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322-14-09-22 Council Agreement Lima Metropolitana In force

Acuerdo de Concejo N.° 322 14.09.22

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Municipalidad Metropolitana de Lima

ACUERDO DE CONCEJO N° 322 - 2022

LIMA, 14 DE SETIEMBRE DE 2022

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO:

Los Memorandos N° D000207-2022-MML-GMU-STNM, N° D000564-2022-MML-GMU-STNM y N° D000681-2022-MML-GMU-STNM de la Subgerencia de Transporte No Motorizado perteneciente a la Gerencia de Movilidad Urbana, los Memorandos N° D001032-2022-MML-GMU y N* D001353-2022-MML-GMU de la Gerencia de Movilidad Urbana, el Informe N° D001513- 2022-MML-GA-SLC de la Subgerencia de Logística Corporativa perteneciente a la Gerencia de Administración, los Informes N° D000193-2022-MML-GF-SP, N° D000625-2022-MML-GF-SP y N°D000694-2022-MML-GF-SP de la Subgerencia de Presupuesto perteneciente a la Gerencia de Finanzas, el Memorando N° D000428-2022-MML-GF de la Gerencia de Finanzas, el Memorando N° D000400-2022-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorando N° D000553-2022- MML-GP de la Gerencia de Planificación, el Memorando N° DO00599-2022-MML-GAJ y el Informe N° DO00785-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

| Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en 3} adelante Ley N° 27972), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de

gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 35 del Artículo 9 de la Ley N° 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley;

Que, el Artículo 41 de la referida Ley N° 27972, establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el numeral 46.1 del Artículo 46 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que los Créditos Suplementarios constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos especto de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público;

Que, el numeral 46.2 del Artículo 46 del referido Decreto, establece que: “En el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, los créditos suplementarios que se aprueben en el marco del párrafo 50.4 del Artículo 50 y del Artículo 70, se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal según sea el caso”;

e, en el numeral 50.1 del Artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, señala que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a limites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economí I en consistencia con las reglas fiscales vigentes, de conformidad con

Municipalidad Metropolitana de Lima

lo establecido en el mencionado Artículo, son aprobados mediante Resolución del Titular de la entidad;

Que, el numeral 50.2 del Artículo 50 del acotado Decreto, establece que “Los límites máximos de incorporación a que se refiere el párrafo 50.1, son establecidos para las Entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y los gobiernos locales, según corresponda, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, el cual se debe publicar hasta el 31 de enero de cada año fiscal. Dichos límites podrán ser modificados mediante Decreto Supremo, previa evaluación del cumplimiento de las reglas fiscales. Se encuentran excluidas de los referidos límites las donaciones dinerarias referidas en el Artículo 70”;

Que, el Decreto Supremo N° 005-2022-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de enero de 2022, estableció los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para el Año Fiscal 2022, que se destinen al financiamiento del gasto corriente, en los pliegos del gobierno nacional, gobiernos regionales, gobiernos locales, así como en las Empresas y Organismos Públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales; el cual no resulta aplicable al presente caso, en virtud de lo establecido en el numeral 50.2 del Artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440;

Que, cabe indicar que mediante Oficio N° D000022-2022-MML-ALC de fecha 11 de abril de 2022, ¡se ha solicitado al Ministerio de Economía y Finanzas la modificación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos, hasta por el importe de S/ 236,308,550.00 (Doscientos Treinta y Seis Mil Millones Trescientos Ocho Mil Quinientos Cincuenta con 00/100 Soles), a fin de financiar los gastos operativos necesarios para el desarrollo propio de las funciones administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el periodo restante del Ejercicio Fiscal 2022;

Que, de acuerdo con lo indicado en el numeral 1 del Artículo 70 del Decreto Legislativo N° 1440, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las vinculadas operaciones de endeudamiento público, se aceptan mediante Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los gobiernos regionales y de Concejo Municipal en el caso de los gobiernos locales, consignando la fuente donante y su finalidad. Dicha Resolución o Acuerdo se publica en su portal institucional. Los gobiernos locales que carezcan de página web realizarán la citada publicación en carteles impresos ubicados en su local institucional;

Que, en el Artículo 28 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01, publicada en el Diario Oficial ingresos públicos provenientes de recursos por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y por donaciones, se aprueban por Acuerdo de Concejo Municipal, en el marco de lo dispuesto por el numeral 50.4 del Artículo 50 y Artículo 70 del Decreto Legislativo N° 1440, y es promulgado por el Titular del Pliego a través de Resolución de Alcaldía, utilizando el Modelo N° 2/GL;

ue, mediante Acuerdo de Concejo N° 419 de fecha 25 de noviembre de 2021, se acordó robar la celebración del Acuerdo de Aporte Financiero (en adelante, Acuerdo de Aporte /sFinanciero) y el Acuerdo Separado al Acuerdo de Aporte Financiero (en adelante, Acuerdo s/ Separado), entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y el KfW, para la construcción y ampliación de la red de ciclovías en Lima Metropolitana;

