Acuerdo de Concejo N.° 363 19.10.22
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Municipalidad Metropolitana de Lima ACUERDO DE CONCEJO N? 363 - 2022 LIMA, 19 DE OCTUBRE DE 2022
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El Oficio N° D000266-2022-MML-GP de la Gerencia de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima; el Oficio N* 966-2022-MML/PGRLM-GR de la Gerencia Regional del Programa del Gobierno Regional de Lima Metropolitana; el Informe N° 073-2022-MML/PGRLMSRPP, de la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Programa del Gobierno Regional de Lima Metropolitana, y el Informe N° D000911-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;
CONSIDERANDO:
=} Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que, los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado ”j acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el Artículo 53 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma
parte del sistema de planificación;
Que, el numeral 1 del Artículo 9 de la mencionada ley, establece que es función del Concejo aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo;
Que, la Ley N° 28056, Ley Marco de Presupuesto Participativo, tiene por finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlos en los presupuestos y promover w/ su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar ne los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo, optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas;
Sue, según el Artículo 1 de la acotada Ley, el presupuesto participativo es un mecanismo de ignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que e fórtalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos
" recursos públicos;
Que, mediante Ordenanza N° 2349-2021, que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se establece que el
, Presupuesto participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante
el cual se definen las prioridades sobre las acciones o las inversiones a implementar, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos del conjunto de agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. Para su desarrollo la Municipalidad Metropolitana de Lima hace uso de tecnologías de la información pertinentes (Ordenanza vigente al momento de la elaboración del presupuesto participativo 2023);
Que, el proceso participativo consta de 4 fases: i) Fase de Preparación (comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los agentes participantes); ii) Fase de Concertación (comprende las actividades de identificación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los agentes participantes); iii) Fase de Coordinación entre niveles de gobierno (implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre los distintos niveles de gobierno, aplicando el principio de subsidiariedad); y, iv) Fase de Formalización (considera las actividades para la inclusión de las inversiones priorizadas concertadas en el respectivo presupuesto institucional y la rendición de cuentas sobre la ejecución);
Que, el Artículo 28 de la acotada Ordenanza N” 2349-2021, señala que en la Fase de Formalización, se formalizan los acuerdos y compromisos adoptados en el Proceso de | Presupuesto Participativo — Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Acta respectiva. Asimismo, se señala que dicha Fase consta, entre otros, de la Etapa de Rendición de Cuentas, que incluye un Informe del Comité de Vigilancia del año anterior, cuya información será difundida a través de la página Web de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, en el mismo Artículo 28 se señala que en la Fase de Formalización, se llevará a cabo la elección del Comité de Vigilancia del año siguiente; y, en dicha fase, se procede a la elaboración del Informe Final del Proceso de Presupuesto Participativo actual, el mismo que se hace de conocimiento de la Asamblea Metropolitana de Lima y del CODEL, según corresponda y luego ‘| al Concejo Metropolitano para su aprobación definitiva. También, se menciona que el Acta de Acuerdos y Compromisos, el Resumen Ejecutivo y el Informe Final de Presupuesto Participativo, son documentos de carácter público, por lo que se procede a su difusión a través del Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, mediante Acta de Reunión N° 014-2022, de fecha 15 de junio de 2022, los miembros del Equipo del Proceso de Presupuesto Participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, debatieron y aprobaron el Informe Final del Presupuesto Participativo 2023, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que desarrolló las 04 fases del proceso y recomendaron su publicación en el Portal Institucional Metropolitana de Lima, cuyo proceso se inició en el mes de enero de 2022;
Que, la Gerencia de Planificación a través del Oficio N° D000266-2022-MML-GP de fecha 23 de agosto de 2022, remite al Programa del Gobierno Regional de Lima Metropolitana, el Informe Final del Presupuesto Participativo 2023, que contiene la evaluación, monitoreo y consolidación de las distintas actuaciones del Equipo Técnico del Proceso de Presupuesto Participativo 2023,
«.. de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Om oh oo Que, en atención a ello, el Gerente Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima
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etropolitana mediante Oficio N° 966-2022-MML/PGRLM-GR, de fecha 31 de agosto de 2022, “remite el Informe N° 073-2022-MML/PGRLM-SRPP de fecha 31 de agosto de 2022, de la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, en el que se da cuenta del Informe Final del Presupuesto Participativo 2023;
Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe N° DO00911-2022-MML-GAJ de fecha 05 de setiembre de 2022, concluye, entre otros, que: i) De acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, es función del Concejo aprobar el Presupuesto Participativo; ii) El Presupuesto Participativo se encuentra en etapa de formalización, correspondiendo sea remitido al Concejo para su aprobación; iii) Resulta conforme a la normativa vigente que mediante Acuerdo de
Municipalidad Metropolitana de Lima
Concejo se apruebe el Informe Final del Presupuesto Participativo 2023, elaborado por el Equipo Técnico de Presupuesto Participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de /£} conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
sf Organización, en su Dictamen N° 50-2022-MML/CMAEO de fecha 22 de setiembre de 2022; el 7 Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
¿y Artículo 1. Aprobar el Informe Final del Presupuesto Participativo 2023 de la Municipalidad Bo |. Metropolitana de Lima, elaborado por el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de la de Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo 2. Encargar a la Gerencia de Planificación y al Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo.
Artículo 3. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Za, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO ALRALDE
ith
Cc
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