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30-15-11-2021 Mayoral Decree Lima Metropolitana In force

Decreto de Alcaldía N.° 30 15.11.2021

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Municipalidad Metropolitana de Lima

DECRETO DE ALCALDÍA N° 30

LIMA, 15 DE NOVIEMBRE DE 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTO:

El Memorando N° D000744-2021-MML-GDE de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe N° D000444-2021-MML-GP-SPC de la Subgerencia de Planeamiento Corporativo perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Informe N° D000307-2021-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorando N° D000801-2021-MML-GP de la Gerencia de Planificación y el Informe N° D000962-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante Ley N° 27972), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 74 de la Ley N° 27972, dispone que las municipalidades ejercen una función promotora, normativa y reguladora, en concordancia con la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización;

Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley N* 27972, dentro del marco de sus competencias y funciones, las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas señaladas en el Capítulo | del Título V, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: “(...) 4. En materia de desarrollo y economía local. (...) 4.3. Promoción de la generación de empleo y el desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o rural. (...)”;

Que, según el subnumeral 1.2 del numeral 1 del Artículo 83 de la referida Ley N° 27972, dentro del marco de las funciones específicas exclusivas, establecidas en la presente ley, el rol de las municipalidades provinciales comprende: “Establecer las normas respecto del comercio ambulatorio;

Que, el subnumeral 2.3 del numeral 2 del Artículo 161 de la mencionada Ley N° 27972, establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene competencias y funciones metropolitanas especiales en materia de promoción del desarrollo económico social, para fomentar la inversión privada en proyectos de infraestructura metropolitana que impulsen el empleo;

Que, la Organización Mundial de la Salud - OMS, el 11 de marzo de 2020, ha calificado el brote del COVID-19 como una pandemia, al haberse extendido en más de cien (100) países del mundo de manera simultánea. Acorde a ello, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, publicado en el Diario Oficial “ Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19; dictándose además las medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19; asimismo, en el Decreto de Urgencia N° 026-2020, publicado en el Diario Oficial “ temporales para prevenir la propagación del Ccronavirus (COVID-19) en el territorio nacional,

Municipalidad Metropolitana de Lima

Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2021-SA, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 14 de agosto de 2021, se prorrogó por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la Emergencia Sanitaria declarada mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, prorrogada a su vez por los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA y N° 009-2021-SA;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, precisado por los Decretos Supremos N° 045 y N° 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, mediante Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadania en la nueva convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, quedando restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú; el mismo que fue prorrogado por los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM, N° 008-2021-PCM, N° 036-2021- PCM, N° 058-2021-PCM, N° 076-2021-PCM, N° 105-2021-PCM, N° 123-2021-PCM, N° 131- 2021-PCM, N° 149-2021-PCM, N° 151-2021-PCM, N° 152-2021-PCM, N° 156-2021-PCM y N° 159-2021-PCM;

Que, el Artículo 5 del citado Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, establece que, durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, los gobiernos regionales y locales contribuyen al cumplimiento de las medidas establecidas en dicho decreto, en el marco de sus competencias;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 167-2021-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del lunes 1 de noviembre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID- 19;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 062-2021-VIVIENDA y modificatoria, se aprobó la “Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19";

Que, el citado Documento Técnico define Mercado itinerante, como un lugar temporal donde los productos aseguran el abastecimiento de productos agropecuarios que aportan a la dieta diaria, así como artesanos y emprendedores locales para afrontar la emergencia sanitaria;

Que, el Artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, establece que los gobiernos locales implementan la “Guia de acondicionamiente de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19", en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 27972, para lo cual identifican los espacios públicos abiertos para la aplicación de la citada Guía;

Que, mediante Memorando N° D000744-2021-MML-GDE de 13 de setiembre de 2021, la Gerencia de Desarrollo Económico remitió la propuesta de “Guía General para la Realización de Ferias Comerciales” actualizada, elaborada por la Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo, a la Gerencia de Planificación, para continuar con el proceso de aprobación;

Que, en cuanto al contenido de la "Guía General para la Realización de Ferias Comerciales”, se verifican cuatro (4) fases: (i) Planificación, (ii) Organización, (ii) Ejecución y (iv) Evaluación. Asimismo, la referida Guía tiene por objeto establecer el proceso, los pasos y las actividades para la realización de ferias de indole comercial que organice la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de las Gerencias que en el ámbito de sus funciones as! lo permita;