Que, el Acuerdo de Aporte Financiero es el acuerdo principal mediante el cual el KfW concede a esta Municipalidad, en su rol de Beneficiario, un aporte financiero hasta EUR 20,000,000.00 (Veinte Millones de Euros), aporte no reembolsable;

Que, en el Anexo 4 se consigna el Procedimiento de Desembolso, señalándose que el costo estimado del Proyecto ("Costo Total") que sirvió de base para la evaluación es de

Municipalidad Metropolitana de Lima

aproximadamente 22.2 millones de Euros. La Municipalidad Metropolitana de Lima está cofinanciando con aproximadamente 2.2 millones de Euros (8,8 millones de Soles) el proyecto (gastos administrativos, costos para la ampliación y el mantenimiento de la ciclovías, entre otros); Que, con Memorando N° D000207-2022-MML-GMU-STNM de fecha 04 de marzo de 2022, la Subgerencia de Transporte No Motorizado informa a la Subgerencia de Presupuesto sobre la distribución del gasto corriente y de inversión, en el marco del primer desembolso efectuado por el Banco de Desarrollo de la República Federal de Alemania — KfW, solicitando se incorporen los recursos presupuestales y financieros en el Centro de Costo de Transporte No Motorizado:

Que, mediante Informe N° D001513-2022-MML-GA-SLC de fecha 23 de junio de 2022, la Subgerencia de Logistica Corporativa informa a la Gerencia de Finanzas que, como parte del Acuerdo de Aporte Financiero, la Subgerencia de Logistica Corporativa sera la encargada de efectuar el procedimiento de contratación bajo el cumplimiento de las Directrices para la Contratación de Servicios de Consultoría, Obras, Bienes, Plantas Industriales y Servicios de NoConsultoría en el Marco de la Cooperación Financiera con Países Socios aprobados por la KfW y que forman parte del Acuerdo antes mencionado;

Nue, la Subgerencia de Presupuesto, a través del Informe N° D000694-2022-MML-GF-SP de 5 echa 21 de julio de 2022, concluye lo siguiente: i) La Subgerencia de Tesorería comunicó que kfc recibió un abono a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima por el importe de SF S/ 18,912,504.63 (Dieciocho Millones Novecientos Doce Mil Quinientos Cuatro con 63/100 Soles), su equivalente en (EUR 4,424,370.19), en virtud al Acuerdo de Aporte Financiero celebrado entre el KfW y la Municipalidad Metropolitana de Lima; ii) Dicho aporte sera destinado a financiar exclusivamente la construcción y ampliación de una red de ciclovías en Lima Metropolitana y las medidas complementarias (actividades - gasto corriente), a cargo del Centro de Costo de Transporte No Motorizado; iii) El aporte financiero antes mencionado permitirá otorgar los créditos presupuestarios en el presente año fiscal, para atender la ejecución de la Red de Ciclovías en Lima Metropolitana y sus medidas complementarias (gasto corriente), hasta por el importe total de S/ 18,912,504.63 (Dieciocho Millones Novecientos Doce Mil Quinientos Cuatro con 63/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento 04 — Donaciones y Transferencias, Rubro 13 - Donaciones y Transferencias, requeridos por el Centro de Costo de la Subgerencia de Transporte No Motorizado; iv) Se dejó sin efecto el Informe N° D000193-2022-MML-GF-SP de la Subgerencia de Presupuesto, toda vez que la Subgerencia de Transporte No Motorizado remitió información actualizada respecto a los importes a incorporar con cargo al primer desembolso correspondiente al aporte financiero en virtud al Acuerdo de Aporte Financiero;

Que, el antes referido Informe, en el punto 5.1, recomienda tramitar mediante Acuerdo de Concejo la aceptación del aporte financiero transferido por el KfW, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por el importe total de S/ 18,912,504.63 (Dieciocho Millones Novecientos Doce Mil Quinientos Cuatro con 63/100 Soles) para atender el financiamiento de la ejecución de la red de ciclovías en Lima Metropolitana y sus medidas complementarias, y; en el 5.2, recomienda solicitar, ante la Alta Dirección, la aprobación mediante Acuerdo de Concejo, de la incorporación de Mayores Ingresos provenientes del aporte financiero del KfW, a favor de esta Municipalidad, en la Fuente de Financiamiento 04 — Donaciones y Transferencias, Rubro 13 - Donaciones y Transferencias, por el importe total de S/ 18,912,504.63 (Dieciocho Millones ovecientos Doce Mil Quinientos Cuatro con 63/100 Soles), al Presupuesto Institucional 2022 e la Municipalidad Metropolitana de Lima, con el fin de certificar los créditos presupuestarios ue permitan atender la ejecución de la Red de Ciclovías en Lima Metropolitana y sus medidas

complementarias (gasto corriente), a cargo del Centro de Costo de la Subgerencia de Transporte No Motorizado;

