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2187 Regional Ordinance Lima Metropolitana In force

Ordenanza N.° 2187

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EDITORA PERU

Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, vinculados a los procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones ORDENANZA Nº 2187 Lima, 7 de noviembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA: POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme lo reconoce el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y en este último caso la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico y se extiende a todas aquellas competencias que constitucionalmente le hayan sido atribuidas, entre las que se encuentra la facultad de organizarse internamente; Que, el artículo 74 de la referida Carta Política, establece que los Gobiernos Locales pueden modificar y suprimir contribuciones y tasas, o realizan las exoneraciones de éstas, dentro del marco de su jurisdicción, el mismo que debe entenderse dentro de los alcances de su competencia y los que plantea la Ley, respetando los principios de reserva de Ley e Igualdad; Que, los incisos 8 y 9 del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce la atribución del Concejo Municipal para aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; y crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley, respectivamente; Que, el artículo 68 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, y sus modificatorias, establece que las municipalidades podrán imponer tasas por servicios administrativos o derechos, las cuales son tasas que debe pagar el contribuyente a la municipalidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos, siempre y cuando involucre el desarrollo de un procedimiento o servicio de la municipalidad para el contribuyente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM se aprobó la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas, que será de uso obligatorio en los procesos de elaboración o modificación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, el artículo 17.2.1 de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señala que para el caso de los TUPA de los Gobiernos Locales, previamente a su aprobación deberá contar con la conformidad de la Gerencia Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 1874 y modificatorias, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de las distintas áreas de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, estableciendo el procedimiento para el otorgamiento de las licencias de

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

El Peruano

funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo o medio, alto y muy alto y, aprobando los Formatos de Declaración Jurada, los cuales deben ser adecuados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2018PCM se aprobó el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; asimismo, con Resolución Jefatural Nº016-2018-CENEPRED/J se aprueba el Manual de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, que incluye la Declaración Jurada de Cumplimiento de Condiciones de Seguridad en la Edificación, y demás formatos sobre la materia, tal como la matriz de Riesgos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO de la Ley), sistematizando en un solo texto integral las normas del referido dispositivo legal; Que, el artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444, señala que el TUPA es aprobado por Ordenanza Municipal; asimismo, en los casos en que por Ley, Decreto Legislativo y demás normas de alcance general, se establezcan o se modifiquen los requisitos, plazo o silencio administrativo aplicables a los procedimientos administrativos, las entidades están obligadas a realizar las modificaciones en sus respectivos TUPA; Que, el artículo 53 del TUO de la Ley Nº 27444, indica que procede establecer derechos de tramitación cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado. Los derechos de tramitación se determinan conforme a la metodología vigente. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 045-2019PCM, se aprobaron los procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento, en cumplimiento del artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual comprende diez (10) Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento a cargo de las Municipalidades Provinciales y Distritales; Que, en ese sentido, al encontrarse vinculados los procedimientos de emisión de Licencia de Funcionamiento y la emisión de Certificados de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y, al haberse creado diez procedimientos estandarizados de Licencia de Funcionamiento, resulta necesario incluir los trámites al Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, a fin de estandarizar los procedimientos en ambos supuestos; Que, mediante Memorando Nº 166-2019-MMLGDCGRD/SITSE de fecha 08 de abril de 2019, la Subgerencia de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones remitió a la Subgerencia de Desarrollo Institucional, el proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos, la Exposición de Motivos, las tablas ASME –VM y resumen de costos y los formatos de sustentación legal técnica de los procedimientos administrativos y de servicios prestados en exclusividad, así como el informe técnico sustentatorio correspondiente; Que, mediante Memorando Nº 576-2019-MML-GDE de fecha 12 de agosto de 2019, la Gerencia de Desarrollo Económico elevó el Informe Nº 240-2019-MML-GDESAC, elaborado por la Subgerencia de Autorizaciones Comerciales que contiene la propuesta de incorporación de procedimientos administrativos vinculados a Licencias de Funcionamiento y Autorizaciones Conexas al Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado por Ordenanza Nº 1874; Que, la Gerencia de Planificación mediante Informe Nº 173-2019-MML-GP-SDI de fecha 16 de agosto de 2019, elaborado por la Subgerencia de Desarrollo Institucional, sustenta técnicamente la propuesta que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, correspondientes a las secciones de Licencia de