Municipalidad Metropolitana de Lima

Que, respecto al órgano proponente, el Artículo 156 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2208 (en adelante ROF), establece que la Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo es la unidad orgánica responsable de promover el desarrollo sostenible competitivo, a través de la formulación, ejecución y control de políticas y planes empresariales y productivo en materia de trabajo, promoción del empleo, la micro y pequeña empresa en el ámbito de su competencia; asimismo, el numeral 14 del Artículo 157 del ROF, establece como una de sus funciones, la de formular, proponer e implementar ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, contratos, convenios y otras normas de aplicación institucional metropolitana, de acuerdo a sus competencias;

Que, la Gerencia de Desarrollo Económico, a través de la Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo, resulta funcionalmente competente para presentar la propuesta de aprobación de la "Guía General para la Realización de Ferias Comerciales”, a través de un Decreto de Alcaldía, que tiene por finalidad promover la competitividad de las Micro y Pequeñas Empresas en Lima Metropolitana, a través de la realización de ferias comerciales con el fin de coadyuvar a la búsqueda de nuevos nichos de mercado desarrollándose una estrategia de diversificación geográfica para impulsar el aceleramiento de la reactivación económica y el crecimiento de ventas por medio de la búsqueda de nuevos clientes;

Que, mediante Informe N° D000444-2021-MML-GP-SPC de 11 de octubre de 2021, la Subgerencia de Planeamiento Corporativo, sobre la propuesta de Guía General para Ferias Comerciales, concluye que: i) Las actividades operativas comprendidas en el Plan Operativo Institucional que comprendan iniciativas planteadas en la Guía General para Ferias Comerciales propuesta por la Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo de la Gerencia de Desarrollo Económico son formuladas y programadas según las prioridades de los centros de costo y de conformidad con sus funciones y competencias establecidas en el ROF. Asimismo, para su incorporación en el Plan Operativo Institucional de la MML, éstas deberán de contar con el debido financiamiento para su implementación; ii) De conformidad con lo señalado por el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), los “indicadores” a nivel institucional son establecidos según las Acciones Estratégicas Institucionales y Objetivos Estratégicos Institucionales del Plan Estratégico Institucional, y; iii) Sin perjuicio de lo anterior, para fines del seguimiento y evaluación de estas iniciativas se recomienda contar con elementos medibles que permitan evaluar el impacto y resultados obtenidos con la finalidad de continuar promoviendo nuevas oportunidades comerciales;

Que, a través del Informe N° D000307-2021-MML-GP-SOM de 14 de octubre de 2021, la Subgerencia de Organización y Modernización, concluye que: i) Mediante Memorando N° D000744-2021-MML-GDE, la Gerencia de Desarrollo Económico remite la propuesta denominada "Guía General para la Realización de Ferias Comerciales”, elaborada por la Subgerencia de Trabajo y promoción del Empleo; ii) Por lo expuesto en el presente informe, y por las competencias establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, este despacho considera que la Subgerencia de Trabajo y promoción del Empleo, perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Económico, cuenta con las competencias para proponer el documento en cuestión, por lo que se emite opinión favorable, y; iii) Asimismo, el proyecto incorpora gran parte de las recomendaciones realizadas por los órganos de linea que emitieron opinión, en respuesta al Memorando Circular N° 000052-2021- MML-GP, como se detalla en el Informe N* 000044-2021-MML-GDE-STPE-DMA;

Que, estando a lo expuesto, la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene competencia para promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con las municipalidades distritales de su jurisdicción; formular, proponer y evaluar las políticas, estrategias, programas y proyectos vinculados; la promoción del desarrollo económico, empresarial, productivo y comercial; la regulación y formalización del comercio; la administración de mercados a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima; la promoción del empleo productivo, de la pequeña y microempresa y el turismo; en consecuencia, tiene competencia para emitir los instrumentos necesarios para la realización de ferias de indole comercial;

Municipalidad Metropolitana de Lima

Que, el Artículo 42 de la Ley N° 27972 indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del Informe N°D000962-2021-MML-GAJ de 9 de noviembre de 2021, concluye que resulta conforme a la normativa vigente que mediante decreto de alcaldía se apruebe la "Guía General para la Realización de Ferias Comerciales”, documento que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planificación, a través de la Subgerencia de Organización y Modernización, correspondiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20 y en el Artículo 42 de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1. Aprobar la "Guía General para la realización de Ferias Comerciales” que, como documento adjunto, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 2. Encargar a los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la “Guía General para la realización de Ferias Comerciales’ en base a sus competencias y funciones vigentes.