DPO, >

O

Que, mediante Memorando N° D000428-2022-MML-GF de fecha 22 de julio de 2022, la Gerencia de Finanzas traslada el Informe N° D000694-2022-MML-GF-SP de fecha 21 de julio de 2022 de la Subgerencia de Presupuesto y remite los actuados a la Gerencia de Asuntos Jurídicos para la opinión legal correspondiente;

Municipalidad Metropolitana de Lima

Que, mediante Informe N° D000785-2022-MML-GAu de fecha 08 de agosto de 2022 la Gerencia de Asuntos Juridicos, concluye lo siguiente: i) De acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es función de la Subgerencia de Presupuesto elaborar y proponer las modificaciones presupuestarias; ii) Las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial de los gobiernos locales, de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito o Donaciones, se aprueban por Acuerdo de Concejo Municipal y es promulgado por el Titular del Pliego a través de Resolución de Alcaldía; iii) Resulta conforme a la normativa vigente que, mediante Acuerdo de Concejo, se apruebe la modificación presupuestaria en el nivel institucional por incorporación de mayores ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial de los gobiernos locales, de la fuente de financiamiento Donaciones, de acuerdo con lo propuesto por la Gerencia de Finanzas a través de la Subgerencia de Presupuesto;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 7972, Ley Orgánica de Municipalidades; y de conformidad con lo Opinado por las Comisiones Metropolitanas de Movilidad Urbana y Obras de Infraestructura Vial y de Asuntos Económicos y Organización, mediante los Dictámenes N° 005-2022-MML-CMMUOIV y N° 037-2022- MML/CMAEO, de fechas 7 de junio y 25 de agosto de 2022, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

“ip sArticulo 1. Aprobar la Aceptación del Aporte Financiero transferido por el KfW, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por el importe total de S/ 18,912,504.00 (Dieciocho Millones ovecientos Doce Mil Quinientos Cuatro con 00/100 Soles), para atender el financiamiento de la

Artículo 2. Aprobar la incorporación de Mayores Ingresos, provenientes del Aporte Financiero del KfW a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en la Fuente de Financiamiento 04 — Donaciones y Transferencias, Rubro 13 - Donaciones y Transferencias, por el importe total de S/ 18,912,504.00 (Dieciocho Millones Novecientos Doce Mil Quinientos Cuatro con 00/100 Soles) al Presupuesto Institucional 2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con el fin de certificar los créditos presupuestarios que permitan atender la ejecución de la red de ciclovías en Lima Metropolitana y sus medidas complementarias (gasto corriente), a cargo del Centro de Costo de Transporte No Motorizado, detallado en el Anexo N° 01, que forma parte del presente Acuerdo de Concejo.

Artículo 3. Encargar a la Gerencia Municipal Metropolitana, disponga que mediante la Gerencia de Finanzas y a través de su Subgerencia de Presupuesto, conjuntamente con la Subgerencia de Transporte No Motorizado de la Gerencia de Movilidad Urbana, efectúen las acciones administrativas y modificaciones presupuestarias que correspondan.

Artículo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ch LS ABI DE LIMA ear

AD, y, *] DANTE DELGADO POLO MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO. Vy General del Concejo AL E

Municipalidad Metropolitana de Lima

ANEXO N° 01

MODIFICACIÓN EN EL NIVEL INSTITUCIONAL INCORPORACIÓN DE MAYORES FONDOS PÚBLICOS

PLIEGO HABILITADO SECCIÓN

PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

INGRESOS

FUENTE DE FINANCIAMIENTO RUBRO DE FINANCIAMIENTO

: INSTANCIA DESCENTRALIZADA : 150101 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

: 301250 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

: 04 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS : 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

GENÉRICA DE FINANCIAMIENTO : 1.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

S/ S/ S/

18,912,504.00

18,912,504.00

18,912,504,00

TOTAL INGRESO

EGRESOS

FUENTE DE FINANCIAMIENTO RUBRO

CATEGORIA PRESUPUESTAL

PROYECTO

FUNCIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL

GENÉRICA DEL GASTO

PROYECTO

FUNCIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL

GENÉRICA DEL GASTO

: 04 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS : 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

