPCAVMB-EBMAH de fecha 5 de julio de 2022;
Que, la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional de la Gerencia de Planificación, a través del Informe N° D000134-2022-MML-GP-SCTI de fecha 31 de agosto de 2022, concluye entre otros, que: i) La donación del escritorio estilo Victoriano, valorizada en S/ 10,150.00 (Diez Mil Ciento Cincuenta con 00/100 Soles) efectuada por doña Dora Margarita Morimoto Abe de Bellido a favor de la Municipalidad, el mismo que debe ser destinado a la Biblioteca Municipal, cumple con lo previsto en la Directiva; y, ii) De conformidad con el literal f) del numeral 6.1.3 de la Directiva, corresponde elevar el expediente administrativo a la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, para continuar con el respectivo trámite. Dicha opinión es compartida por la Gerencia de Planificación a través del Memorando N° D000672-2022-MMLGP de fecha 01 de setiembre de 2022:
, Qaue, la Gerencia de Asuntos Juridicos a través del Informe N° D000947-2022-MML-GAJ de á JFfecha 13 de setiembre de 2022, concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa (¿Nigente que el Concejo Municipal acepte la donación por parte de la señora Dora Margarita Morimoto Abe de Bellido, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, consistente un (01) escritorio estilo Victoriano valorizado en S/ 10,150.00 (Diez Mil Ciento Cincuenta con 00/100
Soles), cuyas características se detallan en el Anexo 3 del Informe N° D000223-2022-MML-GCSPCAVMB-EBMAH;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9 y 41 de la Ley
N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por las Comisión
fetropolitana de Asuntos Económicos y Organización y Comisión Metropolitana de Asuntos DE Lity
A 1
Municipalidad Metropolitana de Lima
Legales, en los Dictámenes N° 054-2022-MML/CMAEO y N° 053-022-MML-CMAL, respectivamente, ambos de fecha 13 de octubre de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta;
ACORDÓ:
Artículo 1. Aceptar la donación de un (01) escritorio estilo Victoriano valorizado en S/ 10,150.00 (Diez Mil Ciento Cincuenta con 00/100 Soles), realizada por la señora Dora Margarita Morimoto Abe de Bellido a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyas características se detallan en la Anexo 3 del Informe N° D000223-2022-MML-GC-SPCAVMB-EBMAH, que forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo.
Articulo 2. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
A DELIMA Sa. MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
94LGADO POLO MIGUEL EAS SOTELO
(6 Gdneral del Concejo
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3683264-403-17-11-22 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3874540/AC%20403%20-%2017.11.22.pdf.pdf