Artículo 3. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y la "Guía General para la realización de Ferias Comerciales” en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) el mismo día de su publicación en el referido Diario Oficial

POR TANTO:

Regístrese, Comuníquese y Publíquese.

‘General del Concejo

GUÍA GENERAL PARA LA REALIZACIÓN DE FERIAS COMERCIALES

Gerencia de Desarrollo Económico Municipalidad Metropolitana de Lima

Lima, 2021

MUNICIPALIDAD DE LIMA

IMA = | ar...

MUNICIPALIDAD DE

LIMA CONTENIDO

  1. Presentación a. Objeto b. Finalidad Pública c. Alcance
  2. Marco Normativo Glosarios de Términos Importancia de las ferias comerciales a. ¿Por qué son importantes las ferias comerciales?
  3. Proceso para la realización de ferias comerciales a. Planificación b. Organización c. Ejecución d. Evaluación
  4. De la participación en ferias a. Postulación i. Modalidades ii. Información mínima del postulante b. Evaluación y selección i. Criterios de evaluación li. Publicación de resultados Obligaciones de los participantes Prohibiciones para los participantes Responsabilidades y prerrogativas del Organizador Responsabilidades y prerrogativas del Área técnica

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  1. Grupos Vulnerables

  2. Anexos (Indicadores y herramientas para el monitoreo de las Ferias Comerciales)

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  1. PRESENTACIÓN

La Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Gerencia de Desarrollo Económico, es el órgano responsable de formular, proponer y evaluar las políticas, estrategias, programas y proyectos vinculados con la promoción del desarrollo económico, empresarial, productivo y comercial, con la regulación y formalización del comercio, con la administración de mercados a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con la promoción del empleo productivo, de la pequeña y microempresa y el turismo. Es así como, la Municipalidad de Lima apuesta por la facilitación de plataformas como las ferias comerciales que permitan reactivar la economía y dinamizar el fomento del empleo, a través del fortalecimiento del sector empresarial

a. Objeto:

La presente guía tiene como objeto establecer el proceso, los pasos y las actividades para la realización de ferias de índole comercial, que organice la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de sus Gerencias que en el ámbito de sus funciones así lo permita.

b. Finalidad Pública:

La presente guía tiene como finalidad, promover la competitividad de Mypes en Lima Metropolitana, a través de la realización de ferias comerciales, con el fin de coadyuvar a la búsqueda de nuevos nichos de mercado, desarrollándose una estrategia de diversificación geográfica, para impulsar el aceleramiento de la reactivación económica y el crecimiento de ventas por medio de la búsqueda de nuevos clientes.

c. Alcance:

Las disposiciones establecidas en la presente guía son aplicables al ámbito del Cercado de Lima y puede ser replicado en los gobiernos locales de la Provincia de Lima.

  1. MARCO NORMATIVO

e La Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su Título V, las competencias y funciones específicas de los Gobiernos Locales, en esa línea normativa, el numeral 4, del articulo 73 de la norma, ha establecido como una competencia específica general de los Gobiernos Locales, en materia de

Firma tea desarrollo y economía local, la promoción de la generación de empleo y el 155) oem desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana y rural. LIMA Del mismo modo, el numeral 2 del artículo 161 de la norma precitada ha ene el EA definido las competencias y funciones metropolitanas especiales, siendo una de ellas, la promoción del desarrollo económico social, promoviendo el desarrollo de empresas.

e Ley N° 30840, Ley que promueve el servicio de facilitación administrativa preferente en beneficio de personas en situación especial de vulnerabilidad y su Reglamento aprobado a través del Decreto Supremo N° 017-2019-MIMP.

MUNICIPALIDAD DE:

LIMA

€) CIMA

Meso boy "a" Feta ate tasee- 0500

Decreto Supremo N° 004-2020-MIMP, Texto Unico Ordenando de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar,

Resolución Ministerial 062-2021-VIVIENDA, modificada mediante Resolución 96-2021-VIVIENDA, que aprueba la Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19, incorporarse.

Ordenanza N” 2208 y modificatoria, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima y establece las funciones específicas de las áreas involucradas en el proceso de ejecución de ferias comerciales

GLOSARIO DE TÉRMINOS

a

Organizador.- Es la dependencia de la Municipalidad, encargada de planificar, gestionar y ejecutar las actividades para la feria según el tipo de participante que se verá beneficiado.

Área técnica.- Es la Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo de la Gerencia de Desarrollo Económico o la que haga sus veces, es la oficina encargada de sugerir, revisar y asesorar técnicamente la ejecución de ferias comerciales, en la Municipalidad de Lima.