Funcionamiento y Autorizaciones de la Gerencia de Desarrollo Económico e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones de la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres; acorde con los lineamientos técnicos y legales vigentes sobre la materia; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe Nº 685 del 26 de agosto, opina que resulta legalmente viable poner a consideración del Concejo Metropolitano la propuesta de Ordenanza que modifica los procedimientos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalidades y, de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Comercialización, Defensa al Consumidor y Transporte Urbano, en su Dictamen Nº 024-2019-MML-CMCDCTU, y la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº096-2019-MML-CMAEO, ambos de fecha 24 de octubre de 2019; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, APROBADO POR ORDENANZA Nº 1874, VINCULADOS A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO E INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES. Artículo Primero.- Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto la adecuación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, vinculados con las licencias y autorizaciones para el funcionamiento de los establecimientos en donde se desarrollen actividades económicas, así como la adecuación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que tienen por objeto regular los aspectos técnicos y administrativos referidos a la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones. Artículo Segundo.- Aprobar los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad correspondientes a Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, consignados en las secciones de Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones de la Gerencia de Desarrollo Económico e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones de la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres respectivamente; así como los requisitos correspondientes, los derechos de trámite y costos, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, de manera que serán consolidados al Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado mediante Ordenanza Nº1874, los mismos que se detallan a continuación:

Unidad Orgánica Nº

Procedimiento Administrativo o Servicio Prestado en exclusividad

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (Con ITSE previa)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (Con ITSE previa)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA

MERCADOS DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (Con ITSE previa) GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (Con ITSE posterior)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (Con ITSE previa )

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (Con ITSE previa)

TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O 11 CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA

Unidad Orgánica Nº

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO (Con ITSE posterior)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (Con ITSE posterior)

582.10

563.40

215.60

364.30

602.50

38.30

CESE DE ACTIVIDADES

GRATUITO

CESE DE ACTIVIDADES (TERCERO CON LEGÍTIMO INTERÉS)

GRATUITO

MODIFICACIÓN DE DATOS DE LA LICENCIA MUNICIPAL

GRATUITO

AUTORIZACIÓN PARA ANUNCIOS O AVISOS PUBLICITARIOS SIMPLES

46.90

AUTORIZACIÓN PARA ANUNCIOS O AVISOS PUBLICITARIOS LUMINOSOS O ILUMINADOS

63.30

AUTORIZACIÓN ANUAL PARA EL USO TEMPORAL DE VÍAS PÚBLICAS EN CALLES 17 ESPECIFICAS DEL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA (SÓLO APLICA PARA RESTAURANTES Y CAFÉS)

57.50

Derecho de trámite S/

DUPLICADO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

36.80

INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CON EL NIVEL DE RIESGO BAJO:

189.90

213.70

358.80

Procedimiento Administrativo o Servicio Prestado en exclusividad

Derecho de trámite S/

-ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO -ITSE POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIERAN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

139.90

Unidad Orgánica Nº

GERENCIA DE DEFENSA CIVIL Y GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

Procedimiento Administrativo o Servicio Prestado en exclusividad

Derecho de trámite S/

INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CON EL NIVEL DE RIESGO MEDIO:

-ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

Unidad Orgánica Nº

Procedimiento Administrativo o Servicio Prestado en exclusividad

GERENCIA DE DEFENSA CIVIL Y GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE ITSE PARA ESTABLECIMIENTOS DE OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON EL NIVEL DE RIESGO ALTO:

  • ITSE PREVIA AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
  • ITSE PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

165.10

-ITSE POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIERAN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO INSPECCIONES TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CON EL NIVEL DE RIESGO ALTO:

-ITSE PREVIA AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

312.70

EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTÁCULOS

PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS - ECSE CON UNA CONCURRENCIA DE HASTA 3000 PERSONAS

-ITSE PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIERAN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

INSPECCIONES TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES -PARA LOS ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CON EL NIVEL DE RIESGO MUY ALTO: -ITSE PREVIA AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO -ITSE PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIERAN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE ITSE PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON EL NIVEL DE RIESGO BAJO:

  • ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
  • ITSE POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE ITSE PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON EL NIVEL DE RIESGO MEDIO:

  • ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
  • ITSE POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE ITSE PARA ESTABLECIMIENTOS DE OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON EL NIVEL DE RIESGO MUY ALTO:

  • ITSE PREVIA AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
  • ITSE PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTÁCULOS

PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS - ECSE CON UNA CONCURRENCIA MAYOR A 3000 PERSONAS

Derecho de trámite S/

289.60

501.30

265.50

499.50

DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES

69.70

RECTIFICACIÓN Y/O CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL O NOMBRE COMERCIAL

69.70

536.00

136.30

El Peruano

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobados mediante Ordenanza Nº1874, referentes a las secciones de Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones de la Gerencia de Desarrollo Económico e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones de la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres, los cuales se detallan a continuación:

Unidad Orgánica Nº

Procedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividad

Derecho de trámite S/

AUTORIZACIÓN PARA EL USO TEMPORAL DE VIAS PÚBLICAS EN CALLES AUTORIZADAS DEL CERCADO DE LIMA O RENOVACIÓN ANUAL DE LA AUTORIZACIÓN PARA ESTABLECIMIENTO CON LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO VIGENTE (SOLO APLICA PARA RESTAURANTES Y CAFÉS EN CALLES AUTORIZADAS DEL CENTRO HISTÓRICO)

153.00 153.00

143.00

Unidad Orgánica Nº

Procedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividad

Derecho de trámite S/

Unidad Orgánica Nº

AUTORIZACIÓN PARA ANUNCIOS Y AVISOS PUBLICITARIOS Y/O TOLDOS

GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

4.1 AUTORIZACIÓN PARAANUNCIOS Y AVISOS PUBLICITARIOS SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO. ESTABLECIMIENTO CON LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO VIGENTE (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

152.60 152.60 152.60

DUPLICADO DE LICENCIA O DE CERTIFICADO

98.50 98.50 98.50

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE HASTA 100 M2 CON ITSE BASICA EX.POST. (LA CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO NO DEBE SER MAYOR AL 30% DEL ÁREA TOTAL DEL ESTABLECIMIENTO) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE HASTA 100 M2 CON ITSE BÁSICA EX.POST EN FORMA CONJUNTA CON AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO (LA CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO NO DEBE SER MAYOR DE 30% DEL AREA TOTAL DEL ESTABLECIMIENTO) (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

153.00 198.10 204.70

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE MÁS DE 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA EX. ANTE

153.00 198.10 204.70

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTO CON UN ÁREA DE MÁS DE 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA EX. ANTE EN FORMA CONJUNTA

CON AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

153.00 198.10 204.70

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS QUE REQUIEREN DE UN ITSE DE DETALLE O MULTIDISCIPLINARIA (MÁS DE 500 M2) EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN

DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADOS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE HASTA 100 M2 CON ITSE BÁSICA EX.POST EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA) (LA CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO NO DEBE SER MAYOR DE 30% DEL AREA TOTAL DEL ESTABLECIMIENTO)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS QUE 12 REQUIEREN DE UN ITSE DE DETALLE O MULTIDISCIPLINARIA (MÁS DE 500 M2)

