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305-07-09-22 Council Agreement Lima Metropolitana In force

Acuerdo de Concejo N.° 305 07.09.22

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NS

Municipalidad Metropolitana de Lima

ACUERDO DE CONCEJO N° 305 - 2022

LIMA, 7 DE SETIEMBRE DE 2022

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO:

El Oficio N* 0224-2022-INVERMET-GP de la Gerencia de Proyectos de INVERMET, el Informe N° D000637-2022-MML-GF-SP de la Subgerencia de Presupuesto perteneciente a la Gerencia de Finanzas, el Memorando N° D000381-2022-MML-GF de la Gerencia de Finanzas y el Informe N° D000694-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

$) Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante Ley N* 27972), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

ej Que, el numeral 35 del Artículo 9 de la Ley N° 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley;

Que, de acuerdo con lo indicado en el numeral 46.1 del Artículo 46 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, los Créditos Suplementarios constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público;

Que, de acuerdo con el numeral 46.2 del Artículo 46 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el caso de los gobiernos regionales gobiernos locales, los créditos suplementarios que se aprueben en el marco del párrafo 50.4

3/del Artículo 50 y del Artículo 70, se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo / Municipal según sea el caso;

Que, el numeral 50.4 del Artículo 50 del mencionado Decreto Legislativo N° 1440, establece que: “Las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial de los gobiernos regionales y gobiernos locales, de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según sea el caso”;

Que, el inciso iii del numeral 21.3 del Artículo 21 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01, publicada en el Diario Oficial modificaciones presupuestarias en el nivel institucional por incorporación de mayores ingresos

Municipalidad Metropolitana de Lima

públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 50.1 del Artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, se sujetan a los límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas que se establecen por Decreto Supremo, según corresponda, en consistencia con las metas y reglas fiscales, y proceden cuando provienen de: (...) los saldos de balance en fuentes de financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, los cuales se determinan al establecer la diferencia entre los ingresos recaudados en un año fiscal, que incluye el Saldo de Balance del año fiscal previo, y los gastos devengados al 31 de diciembre en el mismo período;

Que, en el Artículo 28 de la citada Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, se señala que la incorporación de mayores ingresos públicos provenientes de recursos por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y por donaciones, se aprueban por Acuerdo de Concejo Municipal, en el marco de lo dispuesto por el numeral 50.4 del Artículo 50 y Artículo 70 del Decreto Legislativo N° 1440, y es promulgado por el Titular del Pliego a través de Resolución de Alcaldía, utilizando el Modelo N° 2/GL;

Que, el Decreto Supremo N° 005-2022-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de 3] enero de 2022, estableció los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para el Año Fiscal 2022, que se destinen al financiamiento del gasto corriente, en los pliegos del gobierno nacional, gobiernos regionales, gobiernos locales, así como en las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales; el cual no resulta aplicable al presente caso, conforme lo señala la Subgerencia de Presupuesto, a través del Informe N° D000214-2022-MML-GF-SP de fecha 22 de marzo de 2022, toda vez que los recursos a ser incorporados al Presupuesto Institucional 2022 de la corporación municipal, corresponden a gastos de inversión y no a gastos corrientes;

Que, mediante Oficio N° 0224-2022-INVERMET-GP de fecha 25 de febrero de 2022, la Gerencia de Proyectos de INVERMET, remite el Oficio N° 00177-2022-INVERMET-GP de fecha 17 de febrero de 2022, en el que solicita disponibilidad de recursos presupuestarios para incorporación al PMI y POI 2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de 02 inversiones de Rehabilitación y Acondicionamiento del Campo de Marte, como eje ambiental del distrito de Jesús María - Lima — Lima con CUI N° 2226712 y Creación del Complejo Recreativo Municipal Alfonso Barrantes de Huaycan, Distrito de Ate - Lima — Lima CUI N* 2193068, de acuerdo con el siguiente detalle:

Ne PROYECTO MONTO 2022 EREVEION

1 Rehabilitacion y Acondicionamiento del Campo de Marte, como eje 20,484,369.45 561,507.37

Ambiental del distrito de Jesús María - Lima —Lima CUI 2226712 Creación del Complejo Recreativo Municipal Alfonso Barrantes de Huaycan, Distrito de Ate - Lima — Lima CUI 2193068

TOTAL 57,850,334.65 12,344,305.18

37,365,965.20 11,782,797.81

Que, la Subgerencia de Presupuesto, a través del Informe N° D000637-2022-MML-GF-SP de fecha 8 de julio de 2022, concluye que de lo informado por la Subgerencia de Contabilidad, se cuenta con el Saldo de Balance 2021, el cual permite otorgar en el presente año fiscal, créditos presupuestales para el financiamiento parcial de la continuidad de la ejecución de las inversiones municipales, hasta por el importe de S/ 3,754,474.00 (Tres Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro con 00/100 Soles) con cargo al referido Saldo de Balance 2021, en la Fuente de Financiamiento 03 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Rubro 19 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, requerido por la UEl — INVERMET; de acuerdo con el siguiente detalle:

Financiamiento de Proyectos de Inversión con cargo al Saldo de Balance

ODIGO ADO ¡NOMBRE D PRO 0

03 - RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO

19 - RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO

2193068 CREACION DEL COMPLEJO RECREATIVO MUNICIPAL ALFONSO BARRANTES DE

HUAYCAN, DISTRITO DE ATE - LIMA - LIMA TOTAL

Que, la Gerencia de Finanzas, a través del Memorando N° D000381-2022-MML-GF hace suyo el contenido del Informe N° D000637-2022-MML-GF-SP de la Subgerencia y solicita la

aprobación de la incorporación del Saldo de Balance 2021, al Presupuesto Institucional 2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a los Saldos de Balance al 31 de diciembre de 2021, comunicado por la Subgerencia de Contabilidad, en el cual informa la disponibilidad

financiera que permite otorgar créditos presupuestales en el presente año fiscal para el

financiamiento parcial de la continuidad de la ejecución de las inversiones municipales, hasta por el importe de S/ 3,754,474.00 (Tres Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro con 00/100 Soles), con cargo al referido Saldo de Balance 2021, en la Fuente de Financiamiento 03 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Rubro 19 - Recursos por

] Operaciones Oficiales De Crédito, requerido por la UEI - INVERMET;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe N° D000694-2022-MML-GAJ de fecha

12 de julio de 2022, concluye que resulta conforme a la normativa vigente que, mediante Acuerdo

de Concejo, se apruebe la modificación presupuestaria en el nivel institucional por incorporación de mayores ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial de los gobiernos locales, de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de acuerdo a lo propuesto por la Gerencia de Finanzas a través de la Subgerencia de

Presupuesto;

] Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, mediante el Dictamen N° 035-2022-

MML/CMAEO de fecha 11 de agosto de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

+) Artículo 1. Aprobar el financiamiento del proyecto con CUI N° 2193068 “Creación del Complejo

Recreativo Municipal Alfonso Barrantes de Huaycan, distrito de Ate - Lima - Lima”, con cargo a

los recursos del Saldo de Balance correspondiente a los Intereses Bancarios del Endeudamiento Interno, en la Fuente de Financiamiento 03 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito,

Rubro 19 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, hasta por el importe de S/

3,754,474.00 (Tres Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro

con 00/100 Soles).

Artículo 2. Aprobar la Modificación Presupuestaria en el nivel Institucional por la incorporación de mayores ingresos públicos, hasta por el importe de S/ 3,754,474.00 (Tres Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro con 00/100 Soles), provenientes del Saldo de Balance de los Intereses Bancarios del Endeudamiento Interno, en la Fuente de

Financiamiento 03 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Rubro 19 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, al Presupuesto Institucional 2022 de la Municipalidad

Metropolitana de Lima, para la ejecución del proyecto con CUI N° 2193068 “Creación del Complejo Recreativo Municipal Alfonso Barrantes de Huaycan, distrito de Ate - Lima - Lima”, tal ¿Como se detalla en el Anexo N° 01 adjunto al presente Acuerdo de Concejo.

Artículo 3. La Subgerencia de Presupuesto o la que haga sus veces, elaborará las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Acuerdo de Concejo.

Artículo 4. Encargar a la Gerencia Municipal Metropolitana, a la Gerencia de Planificación y ala Gerencia de Finanzas, el cumplimiento de lo establecido en el presente Acuerdo de Concejo.

f

AS

A E ¿JPOR TANTO:

Artículo 5. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del

presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

  1. MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

A

MIGUEL EUGENIO EN

ALCALDE

lg

Municipalidad Metropolitana de Lima

ANEXO N° 01 MODIFICACIÓN EN EL NIVEL INSTITUCIONAL

INCORPORACIÓN DE MAYORES FONDOS PÚBLICOS SALDOS DE BALANCE - AÑO FISCAL 2021

PLIEGO HABILITADO SECCIÓN : INSTANCIA DESCENTRALIZADA PLIEGO : 150101 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA UNIDAD EJECUTORA :301250 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 03 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO S/ 3,754,474,00 RUBRO DE FINANCIAMIENTO : 19 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO SI 3,754,474.00 GENÉRICA DE FINANCIAMIENTO — :1.9 SALDOS DE BALANCE El 3,754,474.00 TOTAL INGRESO sI 3,754,474.00 EGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 03 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO S/ 3,754,474.00 RUBRO : 19 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO. SJ_—«34,754,474.00 9002 ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN CATEGORIA PRESUPUESTAL PRODUCTOS 2193068 CREACION DEL COMPLEJO RECREATIVO MUNICIPAL PROYECTO ALFONSO BARRANTES DE HUAYCAN, DISTRITO DE ATE - LIMA - LIMA FUNCIÓN 21 CULTURA Y DEPORTE DIVISIÓN FUNCIONAL 046 DEPORTES GRUPO FUNCIONAL 0102 INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y RECREATIVA GENÉRICA DEL GASTO 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS S/ 3,754,474.00 TOTAL EGRESO SI

3,754,474.00


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