Equipo Técnico. - Está conformado por profesionales designados por el Organizador y el Área Técnica y son los responsables de la revisión y asesoría técnica y; gestión y ejecución para el desarrollo de todas las etapas de la organización de la feria en coordinación con el Organizador y el Área Técnica; asimismo, serán los responsables de la revisión de la información brindada por los participantes y la evaluación de los postulantes.

Base de Emprendedores. - Base de datos en la cual se consignan emprendedores aptos para participar en ferias comerciales de la Municipalidad. Estos emprendedores habrán tomado como mínimo un servicio brindado por el Área Técnica.

Postulantes.- Son aquellas personas que pertenecen a la Base de Emprendedores o aquellas personas que presentan su postulación en convocatorias abiertas.

Información mínima del postulante. - Son aquellos aspectos técnicos establecidos por la Municipalidad, que deberán evidenciar los postulantes, con el fin de participar en las ferias comerciales.

Participantes. - Son aquellas personas que cumplen con brindar la Información mínima del postulante; y son evaluados de manera favorable por el Organizador para participar en la feria.

Carta de Compromiso. - Documento firmado por el PARTICIPANTE que da valor al cumplimiento de las indicaciones otorgadas por el ORGANIZADOR.

i. Feria Comercial: Evento de carácter económico que se establece bajo un propósito concreto y que tiene como característica, concertar en un mismo espacio físico a la oferta y demanda de servicios y/o productos, en una fecha programada. Las ferias son una estrategia de promoción para la generación de oportunidades comerciales, que se realizan a través de un contacto directo con el cliente y la competencia.

j. Emprendedores formales: Persona natural con negocio o persona jurídica constituida.

k. Emprendedores informales: Personas que no se encuentran registradas tributariamente y que realizan la venta de sus productos de manera ambulatoria en las calles o de forma virtual.

|. Formulario de postulación: documento digital elaborado por el Organizador, en dónde los emprendedores introducen datos personales y relacionados a su actividad económica, con el fin de ser procesados y evaluados posteriormente.

m. Grupos Vulnerables: Son aquellos grupos humanos constituidos por personas que cuentan con algún grado de vulnerabilidad, ellos se componen por i) Personas con Discapacidad; ii) Adultos mayores; iii) Mujeres Vulnerables; iv) Población Migrante.

  1. IMPORTANCIA DE LAS FERIAS COMERCIALES

a. ¿Por qué son importantes las ferias comerciales? Las ferias deben diseñarse como eventos de promoción comercial dirigidos a emprendedores, con independencia del sector productivo al que pertenezcan. Es así como, las ferias comerciales son un instrumento que forma parte de la estrategia para fomentar el desarrollo económico de un territorio que proporciona a los diferentes sectores los siguientes beneficios:

  • Constituyen la más completa herramienta de comunicación, donde se produce una interacción directa entre comprador y vendedor, poniendo en funcionamiento los cinco sentidos.

him e Son el lugar idóneo para establecer contactos comerciales, encontrarse

remos se con los clientes habituales y captar nuevos clientes, ofreciendo nuevos LIMA servicios y/o productos. EAS o © Constituyen la mejor manera de conocer las tendencias actuales del

rasoas 0500 mercado.

e Acceso a información, contactos y relaciones que le aporten mayores conocimientos y acceso a nuevos mercados.

e Establecimiento de negocios y alianzas entre empresas e instituciones, en forma efectiva y rápida.

e Identificación de las adaptaciones, modificaciones e innovaciones que se deben utilizar en los productos y servicios, nuevos diseños, formas de diferenciación de productos, maneras de preservar, manejo y proteger productos, para penetrar en otros mercados y/o mejorar su inserción en el mercado nacional.

MUNICIPALIDAD DE:

LIMA

Feng: Elle reco eon

  • Constituyen una plataforma de exposición de alcance nacional.
  • Se debe tener como fin último contribuir a la reactivación económica.

PROCESO PARA LA REALIZACIÓN DE FERIAS COMERCIALES

Para enfrentar con éxito la realización de una feria comercial, es necesario definir y ejecutar un proceso que plantee acciones secuenciales, cuyos resultados deben responder a los objetivos establecidos. Es así que se propone desarrollar un proceso dividido en pasos para su mejor implementación y seguimiento:

a. Planificación

Este proceso tiene como base planificar las tareas y actividades a desarrollar para el cumplimiento del propósito de realizar este tipo de evento. Para ello, es necesario llevar a cabo lo siguiente:

  • Respecto del Plan Operativo Institucional

Las actividades operativas comprendidas en el Plan Operativo Institucional que formen parte de las iniciativas planteadas en la presente Guía deben ser formuladas y programadas según las prioridades de los centros de costo y de conformidad con sus funciones y competencias establecidas en el ROF; asimismo, para su incorporación en el Plan Operativo Institucional de la MML, éstas deberán de contar con el debido financiamiento para su implementación.