9002 ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

2479706 CREACIÓN DE LA CICLOVÍA EN LA AV. PROLONGACIÓN ESPAÑA, AV. GENERAL VARELA, JIRÓN CENTENARIO, PROLONGACIÓN JIRÓN NAZCA, DISTRITO DE BREÑA - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA

15 TRANSPORTE

036 TRANSPORTE URBANO

0074 VIAS URBANAS

2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

2475955 CREACIÓN DE LA CICLOVÍA EN LA , AV. MADRE DE DIOS, AV. JOSE DIAZ DISTRITO DE LIMA - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA

15 TRANSPORTE

036 TRANSPORTE URBANO

0074 VIAS URBANAS

2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

S/

S/ S/

S/

S/

18,912,504,00

18,221,573.00 18,221,573.00

2,338,475.00

457,503.00

Municipalidad Metropolitana de Lima

PROYECTO

FUNCIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL

GENÉRICA DEL GASTO

PROYECTO

FUNCIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL

GENÉRICA DEL GASTO

PROYECTO

FUNCIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL

GENÉRICA DEL GASTO

FUNCIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL

GENÉRICA DEL GASTO

PROYECTO

FUNCIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL

GENÉRICA DEL GASTO

2481184 MEJORAMIENTO DE LA CICLOVÍA EN LA AV. MARIANO CORNEJO, AV. COLOMBIA, AV. DEL RIO, PROLOG. AV. UGARTECHE, DISTRITO DE PUEBLO LIBRE - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA

15 TRANSPORTE

036 TRANSPORTE URBANO

0074 VIAS URBANAS

2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

2163678 CREACIÓN DE UNA CICLOVÍA EN LA AV. PRIMERO DE MAYO, TRAMO AV. MARIANO PASTOR SEVILLA - AV. SEPARADORA INDUSTRIAL, EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR, PROVINCIA DE LIMA - LIMA

15 TRANSPORTE

036 TRANSPORTE URBANO

0074 VIAS URBANAS

2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

2392518 CREACIÓN DE UNA CICLOVÍA, EN LA AV. SEPARADORA INDUSTRIAL TRAMO: AV. JOSE C. MARIATEGUI - ESTACION 01 METRO DE LIMA CENTRO POBLADO DE VILLA EL SALVADOR - DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR - PROVINCIA DE LIMA - REGION LIMA

15 TRANSPORTE

036 TRANSPORTE URBANO

0074 VIAS URBANAS

2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

2392735 CREACIÓN DE UNA CICLOVÍA, EN LA AV. 200 MILLAS, TRAMO: AV. PASTOR SEVILLA - AV. PACHACUTEC, CENTRO POBLADO DE VILLA EL SALVADOR - DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR - PROVINCIA DE LIMA - REGIÓN LIMA

15 TRANSPORTE

036 TRANSPORTE URBANO

0074 VIAS URBANAS

2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

2392380 CREACIÓN DE UNA CICLOVÍA EN LA AV. MEXICO TRAMO: AV. PASEO DE LA REPUBLICA - AV. NICOLAS AYLLON, CENTRO POBLADO DE LA VICTORIA - DISTRITO DE LA VICTORIA - PROVINCIA DE LIMA - REGIÓN LIMA

15 TRANSPORTE

036 TRANSPORTE URBANO

0074 VIAS URBANAS

2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

S/

S/

S/

S/

S/

5,118,454.00

1,789,964.00

1,668,758.00

1,956,914.00

4,104,723.00

Municipalidad Metropolitana de Lima

PROYECTO

FUNCIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL

GENÉRICA DEL GASTO

ACTIVIDAD

FUNCIÓN

DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL GENÉRICA DEL GASTO

TOTAL EGRESO

2163679 CREACIÓN DE UNA CICLOVÍA EN LA AV. JUAN VELASCO ALVARADO, TRAMO AV. MARIANO PASTOR SEVILLA - AV. PACHACUTEC, EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR, PROVINCIA DE LIMA

  • LIMA

15 TRANSPORTE

036 TRANSPORTE URBANO

0074 VIAS URBANAS

2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS s/ 690,931.00 5000805 FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL

03 PLANEAMIENTO, GESTIÓN Y RESERVA

DE CONTINGENCIA

006 GESTION

0010 INFRAESTRUCTURA Y

EQUIPAMIENTO

2.3 BIENES Y SERVICIOS S/ 786,782.00

S/ 18,912,504.00


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3544500-322-14-09-22 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3694248/AC%20322%20-%2014.09.22%20%281%29.pdf.pdf