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383-10-11-22 Council Agreement Lima Metropolitana In force

Acuerdo de Concejo N.° 383 10.11.22

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Municipalidad Metropolitana de Lima

ACUERDO DE CONCEJO N° 383 - 2022

LIMA, 10 DE NOVIEMBRE DE 2022

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de fecha; VISTO:

La invitación de la asesora para la Ciudad de Lima de C40 Cities y UrbanShift, el Informe N° D000187-2022-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorando N° D000858-2022-MML-GP de la Gerencia de Planificación y el Informe N° D001177-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Artículos 194 y 195 de la Constitución Política del Perú, reconocen la autonomía y competencia de las municipalidades para promover, administrar y modificar asuntos de sus competencias, dentro de sus propias jurisdicciones, en concordancia con la normativa nacional;

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en

OO, adelante Ley N° 27972), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, “2\ económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la =\facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al

Que, el numeral 11 del Artículo 9 de la mencionada Ley N° 27972, señala que son atribuciones

del Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o

representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y

cualquier otro funcionario; ello en concordancia con lo dispuesto en el numeral 17 del Artículo 6

Mm. del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza N° 571 y A, modificatorias;

Que, el Artículo 2 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad;

iO) Que, mediante comunicación electrónica de fecha 24 de setiembre de 2022, la asesora para la Sa Ciudad de Lima de C40 Cities y UrbanShift, extiende la invitación para participar en el

‘ al “Intercambio entre Pares Medellín — Freetown sobre los Teleféricos Urbanos” a realizarse en

'5] Medellín, Colombia los días 15 y 17 de noviembre de 2022;

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Que, mediante correo electrónico de fecha 5 de octubre de 2022, el representante de UrbanShift C40, manifiesta que los participantes del evento deben ser técnico y senior, con conocimiento y poder de decisión en el tema de teleféricos e indica que, desde Freetown, asistirá el Director de movilidad de la oficina del Alcalde, el ingeniero adjunto de la ciudad, el Director de planificación del desarrollo, el asesor técnico del Ministerio de Transportes, el director financiero del gobierno nacional, entre otros;

Que, mediante Proveído N° 001573-2022-MML-ALC de fecha 25 de octubre de 2022, el despacho de Alcaldía designa al Regidor Metropolitano Carlos Tiziano Mariátegui Aragón, como

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Municipalidad Metropolitana de Lima

representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima para participar en el “Intercambio entre Pares Medellín — Freetown, sobre los Teleféricos Urbanos” a realizarse en Medellín, Colombia los días 15 y 17 de noviembre de 2022;

Que, a través del informe N° D000187-2022-MML-GP-SCTI de fecha 25 de octubre de 2022, la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional concluye lo siguiente: (i) La participación de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el “Intercambio entre Pares Medellín - Freetown sobre los Teleféricos Urbanos”, permitirá exponer la experiencia de nuestra ciudad en el tema de teleféricos, así como fortalecer los lazos institucionales de colaboración y cooperación con otras ciudades; (ii) Atendiendo al itinerario del evento, se prevé como fecha de partida el día 14 de noviembre de 2022, siendo el retorno el día 18 de noviembre de 2022; (iii) Asimismo, la participación de la Municipalidad Metropolitana de Lima en dicho evento no irrogará gastos a la entidad, atendiendo a que los gastos de desplazamiento aéreo y alojamiento serán asumidos por la organización del “Intercambio entre Pares Medellín - Freetown sobre los Teleféricos Urbanos”;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe N° D001177-2022-MML-GAJ de fecha 26 de octubre de 2022, concluye que resulta conforme a la normativa vigente que el Concejo Metropolitano, mediante Acuerdo de Concejo, autorice el viaje del Regidor Metropolitano Carlos Tiziano Mariátegui Aragón, como representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima para ¿| participar en el “Intercambio entre Pares Medellín - Freetown sobre los Teleféricos Urbanos” a realizarse en Medellin, Colombia los dias 15 y 17 de noviembre de 2022;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

Artículo 1. Autorizar el viaje y aprobar la licencia del Regidor Metropolitano Carlos Tiziano Mariátegui Aragón, del 14 al 18 de noviembre de 2022, para participar en el Intercambio entre Pares Medellin-Freetown sobre los Teleféricos Urbanos realizado UrbanShift y C40 Cities, a +Jrealizarse en Medellín, Colombia, los días 15 al 17 de noviembre de 2022, el cual no irrogará / gastos a la entidad, conforme a las consideraciones establecidas en el presente Acuerdo de Concejo.

Artículo 2. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Regidor Metropolitano deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

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artículo 3. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del ls) presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima DS (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3664765-383-10-11-22 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3850689/AC%20383%20-%2010.11.22.pdf.pdf