  • Determinación de los indicadores Un indicador es la expresión cuantitativa o cualitativa que permite describir características, comportamientos o fenómenos de la realidad, en un momento determinado. Es por ello que, con el fin de medir el impacto y los resultados de las ferias comerciales, será necesario establecer indicadores que permitan hacerlo. Los indicadores principales que deben considerarse son los siguientes: (Anexos)
  • Numero total de postulaciones

  • Número total de participantes/beneficiarios

  • Número de stands entregados

  • Total de ventas alcanzadas

  • Total de visitantes

De acuerdo con los objetivos establecidos para una determinada feria comercial, pueden agregarse otros indicadores que se consideren esenciales para la medición de resultados.

MUNICIPALIDAD DE

E LIMA

  • Elaboración del Plan de Trabajo

Este plan debe contener todas las actividades para la ejecución del evento, determinando el tiempo, recursos y responsables para cumplir las metas propuestas. Este paso permitirá coordinar, las actuaciones que corresponden a cada una de las personas o áreas involucradas para ir controlando los avances en todo el proceso para realizar las ferias comerciales, el monitoreo debe realizarse como parte de una eficiente gestión

b. Organización

En esta etapa se organizan los recursos que se han programado utilizar en la feria comercial, en especial el recurso humano para conformar el Equipo Técnico asignado por el Organizador. El Equipo Técnico, será responsable de llevar a cabo las siguientes tareas para la organización de la feria.

  • Gestión para la solicitud de espacio Luego de realizar visitas a locaciones potenciales habilitadas para realizar eventos, se solicita a través de oficio, memorando o informe a la institución correspondiente, el uso del espacio para la realización de la feria. Es preciso indicar que en la Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19 publicado por el Ministerio de Vivienda, se propone utilizar los espacios abiertos ubicados al interior de infraestructura pública O privada, para promover actividades recreativas, culturales o comerciales. Se propone que estos espacios públicos o privados potenciales tengan las siguientes características:
  • Alto tránsito de personas.
  • Estar cerca de una avenida o calle concurrida.
  • Tener acceso a puntos de luz.

di y crus - Que cuenten con servicios higiénicos. LIMA - Estar cercados. AE so + Elaboración de la ayuda memoria

En este documento se plasma toda información relevante concerniente a la realización de la feria como objetivos, finalidad, fecha, lugar, horario, duración, distribución del recinto ferial, acciones de publicidad masivas y a públicos específicos y actividades extras.

e Gestion de permisos para uso de espacios El Organizador deberá solicitar la autorización o gestionar el permiso para el uso del espacio donde se realizará la feria en caso sea necesario, al ente o institución que amerite.

MUNICIPALIDAD DE

LIMA

Solicitud de logística

De acuerdo al espacio y a la cantidad de participantes, se hace el listado de materiales e insumos a utilizar. Cabe mencionar que de acuerdo a la Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19 publicado por el Ministerio de Vivienda, es de suma importancia contar con implementos que garanticen la implementación de protocolos de bioseguridad.

La solicitud se realiza al área correspondiente o de ser el caso a través de contratación de servicios o compra de bienes.

Sin perjuicio de que la feria se conceptualice con un formato determinado, es recomendable que cuente al menos con la siguiente logística:

Mobiliario e implementos Mobiliario e implementos para estándares protocolos de bioseguridad

  • Toldos - Conos
  • Mesas - Separadores de conos
  • Sillas - Alcohol
  • Manteles - Rociadores de alcohol
  • — Vallas de seguridad - Termómetro digital
  • — Tachos de basura - Pediluvio diferenciados para - Lejía promover la segregación - Lavamanos de los residuos. - Papel toalla
  • Bolsas de basura - Mascarillas
  • Tomacorrientes
  • Señalética
  • — Botellas de agua
  • Paños de limpieza

Convocatoria

El Organizador decidirá el nivel de emprendedor que participará en las ferias comerciales, cumpliendo con el objetivo de la misma. La convocatoria podrá ser cerrada, es decir recurriendo a la Base de Emprendedores y/o abierta, cuando se lance al público en general. En el segundo caso, pueden participar en las ferias comerciales, todos los emprendedores y organismos e instituciones vinculadas al desarrollo y promoción del emprendimiento que cumplan con entregar la información mínima del postulante establecida por el Organizador y el Área técnica y sean evaluados y seleccionados por el Organizador.