153.00 198.10 204.70

153.00 198.10 204.70

Procedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividad

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE MAS DE 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA EX. ANTE EN FORMA 11 CONJUNTA CON AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

152.60 152.60 152.60

4.2 AUTORIZACIÓN PARAANUNCIOS Y AVISOS PUBLICITARIOS (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO. ESTABLECIMIENTO CON LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO VIGENTE (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS QUE REQUIEREN DE UNA ITSE DE DETALLE O MULTIDISCIPLINARIA (MÁS DE 500 M2) EN FORMA 14 CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADOS, PLACAS wY TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: MERCADOS DE ABASTOS, COMERCIALES 15 GALERIAS Y CENTROS COMERCIALES (LICENCIA CORPORATIVA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: MERCADOS DE ABASTOS, GALERIAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (LICENCIA CORPORATIVA) EN FORMA CONJUNTA CON LA

AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

Derecho de trámite S/

153.00 198.10 204.70

153.00 198.10 204.70

153.00 198.10 204.70

153.00 198.10 204.70

198.10

198.10

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: MERCADOS DE ABASTOS, GALERIAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (LICENCIA CORPORATIVA), EN FORMA CONJUNTA

CON LA AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

198.10

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOCESIONARIOS CON UN ÁREA DE HASTA 100 M2 CON ITSE BÁSICA EX.POST

153.10 198.10 204.70

Unidad Orgánica Nº

Procedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividad

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOCESIONARIOS CON UN ÁREA DE HASTA 100 M2 CON ITSE BÁSICA EX.POST EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN DE

ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOCESIONARIOS CON UN ÁREA DE HASTA 100 M2 CON ITSE BÁSICA EX.POST, EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN

DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOCESIONARIOS CON UN ÁREA DE

MÁS DE 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA EX. ANTE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOCESIONARIOS CON UN ÁREA DE MÁS DE 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA EX. ANTE, EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN

DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA)

GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOCESIONARIOS CON UN ÁREA DE MÁS DE 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA EX. ANTE, EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN

DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO24 CESIONARIOS CON UN ÁREA DE MÁS DE 500 M2 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOCESIONARIO CON UN ÁREA DE MÁS DE 500 M2 EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN 25 DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOCESIONARIOS CON UN ÁREA DE MÁS DE 500 M2 EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN 26 DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO (LETREROS, LETRAS RECORTADAS, PLACAS Y TOLDOS SEGÚN CORRESPONDA) CESE DE ACTIVIDADES (LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y

AUTORIZACIONES CONJUNTAS) (TITULAR)

Derecho de trámite S/

Procedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividad

Derecho de trámite S/

CESE DE ACTIVIDADES (LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIONES CONJUNTAS) (TERCERO)

GRATUITO

INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES

  • ITSE POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA LOS OBJETO 1 ESTABLECIMIENTOS DE INSPECCIÓN DE RIESGO BAJO Y RIESGO MEDIO QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

153.00 152.60 198.10 204.70

INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES

  • ITSE PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA LOS

ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN DE RIESGO ALTO QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

153.00 198.10 204.70

INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES

  • ITSE PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA LOS 3 ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN DE RIESGO MUY ALTO QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

153.00 198.10 204.70

153.00 198.10 204.70

153.00 198.10 204.70

153.00 198.10 204.70

GRATUITO

El Peruano

Unidad Orgánica Nº

153.00 198.10 204.70

153.00 198.10 204.70

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE ITSE DE ESTABLECIMIENTOS 4 OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON EL NIVEL DE RIESGO BAJO O MEDIO

GERENCIA DE DEFENSA CIVIL Y GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

263.10

392.90

689.60

263.10

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE ITSE PARA ESTABLECIMIENTOS DE OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON EL NIVEL DE RIESGO ALTO 5 ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

  • ITSE POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

392.90

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE ITSE PARA ESTABLECIMIENTOS DE OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON EL NIVEL DE RIESGO MUY ALTO: 6 ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