MUNICIPALIDAD DE

LIMA

  • Evaluación y selección

En este punto, se evalúa la inscripción de cada postulante tomando en cuenta el cumplimiento de la entrega de la Información mínima del postulante y la oferta que presenta con el fin de enlazarla a la demanda potencial de las ferias. Una vez culminada la selección se publican los resultados en los canales oficiales del Organizador y el Área técnica y se comunica a los participantes seleccionados las indicaciones pertinentes.

e Estrategia de promoción y publicidad Se realiza un conjunto de acciones para dar a conocer la feria con el objetivo de que esta reciba la afluencia esperada. La promoción y publicidad puede aplicarse a través de las estrategias masivas o a públicos específicos:

MASIVA PÚBLICO ESPECÍFICO

Medios tradicionales masivos | Activaciones a públicos (impresos, prensa y televisión) segmentados

Volanteo y perifoneo Redes Sociales |

c. Ejecución

La ejecución de la feria se encuentra a cargo del Organizador y el Equipo Técnico; inicia con las actividades que se realizan para preparar el espacio o recinto ferial hasta el momento en que culmina la feria y el espacio es devuelto en las mismas condiciones en las que fue otorgado. Las tareas a realizar en esta etapa son las siguientes:

  • Montaje Según la magnitud de la feria, se debe considerar realizar el montaje días antes del inicio de la misma. En el montaje se trasladan e instalan todo el mobiliario e insumos en el espacio necesarios, enlistados en la etapa de organización. Dicha instalación debe seguir una distribución determinada que se adecue al espacio y que respete las dimensiones

2 po 2 mínimas y estrategias de gestión de espacios abiertos en el marco de

EF LIMA la COVID-19 establecidas en la Guía de acondicionamiento de

get agar px ua espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia

a Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación

reee a consecuencia de la COVID-19 publicado por el Ministerio de Vivienda.

Cabe precisar que para el montaje de las ferias comerciales, se promoverá en los equipos de la Municipalidad de Lima y con los

MUNICIPALIDAD DE

LIMA

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LIMA

participantes, el cuidado en la generación de residuos sólidos para la realización de los eventos, así como durante su desarrollo.

Recepción y ubicación de participantes

  1. Se convoca a las participantes horas antes del inicio de la feria con el fin de que puedan instalar y decorar sus stands con sus productos.
  2. Se recibe a los participantes y se ayuda a que sean ubicados en los stands asignados de acuerdo con la distribución establecida.

Desarrollo de actividades Dentro de las principales actividades en el desarrollo de una feria comerciales, se pueden considerar las siguientes:

  • Ceremonia de inauguración

  • Intercambio comercial (ventas)

  • Encuestas de satisfacción a emprendedores y visitantes

  • Clausura

Se pueden desarrollar actividades extras, tales como:

  • Talleres y capacitaciones
  • — Sorteos y animaciones
  • Reconocimiento a participantes

Desmontaje

Culminada la feria y una vez que los participantes se hayan retirado, se realiza el desmontaje, el cual consiste en retirar el mobiliario e insumos del espacio, entregándolo en las mismas condiciones en las que fue recibido. En esta tarea es importante que se realice el control debido y verificación de las cantidades de todo el mobiliario proporcionando a los participantes para el uso correcto de la feria comercial.

d. Evaluación Esta etapa se inicia con el análisis de la información recolectada. Se verifica el cumplimiento de las metas e indicadores y se presentan todos los resultados en un informe escrito con imágenes del evento. En esta etapa es importante que el Organizador, el Área Técnica y el Equipo Técnico, se reúnan para evaluar estos resultados e identificar las oportunidades de mejora.

  1. DELA PARTICIPACIÓN EN FERIAS

a. Postulación

Modalidades

Los Postulantes deberán presentar su postulación en los plazos

establecidos por el Organizador, a través del Formulario de postulación, el

mismo que será enviado a las Bases de Emprendedores y publicado en las

redes sociales de la Municipalidad Metropolitana de Lima como:

Información Mínima del Postulante

Los Postulantes deberán consignar en el formulario de postulación prioritariamente la siguiente información mínima:

e RUC (Registro Unico del Contribuyente) vigente como persona natural con negocio o persona jurídica

e Señalar el uso de comprobantes de pago.

Formulario de postulación debidamente llenado,

  • Catálogo fotográfico de sus productos (5 fotos como mínimo, en formato JPG o PDF).

b. Evaluación y selección

ii.

Criterios de evaluación

Luego de culminada la convocatoria, el Equipo Técnico procederá a evaluar el cumplimiento de:

  • Información contenida en el Formulario de Postulación.

  • Fotografias de la oferta del Postulante.

Dependiendo del servicio o producto que se ofrecerá en la feria, se deberán de definir qué información específica adicional se incorporarán sumados a la información mínima requerida, entre ellos tenemos:

  • Presentación final del producto (etiquetas y empaque).

  • Utilización de ficha técnica y catálogo de productos.

  • Utilización de herramientas digitales (correo electrónico, redes sociales, páginas web y blogs).

  • Material publicitario.

  • Nivel de ventas anuales.

  • Documentación o permisos adicionales según el tipo de servicio y/o producto ofrecido.

  • Otros que considere el Organizador.

Publicación de resultados

BIOS denen EA

PRA 0200.05.90

MUNICIPALIDAD DE

LIMA

El Equipo Técnico se pondrá en contacto con los emprendedores y las emprendedoras seleccionados/as como Participantes, a través del correo electrónico y/o número de teléfono consignado por el Postulante en la ficha de postulación.

El Postulante una vez haya sido seleccionado como Participante, deberá confirmar su participación enviando una Carta de Compromiso facilitada por el Equipo Técnico, debidamente firmada.

Obligaciones de los Participantes

e Seguir los protocolos de bioseguridad: usar mascarillas, protector facial y alcohol, mientras duren las disposiciones impuestas por el Gobierno debido a la pandemia originada por la COVID-19.

  • Cuidar su imagen personal y tener una presentación impecable. Asimismo, deberán conocer a detalle toda su oferta.

e Todos los gastos en los que incurran los participantes son de su entera responsabilidad, por lo cual se sugiere informar sobre las precauciones del caso.

  • Cuidar sus bienes y pertenencias, asumiendo la responsabilidad en caso de pérdida, hurto, incendio y en general cualquier tipo de siniestro o accidente que los pudiera afectar a ellos o a sus consumidores.

e Adecuada presentación del stand, limpieza y orden.

  • Cuidar el mobiliario que se le entregue, debiendo asumir los costos en caso de deterioro causado.

e Brindar atención al público durante todos los días y horarios contemplados para la feria comercial, así mismo, deberá preparar sus stands una hora antes del horario de apertura.

e Permanecer en sus respectivos espacios o mesas, hasta el cierre de la feria.

e Acatar las normas mínimas de convivencia y de orden público, absteniéndose de provocar riñas y/o enfrentamientos, así como agredir física o verbalmente a sus compañeros o al Equipo Técnico.

  • Emitir el Comprobante de Pago correspondiente por la venta realizada (Boletas o Facturas).

e Llenar y entregar diariamente el reporte de ventas proporcionado por el Área técnica,

  • Responder de forma civil y/o laboral con el personal del que disponga el participante para la atención de su stand.

e Retirar sus pertenencias y todo el material de promoción, ajeno al espacio, al concluir la feria, devolviéndolo en las mismas condiciones en que fue entregado al iniciarse la feria.

e Asistir a las capacitaciones de servicios promovidas por la Municipalidad de Lima.

Prohibiciones para los Participantes e Encargar, arrendar, ceder, prestar, alquilar, vender o transferir a ningún

título, el puesto asignado o parte de este a un particular diferente a la unidad productiva presentada para la feria.

MUNICIPALIDAD DE

EY LIMA

e Atender el stand asignado por persona distinta al beneficiario y/o expositores acompañantes. En todo caso el Participante se responsabiliza por los actos de sus acompañantes. Tampoco podrán hacer uso de otro stand y/o mobiliario que no sea el asignado o permitido por el Organizador y/o Área técnica.

  • Fumar o consumir bebidas alcohólicas, alucinógenas o sustancias psicoactivas dentro del recinto ferial. Por ningún motivo se aceptará la atención al público bajo el efecto de las sustancias mencionadas.

  • Mantener el stand sin productos durante el horario de atención al público.

e Causar molestias a los demás expositores o visitantes, tales como ruidos molestos, sonidos excesivos y otros que pudieran afectar a la moral o buenas costumbres, así como realizar actos que constituyan competencia desleal.

  • Ocupar los frentes de los stands, los corredores del pabellón, para vender y/u ofrecer productos a los visitantes.