  • ITSE POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS ECSE CON UNA CONCURRECIA DE HASTA 3000 PERSONAS EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS

  • ECSE CON UNA CONCURRECIA MAYOR A 3000 PERSONAS

689.60

301.40

647.90

Unidad Orgánica Nº

Procedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividad

Derecho de trámite S/

DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES

104.00

Artículo Cuarto.- Mantener la vigencia del procedimiento administrativo, requisitos y su respectivo derecho de trámite contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1874, referente a Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones de la Gerencia de Desarrollo Económico, quedando enumerado de la siguiente manera:

Unidad Orgánica Nº

Procedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividad

Derecho de trámite S/

REGULARIZACIÓN POR CONDUCCIÓN DE PUESTOS EN MERCADOS MUNICIPALES GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

18.1. ACTUALIZACIÓN Y/O RENOVACIÓN DE RESOLUCIÓN DE CONDUCCIÓN 18.2. REGULARIZACIÓN POR VACANCIA INTEMPESTIVA Y/O SUCESIÓN POR ÚNICA VEZ

253.90 201.90

Artículo Quinto.- Aprobar los formularios con códigos GDCGRD 01, GDCGRD 02, GDCGRD 03 y GDCGRD 04, de la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres que como Anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Disponer que el texto de la presente ordenanza sea publicado en el Diario Oficial El Peruano; asimismo se publicará la presente ordenanza y sus anexos en el Portal del Diario Oficial El Peruano, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y, en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1826249-1 *

El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Modifican Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza N° 1081 ORDENANZA N° 2188 Lima, 7 de noviembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y

administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, a través de la Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911-MML; Que, con Ordenanza N° 1081, publicada en el Diario Oficial Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del Distrito de San Juan de Lurigancho, que forma parte integrante del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana; Que, con el Expediente Nº 293049-2018, de fecha 19 de setiembre de 2018, la Asociación Centro Comercial Plaza Las Flores, representada por su presidente, señor Maximiliano Robles Palacios, solicita cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el inmueble de 978.50 m2, constituido por el Lote 5 Mz. C de la Urbanización Industrial Las Flores 81- Primera Etapa, ubicado frente a la Av. Los Jardines Este, antes Av.3, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio N° 826-2018-MML-GDU-SPHU de fecha 21 de setiembre de 2018, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho que, en uso de sus competencias, aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica, dentro del plazo de 30 días; puesto que, vencido dicho plazo sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable, en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086; Que, con Oficios N° 0005-2019-GDU/MDSJL de fecha 25 de febrero de 2019 y N° 010-2019-GDU/MDSJL de fecha 20 de marzo de 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho remite, fuera de plazo, el Acuerdo de Concejo N° 073-2018-MDSJL/CM de fecha 27 de octubre de 2018, donde declara favorable la petición de cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el predio ubicado frente a la Av. 3, en el Lote 5, de la Mz “C” de la Urbanización Industrial Las Flores 81

  • Primera Etapa, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, con Informe N° 556-2018-SGPUC/MDSJL, de fecha 11 de diciembre de 2018, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho informa que, se ha verificado que el área de terreno solicitado se encuentra calificado como Industria Liviana (I2); asimismo, efectuada la inspección ocular se constató que en los lotes colindantes al lote en evaluación, que se encuentran frente a la Av. Los Jardines Este, vienen funcionando diferentes tipos de actividades comerciales, por lo cual la propuesta de cambio de zonificación se hace extensivo a todo el frente de manzana que da hacia la Av. Los Jardines Este, por lo que emite opinión favorable al Cambio de Zonificación a Comercio Zonal (CZ); indicando, además, que en los lotes que se encuentran frente al Jr. Los Cinceles, vienen funcionando pequeñas industrias, por lo tanto debe mantener su zonificación ya establecida de Industria Liviana y que de conformidad con

Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/455134-2187 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/538769/Ordenanza_N__2187__1_.pdf