  • Colocar banners, afiches, material promocional, entre otros dentro de los stands en aras de mantener la armonía de la feria.

  • Permitir animales o mascotas dentro de los stands.

e Dormir dentro del stand.

e Arrojar basura o cualquier tipo de desperdicio fuera de los depósitos, recipientes o bolsas destinadas para tal fin o ubicarlas en sitios que no correspondan a su adecuada disposición o reciclaje.

  • Tomar mobiliario adicional sin la autorización del Organizador.

e. Responsabilidades y prerrogativas del Organizador

e Proveer el stand, el mobiliario y la limpieza exterior durante los dias de la feria.

  • Adoptar las acciones relativas a asegurar el orden y la vigilancia de la feria en el espacio proporcionado, sin que ello implique responsabilidad alguna por la pérdida y/o hurto de los bienes personales y/o materiales de promoción propios de los Participantes.

  • Gestionar todos los permisos respectivos de Defensa Civil, para la realización de las ferias.

  • Durante las horas de cierre al público, sólo permanecerá dentro del recinto el personal de vigilancia u otro autorizado por el Organizador y/o el Área

Fraga

LIMA Técnica.

ore ata e Hara entrega de una ficha de reporte diario de ventas, el cual deberá ser a debidamente llenado por los participantes y entregado diariamente al Feta: et ater 1409060500 responsable a fin de contar con un informe real de las ventas realizadas

durante la feria.

  • Designar la distribución de stands para la feria.

e El Organizador se reserva el derecho de revocar la participación y/o cerrar los stands de los Participantes que hayan incumplido con alguna de las obligaciones establecidas en la presente guía.

  • No podar, cortar, mutilar y/o rasgar las raíces de los árboles, arbustos y/o herbáceas existentes
  • No dañar los sistemas de riego tecnificado que existan en el área verde.

  • Mantener una estrecha coordinación con la Subgerencia de Servicios a la Ciudad, que es la unidad orgánica encargada de la supervisión de la limpieza pública

LIMA

e Coordinar con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental la colocación de contenedores en áreas de acopio, con el fin de facilitar la

ejecución del servicio de recolección de residuos sólidos municipales.

e Coordinar con la Gerencia de la Mujer e Igualdad, la implementación de ludotecas cuando existan espacios adecuados para ello

f.. Responsabilidades y prerrogativas del Área técnica

e Asesorar al Organizador en las actividades preparatorias y de planificación que deberán tenerse en cuenta para la ejecución de la feria.

  • Compilar la información económica de las ventas realizadas en las ferias.

e Brindar capacitaciones especializadas para los comerciantes según la necesidad que tengan, previo diagnóstico realizado por el organizador.

e Generar redes de contactos entre vendedores y futuros posibles

comprados y/o inversionistas.

  1. GRUPOS VULNERABLES

El Organizador, cuando ejecute ferias en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad, atendidas de manera específica por Gerencias y/o programas de la Municipalidad de Lima, establecerá la Información mínima del postulante y del participante, en observancia a los principios de igualdad y no discriminación, integración y de innovación y aprovechamiento de las tecnologías, establecidos en el Reglamento de la Ley N° 30840, Ley que promueve el servicio de facilitación administrativa preferente en beneficio de personas en situación especial de

vulnerabilidad.

La lista de emprendedores que pertenecen a Grupos Vulnerables, serán incorporadas

en la Base de emprendedores, a pedido del Organizador,

  1. ANEXOS

Indicadores y herramientas para el monitoreo de las Ferias Comerciales

a LIMA Indicador Herramienta Anexo Do PEN seso ono Ficha de postulación Número total de Ned postulaciones https://forms.gle/RwhMTdHoC4MsFTX Ps Numero total de Control de asistencia diario Fa

participantes

https://forms.gle/1z7ek7Ze183CzyaQ7

Formulario reporte de venta diario Total de ventas

alcanzadas sli 127: s3CzyaQ7 Ns Encuesta de satisfacción 1

Nivel de

satisfacción del httos://forms ale/JdjidixQvPe3ZWoZ8 N?4

participante

Nivel de Encuesta de satisfacción 2

satisfacción del . N*5 visitante — ñ —

Documento firmado por el participante

evaluado Carta de httos://docs.google.com/document/d/1i . compromiso 3Q5N882q0GPxQ23sxyHPUjObGlJvw N°6

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3346302-30-15-11-2021 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3509452/DECRETO%20DE%20ALCALD%C3%8DA%20N%C2%BA%2030%2015.11.2021.pdf.pdf